STSJ Comunidad de Madrid 370/2018, 28 de Mayo de 2018

PonenteJOSE IGNACIO DE ORO-PULIDO SANZ
ECLIES:TSJM:2018:6447
Número de Recurso794/2017
ProcedimientoSocial
Número de Resolución370/2018
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2018
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 03 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 3 - 28010

Teléfono: 914931930

Fax: 914931958

34002650

NIG : 28.079.00.4-2017/0016101

Procedimiento Recurso de Suplicación 794/2017

ORIGEN: Juzgado de lo Social nº 25 de Madrid Seguridad social 198/2017

Materia : Desempleo

Sentencia número: 370/18-FG

Ilmos. Sres.

D. JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO

Dña. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN

D. JOSE IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ

En Madrid, a veintiocho de mayo de dos mil dieciocho, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 3 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 794/2017, formalizado por el letrado D. JAIME PRIETO SERNA en nombre y representación de D. Carlos Daniel, contra la sentencia de fecha 19/06/2017 dictada por el Juzgado de lo Social nº 25 de Madrid en sus autos número Seguridad social 198/2017, seguidos a instancia de D. Carlos Daniel frente a SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, en reclamación por Desempleo, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. JOSE IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

El demandante D. Carlos Daniel, con DNI nº NUM000, solicitó en fecha 18 abril 2016 un subsidio de desempleo para liberado de prisión, dictándose por el demandado SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL resolución aprobatoria del mismo el 4 mayo de 2016, siendo reconocido el período de 19 abril 2016 a 18 octubre 2016.

SEGUNDO

El 31 agosto 2016 el demandado, tras la tramitación del oportuno expediente administrativo, en el que el actor efectuó alegaciones, dictó resolución en la que acordó revocar la resolución de 4 mayo de 2016 y declarar la percepción indebida por el actor de prestaciones por desempleo en cuantía de 1.022'40 euros, correspondientes al período de 19 abril 2016 a 30 junio 2016, por resultar el subsidio para liberado de prisión incompatible con la percepción simultánea de una prestación por incapacidad permanente total.

TERCERO

El demandante es pensionista de incapacidad permanente total para la profesión habitual.

CUARTO

El actor ha agotado el trámite de reclamación previa, desestimada en resolución de 19 de septiembre de 2014.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

Que desestimando la demanda interpuesta por D. Carlos Daniel contra el SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL, absuelvo al demandado de las pretensiones contenidas en la misma.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte D. Carlos Daniel, formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por el Letrado sustituto del Abogado del Estado, en nombre y representación del Servicio Público de Empleo Estatal.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha 02/10/2017, dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y estudio, señalándose el día 08/05/2018 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia, que desestimó la demanda interpuesta por el demandante que pretendía que se dejara sin efecto la resolución administrativa dictada por el SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL que acordó revocar la resolución de 4 mayo de 2016 y declarar indebida la percepción por el actor del subsidio de desempleo en cuantía de 1.022,40 euros, correspondientes al período de 19 abril a 30 junio 2016, por resultar el subsidio para liberado de prisión incompatible con la percepción simultánea de una prestación por incapacidad permanente total, se interpone el presente recurso de suplicación que tiene por objeto: a) la revisión de los hechos declarados probados por la sentencia de instancia, y; b) el examen de la infracción de normas sustantivas o de la jurisprudencia cometidas por la referida resolución.

SEGUNDO

- Mediante el primer motivo del recurso formulado al amparo del apartado b) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, interesa la recurrente la revisión del relato fáctico de la sentencia de instancia, concretamente, la adición de un nuevo ordinal del siguiente tenor literal: "Que el actor entró en prisión con fecha 3 de mayo de 2012, antes de la entrada en prisión el actor había venido realizando distintos trabajos siendo el último de ellos la prestación de servicios para la empresa INCITE CASTING S.L.", lo que basa en el documento que obra al folio 49 de autos.

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