STSJ Andalucía 1226/2018, 25 de Abril de 2018

PonenteANA MARIA ORELLANA CANO
ECLIES:TSJAND:2018:2155
Número de Recurso1715/2017
ProcedimientoSocial
Número de Resolución1226/2018
Fecha de Resolución25 de Abril de 2018
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 1715/2017 -D Sent. Núm. 1226/2018

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILMAS. SRAS.:

DOÑA ANA MARÍA ORELLANA CANO

DOÑA EVA MARÍA GÓMEZ SÁNCHEZ

DOÑA AURORA BARRERO RODRÍGUEZ

En Sevilla, a 25 de abril de 2018.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por las Ilmas. Sras. citadas al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 1226/2018

En el recurso de suplicación interpuesto por Construcciones de las Conducciones del Sur SA. (COTRONIC) contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de los de Jerez de la Frontera, autos nº 83/2016; ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª ANA MARÍA ORELLANA CANO, Magistrada Especialista del Orden Jurisdiccional Social.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Luis Francisco contra Telefónica de España, SAU, Mediterránea de Transportes y Colocación, S.L. Construcciones de las Conducciones del Sur SA y FOGASA, sobre despido, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 22/12/2016 por el Juzgado de referencia, en la que se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

" PRIMERO.- El actor fue contratado con la que categoría de oficial 3ª por la empresa MEDITERRANEA DE TRANSPORTES Y COLOCACIÓN SL (MTT S.L.) con un contrato de obra o servicio de 29 de agosto de 2011 con el objeto de "instalación y reparación de líneas telefónicas". El actor firmó un segundo contrato el 1 de noviembre de 2011 de obra o servicio con objeto 1 de "fin de obra" con la misma empresa. Éste último fue convertido en contrato indefinido el 24 de octubre de 2014. La nómina de octubre del 2015 supone un salario bruto con prorrata de 1.279,34 € mes o 42,64 € día (según el convenio colectivo del Metal de 52,75 €). Según la

vida laboral del actor, técnico con mayor antigüedad, tiene alta y baja con diferentes contratas y subcontratas de Telefónica de España SAU. El actor tenía asignada la clave 1107002.

SEGUNDO

Telefónica de España SAU como empresa principal ha venido contratando en España la realización de varios trabajos con empresas del sector mediante determinados contratos de Bucle de Cliente Global. En concreto en la provincia de Cádiz Telefónica de España SAU ha contratado con diferentes empresas, entre ellas:

con CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR S.A. COTRONIC S.A. Anteriormente Intelsis Sistemas Inteligentes S.A. fue contratista con Telefónica de España SAU, y después desde 1-2-09 esta empresa pasó a constituirse como GRUPO STC SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN Y CONTROL, S.A. El 1 de abril de 2012 GRUPO STC SISTEMAS TELECOMUNICACIÓN Y CONTROL S.A.. pasó acceder el contrato de Bucle de Cliente Global de Telefónica de España SAU en la provincia de Cádiz a favor de CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR (COTRONIC) S.A. En Noviembre 2012 se produjo fusión y absorción de GRUPO STC SISTEMAS TELECOMUNICACIÓN Y CONTROL SA, sociedad absorbente, y CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR (COTRONIC) S.A., sociedad absorbida, acordado el 28-5-12, publicado en el BOR Mercantil el 3-7-12). Tras la absorción conservan el NIF de la primera que es la que absorbe, pero se adopta el nombre de la segunda).

con ABENTEL TELECOMUNICACIONES S.A.

con LITEYCA S.L..

Estas contratas están aplicando a sus trabajadores lo previsto en el Convenio Colectivo de la Pequeña y Mediana Industria del Metal de la provincia de Cádiz.

CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR S.A. COTRONIC SA a su vez ha efectuado subcontratas con:

MEDITERRANEA DE TRANSPORTES Y COLOCACIÓN S.L.

INFORTEL ANDALUCÍA S.L. (esta última empresa también es subcontratista de Abentel Telecomunicaciones S.A.).

En las empresas subcontratistas se viene aplicando el II Convenio Colectivo Sectorial de Empresas Concesionarias de Cable de Fibra Óptica.

TERCERO

El 4 de junio de 2010 se dictó sentencia en procedimiento de oficio declarando cesión ilegal de trabajadores dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Jerez de la Frontera, por quien suscribe la presente sentencia entonces titular de aquel órgano. Dicha sentencia fue confirmada por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía Sevilla de 31 de octubre de 2012, no admitiéndose recurso de casación por el Tribunal Supremo.

2 Como antecedente a dicha sentencia consta que el 1 de Junio de 2009 se había girado visita de Inspección de Trabajo a la empresa ACTIVIDADES TÉCNICAS E INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.L., y ACTIVIDADES TÉCNICAS DE TELECOMUNICACION SA con domicilio social en El Puerto de Santa María, Cádiz, Polígono Industrial El Palmar, C/ Astilleros, 19 y a la empresa "GRUPO STC SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN Y CONTROL, S.A." (anteriormente Intelsis Sistemas Inteligentes SL) en el Polígono Industrial El Palmar, calle Torno 8 de la misma localidad. En la Consejería de Empleo se tramitaron expedientes sancionadores número NUM000 y NUM001 contra las empresas "ACTIVIDADES TECNICAS E INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.L." y "GRUPO STC SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN Y CONTROL, S.A." a raíz de actas de infracción núm. NUM002 y NUM003, de fecha 3 de agosto de 2009, levantadas por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Cádiz, que damos por reproducida.

CUARTO

Desde el 13-7-07 Telefónica de España SAU e Intelsis Sistemas Inteligentes SA (después GRUPO STC SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN Y CONTROL, S.A. desde 1-2-09) formalizaron contrato de Bucle de Cliente Global, con vigencia desde 1-5-2007 a 30-4-2012, correspondiente a la realización integrada de las actividades de instalación y mantenimiento de las redes de comunicación de Telefónica con ámbito territorial, que abarcaba inicialmente las provincias de Guipúzcoa, Sevilla y Zaragoza, posteriormente ampliada a la provincia de Cádiz, a partir de 1-4-08. Desde el 1-5-12 Telefónica de España SAU y CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR S.A. (COTRONIC SA) formalizaron contrato de Bucle de Cliente Global con referencias CW 817225 y CW 817234, tras la adjudicación el 27 de marzo de 2012. En dicho contrato se indica " que dichos trabajos que Telefónica encomienda al contratista y cuya realización este acepta corresponden a la realización integrada de las actividades de instalación y mantenimiento de forma integrada de equipos, infraestructuras y redes de telecomunicaciones en las instalaciones de Telefónica o del cliente según las diferentes especialidades que se describen a continuación (obra civil, líneas y cables y atención al cliente)...".

QUINTO

El 1 de enero de 2012 CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR S.A. (COTRONIC S.A.) subcontrata los anteriores trabajos con Mediterránea de Trans y Colocación S.L., MTT S.L., mediante contrato que damos por reproducido.

SEXTO

El actor denunció el 29 de abril de 2015 ante la Inspección de Trabajo mediante escrito que se les aplica un convenio colectivo que no les corresponde y que tampoco se cumple el convenio actual. Que se trabaja de lunes a domingo; que algunos con contratos de aprendizaje hacen el trabajo de oficial; que se trabaja de nueve a dos y de tres a siete y los festivos de ocho a tres; que hay siete compañeros que ponen su coche particular recibiendo una retribución por carburante de entre 100 y 180 €, y en el caso de los falsos autónomos no reciben nada. Alude a la existencia de una actuación colectiva.

SÉPTIMO

El 29 de septiembre del 2015 el actor presenta papeleta de conciliación ante el CMAC declarativa de derecho por cesión ilegal de trabajadores y reclamación de cantidad. El intento de conciliación se celebra el 17 de noviembre de 2015 y se tiene la conciliación intentada sin avenencia.

OCTAVO

La Inspección de Trabajo levantó acta de liquidación en relación a las diferencias correspondientes a los conceptos de salario base, prorrata de pagas extraordinarias y plus de transporte para las diferentes categorías profesionales desde los meses de noviembre del 2011 a abril del 2015 como consecuencia de aplicar indebidamente el Convenio Colectivo de Empresas Concesionarias de Cable de Fibra Óptica.

NOVENO

El día 6 de mayo de 2015 se giró visita de Inspección de Trabajo a la empresa CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR S.A. (COTRONIC S.A.) sita en el polígono industrial El Portal, avenida Sudáfrica sin número de Jerez de la Frontera, levantándose acta de infracción el 26 de agosto de 2015, que damos por reproducida. Se promueve acta de infracción contra CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR S.A. (COTRONIC S.A.) y contra Infortel Andalucía S.L. imponiendo la sanción de 60.000 €.

DECIMO

El mismo día 6 de mayo de 2015 la Inspección de Trabajo giró visita al centro de trabajo de MEDITERRANEA DE TRANS Y COLOCACIÓN S.L. (MTT S.L.), sito en el Polígono Industrial Salinas de Levante, calle Académico Juan Luis Roche 7 de El Puerto de Santa María. Se promueve acta de infracción, documento que damos por reproducido, especialmente en sus conclusiones, contra CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR S.A. (COTRONIC S.A.) y contra MEDITERRANEA DE TRANS Y COLOCACIÓN S.L. (MTTSL), calificándose la infracción como muy grave en su grado medio por cesión ilegal de trabajadores y valorando el número de trabajadores afectados que son 79 y los perjuicios causados se impone una sanción de

50.000 € para MEDITERRANEA DE TRANS Y COLOCACIÓN S.L. (MTT S.L.) y 100.000 € para CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR S.A. (COTRONIC S.A.), dada la intencionalidad del sujeto infractor. En la visita de la Inspección de Trabajo del 6 de mayo de 2015 al centro de trabajo...

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