STSJ Cataluña 669/2018, 14 de Septiembre de 2018
Ponente: | VIRGINIA MARIA DE FRANCISCO RAMOS |
Número de Recurso: | 99/2017 |
Procedimiento: | Recurso de apelación. Contencioso |
Número de Resolución: | 669/2018 |
Fecha de Resolución: | 14 de Septiembre de 2018 |
Emisor: | Sala de lo Contencioso |
EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL. VÍCTIMA DE EXPLOTACIÓN SEXUAL. TRATA DE SERES HUMANOS. Un extranjero no ciudadano de la UE en situación de irregularidad ha de ser expulsado, pero las autoridades nacionales han de tener en cuenta las excepciones previstas en el art. 5 de la Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo que justifican la no devolución en base al interés superior del ... (ver resumen completo)
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
Recurso de apelación contra sentencias nº 99/2017
Partes: SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BARCELONA
C/ Flora
S E N T E N C I A Nº 669
Ilmos. Sres. Magistrados:
Don Emilio Berlanga Ribelles
Doña Montserrat Figuera Lluch
Doña Virginia de Francisco Ramos
En la ciudad de Barcelona, a catorce de septiembre de dos mil dieciocho.
VISTOS POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (SECCIÓN SEGUNDA), constituída para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación nº 99/2017, interpuesto por la SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BARCELONA, representada y defendida por el ABOGADO DEL ESTADO, contra Flora, representada por la Procuradora de los Tribunales EVA CASTEL ESCALE, y asistida de Letrado
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Virginia de Francisco Ramos, quien expresa el parecer de la Sala.
El Juzgado Contencioso Administrativo 17 Barcelona dictó en el Procedimiento abreviado nº 5/2016, la Sentencia nº 341/2016, de fecha 18 de noviembre de 2016, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " ESTIMO el recurso presentado por Dª Flora contra la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona de 28/04/15 que decreta la expulsión y prohibición de entrada en territorio Español por 2 años. y ANULO la resolución impugnada.
Con imposición de costas a la Subdelegación del Gobierno en Barcelona hasta un máximo de 200 €.".
Contra dicha resolución, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, siendo parte apelante la SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BARCELONA y apelada Flora .
Desarrollada la apelación se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 12-9-2018.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Por el ABOGADO DEL ESTADO se interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo nº 17 de Barcelona de fecha 18/11/2016 que estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de Dª Flora contra la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona de fecha 13/10/2015, resolución que confirma la expulsión del territorio nacional de la misma con prohibición de entrada en España por un período de 2 años por la comisión de la infracción prevista en el art. 53.1 a) de la LO 4/2000 de 11 de enero...
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