STSJ Comunidad Valenciana 426/2017, 16 de Febrero de 2017

PonenteMARIA MERCEDES BORONAT TORMO
ECLIES:TSJCV:2017:748
Número de Recurso791/2016
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución426/2017
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2017
EmisorSala de lo Social

1 Recursos de Suplicación - 000791/2016

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Isabel Moreno De Viana Cardenas

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Mercedes Boronat Tormo

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Carmen López Carbonell

En València, a dieciséis de febrero de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 426 DE 2017

En el Recursos de Suplicación - 000791/2016, interpuesto contra la sentencia de fecha 9 de diciembre de 2015, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 7 DE ALICANTE, en los autos 000579/2014, seguidos sobre Desempleo-Reintegro, a instancia de SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, representado por el Letrado Sustituto del Abogado del Estado, D. José Francisco Terrés Abad, contra Dª Valentina, representada por el Letrado D. Eloy Gomariz Sánchez, y en los que es recurrente Dª Valentina, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. Dº./Dª. Mercedes Boronat Tormo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por SPEE contra Dª Valentina, debo anular la resolución de la entidad gestora de 19/01/07 por la que se reconoció a la demandada prestación de subsidio por desempleo para mayores de 52 años y se declara el cobro indebido de lo percibido por dicho subsidio no prescrito, del 16/05/12 al 16/05/08 y se condena a la demandada al reintegro de lo percibido indebidamente en la cuantía legal".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes:"Resultan y así se declaran probados los siguientes hechos: Primero: Dª Valentina, solicitó subsidio por desempleo para mayores de 52 años y le fue reconocida por resolución del SPEE de 19/01/07, con efectos desde el 28/11/06. Segundo: En el periodo de 16/05/08 al 30/04/12 ha percibido por el subsidio por desempleo reconocido la cantidad de 20.098,98 euros. Tercero: La trabajadora solicitó subsidio por desempleo por estar en situación de desempleo y no tener derecho a la prestación contributiva. En su solicitud informó al SPEE que percibía rentas derivadas de trabajo/pensiones en la cantidad de 259,60 euros/mes, acompañando a su solicitud certificado del INSS de fecha 24/01/06 que confirmaba esa información. Cuarto: En los seis años anteriores a la solicitud del subsidio la demandada no tiene cotizado ningún día al sistema de la seguridad social. Quinto: El INSS emitió por error, con fecha 20/12/06, certificado a efectos del subsidio por desempleo, en el que hacía constar que la demandada no percibía ninguna pensión de la seguridad social. La demandada percibe pensión por incapacidad permanente total desde el 22/02/2005 con base reguladora de 462,74 euros y 55% de porcentaje y no ha compatibilizado el cobro de la pensión con ningún trabajo. Y fue perceptora de renta activa de reinserción con anterioridad a la solicitud de subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Sexto: EL SPEE por resolución de 16/05/12 comunicó a la demandada propuesta de revocación de prestaciones por desempleo, por ser incompatible el subsidio con la pensión de incapacidad permanente total que percibe. Se comunicó a la demandada que el importe de la percepción indebida ascendía a 20.098,98 euros del periodo 16/05/08 al 30/04/12. Se dio plazo para alegaciones, que formuló la demandada y, por resolución de 19/07/12 el SPEE acordó revocar el la resolución de 19/01/07 y declarar la percepción indebida de prestaciones de

20.098,98 euros por el periodo del 16/05/08 al 30/04/12. La demandada presentó reclamación previa que fue desestimada. Séptimo: Y por Dª Valentina se interpuso demanda contra la resolución anterior el 31/10/12 y fue turnada al juzgado social nº 3 de Elche, el cual en Autos 1111/2012 dictó sentencia de fecha 29/07/13 en la que desestimó la demanda. Se recurrió dicha sentencia, la cual fue revocada por otra del TSJ de Valencia de fecha 17/05/2014, en la que se estimó el recurso y recovó la sentencia de instancia y estima la demanda interpuesta contra el SPEE, recova la resolución de 16/05/12 rehabilitando en consecuencia la de 19/01/07 y condena al SPEE a devolver a la actora la cantidad, que ésta había devuelto, de 20.098 euros. Octavo : Con fecha 4/07/2014 se interpuso la presente demanda por el SPEE.

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada Dª Valentina, habiendo sido impugnado por la parte actora. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El pronunciamiento de la instancia, tras declarar que es radicalmente nula y no meramente anulable la Resolución del SPEE de fecha 19 de enero del 2007, que con efectos del 28.11.2006 le reconoció el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, estima...

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