STSJ Comunidad de Madrid 47/2017, 9 de Febrero de 2017

PonenteMARIA FATIMA ARANA AZPITARTE
ECLIES:TSJM:2017:1496
Número de Recurso879/2016
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución47/2017
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2017
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Tercera C/ General Castaños, 1, Planta 1 - 28004

33010280

NIG: 28.079.00.3-2015/0003503

Apelación número 879/2016

Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 29 P.O. número 87/15.

Ponente: Doña Fátima Arana Azpitarte

Apelante: Ayuntamiento de Parla

Apelado: COFELY ESPAÑA S.A.

Procuradora: Doña María Jesús González Díez

SENTENCIA nº 47

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Gustavo Lescure Ceñal

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Fátima Arana Azpitarte

Don Rafael Estévez Pendás

En la ciudad de Madrid, a 9 de febrero del año 2017, visto por la Sala el Recurso arriba referido, interpuesto por el Ayuntamiento de Parla contra el auto dictado en fecha 25 de abril de 2016 por el juzgado de lo contencioso administrativo nº 29 de esta capital que concedió la ejecución del Auto de medidas cautelares dictado en la pieza separada de suspensión del recurso 87/2015.

Es ponente de esta Sentencia la Ilma. Sra. Doña Fátima Arana Azpitarte, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se interpuso recurso de apelación por el Ayuntamiento de Parla contra el auto dictado en fecha 25 de abril de 2016 por el juzgado de lo contencioso administrativo nº 29 de esta capital .

SEGUNDO

La parte apelada se opuso al recurso solicitando su desestimación.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a la Sala se señaló el día 8 de febrero del año 2017 para deliberación, votación y fallo del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso de apelación contra el auto dictado en fecha 25 de abril de 2016 por el juzgado de lo contencioso administrativo nº 29 de esta capital que concedió la ejecución del Auto de medidas cautelares dictado en la pieza separada de suspensión del recurso 87/2015 por el que se ordenaba al Ayuntamiento de Parla al pago inmediato a COFELY ESPAÑA S.A. de determinadas cantidades en concepto de principal e intereses de demora derivados de un contrato de suministro y de servicios, Auto que se encontraba recurrido en apelación ante esta Sala y recurso que se admitió en un efecto.

En fecha 6 de abril de 2016 se ha dictado Sentencia por esta misma Sala y Sección desestimatoria del recurso de apelación interpuesto contra el Auto de fecha 25 de mayo de 2015 que acordó la medida cautelar por lo que el mencionado Auto quedó firme y - según comunica el juzgado de lo contencioso administrativo nº 29- en fecha 29 de julio de 2016 se ha dictado Sentencia en el recurso principal, Sentencia que manifiesta es firme.

SEGUNDO

Es doctrina reiterada del Tribunal Supremo, recogida en las sentencias de 19 de mayo de 2011 (recurso 271/2009 ), 10 de diciembre de 2012...

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