STSJ Aragón 13/2017, 24 de Octubre de 2017

PonenteIGNACIO MARTINEZ LASIERRA
ECLIES:TSJAR:2017:1323
Número de Recurso5/2017
ProcedimientoRECURSO DE APELACION AL JURADO
Número de Resolución13/2017
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2017
EmisorSala de lo Civil y Penal

T.S.J.ARAGON SALA CIV/PE

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00013/2017

COSO, 1

Teléfono: 976208356

Equipo/usuario: FCB

Modelo: N91190

N.I.G.: 50095 41 2 1999 0200226

Refª.- RAJ RECURSO DE APELACION AL JURADO 0000005 /2017

Sobre: ASESINATO

Denunciante/querellante: Purificacion

Procurador/a: D/Dª MIGUEL ANGEL GASCÓN MARCO

Abogado/a: D/Dª FRANCISCO JAVIER NOTIVOLI ESCALONILLA

Contra: Alexander , MINISTERIO FISCAL MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª MARIA TERESA VILLARREAL NOGUE

Abogado/a: D/Dª JAVIER ELIA GARCIA

SENTENCIA NÚM. TRECE

Ilmo. Sr. Presidente /

D. Fernando Zubiri de Salinas /

Ilmos. Sres. Magistrados /

D. Luis Ignacio Pastor Eixarch /

D. Ignacio Martínez Lasierra /

En Zaragoza, a veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete.

En nombre de S.M. el Rey.

Visto por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, como Sala Penal, el presente recurso de apelación núm. 5/2017, interpuesto contra la sentencia de 2 de mayo de 2017 , el Auto de Aclaración de 11 de mayo de 2017, y el Auto de 16 de mayo de 2017 aclarando el anterior, dictados por el Ilmo. Sr. Magistrado-Presidente en la causa del Tribunal del Jurado nº 5/2017 de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, seguida por el delito de asesinato, siendo apelante la acusación particular Dña. Purificacion , representada por el Procurador de los Tribunales D. Miguel Angel Gascón Marco y dirigida por el Letrado D. Javier Notivoli Escalonilla, siendo parte recurrida en este recurso el acusado, D. Alexander , en libertad por esta causa, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Mª Teresa Villarreal Nogue, y dirigido por el Letrado D. Javier Elía García, y también apelante el Ministerio Fiscal.

Es Ponente el Magistrado de la Sala Ilmo. Sr. D. Ignacio Martínez Lasierra.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el referido procedimiento el Magistrado-Presidente sometió al Jurado, el siguiente OBJETO DEL VEREDICTO:

"HECHOS DESFAVORABLES

  1. ).- ¿Considera el Jurado probado que el acusado Alexander y Hugo , vecinos ambos de la localidad zaragozana de Ejea de los Caballeros, en el año 1996 mantenían una relación basada en el comercio ilícito de sustancias estupefacientes que se desarrollaba por la zona de Ejea de los Caballeros? (Hecho desfavorable).

  2. ).- ¿Considera el Jurado probado que en el verano de dicho año Alexander y Hugo se trasladaron a la localidad de Pamplona en compañía de Marcial para comprar droga a Porfirio efectuándose tal operación en el bar propiedad de este último? (Hecho desfavorable).

  3. ).- ¿Considera el Jurado probado que Hugo compró droga a Porfirio por importe de 500.000 ptas. pagándole dicho precio con un pagaré o cheque que no llegó a pagarse. (Hecho desfavorable).

  4. ).- ¿Considera el Jurado probado que Alexander en su condición de hijo de ganadero tenía destreza en el manejo de las armas blancas? (Hecho desfavorable).

  5. ).-¿Considera el Jurado probado en el acusado Alexander manifestó en varias ocasiones a su esposa Esperanza que había dado muerte a Ambrosio y le había cortado la cabeza? (Hecho desfavorable).

  6. ).- ¿Considera el Jurado probado que el acusado Alexander manifestó a Jose Pablo lo mismo que a su esposa? (Hecho desfavorable).

  7. ).- ¿Considera el Jurado probado que el acusado Alexander exhibió ante su esposa un cuchillo del que no se separaba en ningún momento? (Hecho desfavorable).

  8. ).- ¿Considera el Jurado probado que el acusado Alexander le manifestó a su esposa que si se iba con otro los mataría a los dos? (Hecho desfavorable).

  9. ).- ¿Considera el Jurado probado que el acusado Alexander explicó al Policía Local nº NUM000 de Ejea de los Caballeros que iba a matar a un guardia civil y que le sacaría las tripas con un cuchillo de sierra? (Hecho desfavorable).

  10. ).- ¿Considera el Jurado probado que el acusado Alexander explicó al Policía Local nº NUM000 de Ejea de los Caballeros que ... "le iba a meter quince tiros"? (Hecho desfavorable).

  11. ).- ¿Considera el Jurado probado que el acusado Alexander explicó al Policía Local nº NUM000 de Ejea de los Caballeros que la cabeza de Ambrosio valía 1.700.000 ptas? (Hecho desfavorable).

  12. ).- ¿Considera el Jurado probado que el acusado Alexander explicó al Policía Local nº NUM000 de Ejea de los Caballeros ...."Que ya faltaba poco tiempo para que contara lo que le pasó a Ambrosio " (Hecho desfavorable).

  13. ).- ¿Considera el Jurado probado que el acusado Alexander con motivo de una detención conminó a la Policía Local nº NUM001 de Ejea de los Caballeros en los términos de que ....." No quedaría ninguno vivo ", la insultó en los términos de "puta" y "zorrón" y le dijo que ...."le iba a cortar la cabeza como a Ambrosio " (Hecho desfavorable).

  14. ).- ¿Considera el Jurado probado que el acusado Alexander realizó iguales amenazas contra otros Policías Locales de Ejea? (Hecho desfavorable) sobre cortarles el cuello como a Hugo (Hecho desfavorable).

  15. bis).- ¿Considera el Jurado probado que el acusado Alexander poco antes de resultar detenido por segunda vez tras la reapertura de las diligencias manifestó a un Policía Municipal de Ejea que... "Pronto contaría la verdad sobre la muerte de Hugo porque pronto prescribiría el hecho? (Hecho desfavorable).

  16. ).- ¿Considera el Jurado probado que el acusado en cierta ocasión mató a un perro e insertó en una estaca su cabeza? (Hecho desfavorable).

  17. ).- ¿Considera el Jurado probado que el acusado Alexander solía alardear ante los vecinos de en Ejea de los Caballeros de que había matado a Hugo ? (Hecho desfavorable).

  18. ).- ¿Considera el Jurado probado que Hugo falleció de muerte violenta entre los días 9 y 14 de septiembre de 1996 a consecuencia de las 17 heridas producidas en hemitorax izquierdo (pecho) por un arma blanca punzo cortante, que afectaron a corazón y pulmones y de la herida en el cuello que le afectó a la arteria carótida (arteria del cuello)? (Hecho desfavorable).

  19. bis).- ¿Considera el Jurado probado que el acusado Alexander causó la muerte a Hugo ? (Hecho desfavorable).

  20. ).- ¿Considera el Jurado probado que la sangre que manchó dos de las paredes del dormitorio donde se encontró el cadáver pertenecía a Hugo ? (Hecho desfavorable).

  21. ).- ¿Considera el Jurado probado que las heridas halladas en los brazos del cadáver eran defensivas? (Hecho desfavorable).

  22. ).- ¿Considera el Jurado probado que la sangre que manchó las paredes del dormitorio donde se encontró el cadáver provenía de la herida o degollamiento del cuello saliendo a presión conforme a lo que se denomina "Splas arterial"? (Hecho desfavorable).

  23. ).- ¿Considera el Jurado probado que la huella palmar de sangre llamada "por transferencia" había sido producida por contacto de la mano izquierda del acusado Alexander contra la pared? (Hecho desfavorable).

  24. ).- ¿Considera el Jurado probado que la huella palmar de sangre llamada "por transferencia" era de las llamadas "de apoyo" y no "de arrastre", esto es, de las producidas al apoyar con cierta fuerza o presión la mano contra la pared, bien voluntariamente, bien para no perder el equilibrio, bien para hacer fuerza, y no por un simple arrastre o roce contra la pared? (Hecho desfavorable).

  25. ).- ¿Considera el Jurado probado que producida la muerte del Sr. Hugo , su cadáver fue cambiado de posición y situado en posición transversal al eje de la cama y lo puso boca abajo? (Hecho desfavorable).

  26. ).- ¿Considera el Jurado probado que en tal situación se le seccionó con un cuchillo la periferia de las partes blandas del cuello, esto es, alrededor del cuello, y hecho esto se le separó la cabeza del cuerpo separando manualmente las dos primera vértebras? (Hecho desfavorable).

  27. ).- ¿Considera el Jurado probado que para arrancar la cabeza el cadáver fue situado boca abajo en la cama? (Hecho desfavorable).

    HECHOS FAVORABLES

  28. ).- ¿Considera el Jurado probado que las huellas encontradas en las paredes de la habitación donde se produjeron los hechos pudieron ser falseadas o manipuladas? (Hecho favorable).

  29. ).- ¿Considera el Jurado probado que el informe dactiloscópico donde se encontraron doce puntos de coincidencia en la huella palmar del acusado en relación a la huella impregnada en la pared pudo incurrir en algún error en y poner en duda o cuestionar que la huella de la pared perteneciera a la mano izquierda del acusado? (Hecho favorable).

    CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES

    a).- Alevosía

  30. ).- ¿Considera el Jurado probado que efectuado el correspondiente análisis de sangre del cadáver del Sr. Hugo , éste reveló ingesta de alcohol con inmediata anterioridad al fallecimiento produciendo dificultad de reacción en la víctima? (Hecho desfavorable).

  31. ).- ¿Considera el Jurado probado que quien ocasionó la muerte del Sr. Hugo accedió a la habitación donde estaba tumbado de forma sorpresiva? (Hecho desfavorable).

  32. ).- ¿Considera el Jurado probado que las dos mencionadas circunstancias junto con el pequeño tamaño de la habitación debilitaron o anularon la posible defensa que pudiera haber ejercido el Sr. Hugo frente a su agresor? (Hecho desfavorable).

    b).- Ensañamiento

  33. ).- ¿Considera el Jurado probado que para provocar el fallecimiento del Sr. Hugo no hubieran sido necesarias 17 puñaladas en el tórax y un degollamiento? (Hecho desfavorable).

  34. ).- ¿Considera el Jurado probado que de esta forma el Sr. Hugo sufrió padecimientos innecesarios para provocar su muerte? (Hecho desfavorable).

    PRECISION DEL HECHO DELICTIVO

  35. ).- ¿Considera el Jurado probado que Alexander es culpable de un delito de asesinato al concurrir alevosía y/o ensañamiento?.

  36. ) ¿Considera el Jurado probado que Alexander es no culpable de un delito de homicidio ni alevosía ni ensañamiento?.

    REMISION DE LA PENA Y PETICION DE INDULTO

    ¿Considera el Jurado que por este Tribunal de Jurado debe proponerse al Gobierno de España el indulto o la remisión condicional total o parcial de la pena...

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