STSJ Galicia 428/2018, 24 de Enero de 2018

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2018:461
Número de Recurso4091/2017
ProcedimientoSocial
Número de Resolución428/2018
Fecha de Resolución24 de Enero de 2018
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Fax: 881-881133/981184853

NIG: 36057 44 4 2017 0000702

Equipo/usuario: BC

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0004091 /2017 . BC

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000143 /2017

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña Maximino

ABOGADO/A: SONIA GULIAS TORREIRO

PROCURADOR: OSCAR PEREZ GORIS

RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

ILMO. SR. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

En A CORUÑA, a veinticuatro de enero de dos mil dieciocho.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0004091/2017, formalizado por la LETRADA Dª SONIA GULÍAS TORREIRO, en nombre y representación de Maximino, contra la sentencia número 363/2017 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 5 de VIGO en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000143/2017, seguidos a instancia de Maximino frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS

F. DE CASTRO MEJUTO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Maximino presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 363 /2017, de fecha diez de julio de dos mil diecisiete .

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El actor, don Maximino, nacido el NUM000 de 1969, provisto del DNI NUM001 está afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el núm. NUM002 .

SEGUNDO

Tras consumir el plazo máximo en situación de IT iniciada el 9 de junio de 2014, se incoó un expediente de invalidez ante el INSS que acabó declarando al actor afecto de un grado de incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio derivada de enfermedad común por Resolución de la Dirección Provincial de fecha 9 de diciembre del 2015, previéndose una revisión por mejoría en un plazo anterior a dos años y ello con base a las siguientes dolencias: Enfermedad de Crohn estenosante, fistulizante, abscesos postquirúrgicos tras operación de resección anastomosis íleo-cólica practicada el 4 de septiembre de 2015, portando bolsa recolectora de secreciones, con bajo peso TERCERO.- Tras ser convocado a revisión el actor, el INSS, asumiendo el dictamen propuesta del EVI de 17 de noviembre de 2016, acordó por Resolución de 1 de diciembre rebajar el grado de invalidez pasando a lucrar una prestación por invalidez permanente total. CUARTO.- Contra dicha Resolución presentó el actor escrito de reclamación previa, el cual fue desestimado mediante Resolución de 30 de diciembre de 2016, con lo que quedó agotada la vía administrativa previa, entablando demanda el pasado día 10 de febrero del presente año. QUINTO.- En el momento de la revisión el actor presentaba el siguiente cuadro clínico: enfermedad de Crohn estenosante, fistulizante, con abscesos postquirúrgicos, requiriendo tratamiento farmacológico continuado sin conseguir control de síntomas, sin datos de anemia o de fiebre, conservando un peso adecuado de 82 kilogramos en una talla de 1,80 metros. Refiere patología digestiva con seis deposiciones diarias líquidas, con urgencia defecatoria. Manifiesta dolor a la palpación profunda en hipocondrio y vacío derecho, no Blumberg. Desde octubre de 2016 consta cierre de fístula enterocutánea, sin aquejar dolor abdominal. El actor está a seguimiento por Reumatología por oligoartritis de codo y rodilla izquierdos, y tenosinovitis de flexores y extensores de mano derecha, actualmente asintomático, conservando el balance articular en codos, rodillas y muñecas. SEXTO.- La base reguladora mensual a efectos de prestaciones de invalidez permanente total derivada de enfermedad común asciende a 831,59 euros.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Desestimar la demanda que en materia de invalidez permanente ha sido interpuesta por DON Maximino contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, absolviéndolo de la pretensión ejercitada en su contra, previa confirmación de las resoluciones impugnadas de 1 y 30 de diciembre de 2016.

CUARTO

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
8 sentencias
  • STSJ Galicia , 7 de Marzo de 2018
    • España
    • 7 Marzo 2018
    ...confirmación de su resolución por mejoría y el beneficiario la declaración de IPA/GI, comenzaremos recordando (entre otras, en SSTSJ Galicia 24/01/18 R. 4091/17, 10/10/17 R. 2316/17, 06/07/17 R. 930/17, 20/06/17 R. 331/17, 14/06/17 R. 323/17, 06/04/17 R. 4749/16, 10/02/17 R. 3474/16, etc.) ......
  • STSJ Galicia 3651/2018, 8 de Octubre de 2018
    • España
    • 8 Octubre 2018
    ...compartir, toda vez que no ha de olvidarse (como recordábamos, entre otras, en SSTSJ Galicia 11/07/18 R. 990/18, 07/03/18 R. 5222/17, 24/01/18 R. 4091/17, 10/10/17 R. 2316/17, 06/07/17 R. 930/17, 20/06/17 R. 331/17, 14/06/17 R. 323/17, etc.) que uno de los requisitos imprescindibles para pr......
  • STSJ Galicia 2791/2018, 6 de Julio de 2018
    • España
    • 6 Julio 2018
    ...TERCERO La censura no puede acogerse, porque no ha de olvidarse (como recordábamos, entre otras, en SSTSJ Galicia 07/03/18 R. 5222/17, 24/01/18 R. 4091/17, 10/10/17 R. 2316/17, 06/07/17 R. 930/17, 20/06/17 R. 331/17, 14/06/17 R. 323/17, etc.) que uno de los requisitos imprescindibles para p......
  • STSJ Galicia , 22 de Julio de 2019
    • España
    • 22 Julio 2019
    ...no ha de olvidarse (como recordábamos, entre otras, en SSTSJ Galicia 08/10/18 R. 1916/18, 11/07/18 R. 990/18, 07/03/18 R. 5222/17, 24/01/18 R. 4091/17, 10/10/17 R. 2316/17, 06/07/17 R. 930/17, etc.) que uno de los requisitos imprescindibles para proceder a revisar una IP es que el beneficiar......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR