STSJ Galicia 996/2017, 16 de Febrero de 2017
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO |
ECLI | ES:TSJGAL:2017:1142 |
Número de Recurso | 3681/2016 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 996/2017 |
Fecha de Resolución | 16 de Febrero de 2017 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA
PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939
Fax: 881881133 /981184853
NIG: 32054 44 4 2016 0000886
Equipo/usuario: BC
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0003681 /2016 . BC
Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000220 /2016
Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE
RECURRENTE/S D/ña Otilia
ABOGADO/A: MARIA SERGIA SUAREZ LEAL
RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
ILMO. SR. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE
PRESIDENTE
ILMO. SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ
ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO
En A CORUÑA, a dieciséis de febrero de dos mil diecisiete.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NO MBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0003681/2016, formalizado por la LETRADA Dª SERGIA SUÁREZ LEAL, en nombre y representación de Otilia, contra la sentencia número 296/2016 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 3 de OURENSE en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000220/2016, seguidos a instancia de Otilia frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Otilia presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 296/2016, de fecha uno de junio de dos mil dieciséis .
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
La parte demandante Otilia nacida el NUM000 -62 afiliada a la Seguridad Social con el n° NUM001, encuadrado en el régimen especial de administrativa; base reguladora 959,55 €.
Interesada en su día pensión de incapacidad permanente se tramitó el oportuno expediente administrativo, siendo denegada su solicitud por resolución de fecha 20-1-16. Interpuesta reclamación previa, fue desestimada por resolución de fecha 25-2-16 que confirmó la impugnada. Tercero.- Que la demandante presenta las siguientes lesiones: síndrome fibromiálgico, cervicoartrosis ligera, lumboartrosis sin signos actuales de radiculopatía, síndrome ansioso-depresivo, tendinopatía de hombro izquierdo de larga evolución.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Otilia contra INSS Y TGSS, sobre INVALIDEZ, declaro no haber lugar a la misma, absolviendo a las Entidades Gestoras demandadas de la pretensión en su contra ejercitada.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
Recurre la trabajadora la desestimación de su demanda, instando -por el cauce del artículo 193.b) LJS- la modificación del relato histórico, y denunciando -vía artículo 193.c) LJS- la infracción por inaplicación del artículo 194 LGSS .
No podemos acoger la revisión propuesta por dos motivos: uno, porque ésta no se propone en debida forma, al hacer referencia a múltiples informes médicos y en absoluto relacionar cada dolencia descrita con el correspondiente documento que lo acredita, tal como exige la naturaleza extraordinaria del recurso de Suplicación y como constantemente tenemos indicado para los procesos de Invalidez Permanente (así entre las últimas, SSTSJ Galicia 24/11/16 R. 1501/16, 27/09/16 R. 289/16, 14/07/16 R. 4107/15, 19/05/16
R. 2301/15, 12/05/16 R. 2371/15, 03/03/16 R. 941/15, etc.). Y, dos, por cuanto que la solicitud se ampara en el informe de Especialista en Valoración del Daño Corporal, y si bien está fuera de toda duda la competencia de tal profesional para valorar la discapacidad que las concretas patologías puedan comportar, en general y/o concretamente con relación a determinadas actividades, no lo es menos que tan singularizado conocimiento -como el de los Especialistas en Medicina del Trabajo- no se extiende al diagnóstico de las propias dolencias cuya disfunción se informa, lo que es más propio de los correspondientes especialistas en tales dolencias (así, entre las recientes, SSTSJ Galicia 18/12/15 R. 3800/14, 19/12/14 R. 679/13, 07/10/14 R. 4346/12, 08/10/14 R. 5481/12, 23/09/14 R. 4865/12, etc.) y también -a...
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STSJ Galicia 500/2018, 10 de Enero de 2018
...es más propio de los correspondientes especialistas en tales dolencias (así, entre las recientes, SSTSJ Galicia 25/05/17 R. 5471/16, 16/02/17 R. 3681/16, 18/12/15 R. 3800/14, 19/12/14 R. 679/13, 07/10/14 R. 4346/12, 08/10/14 R. 5481/12, 23/09/14 R. 4865/12, 10/07/14 R. 4613/12, 29/12/13 R. ......
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STSJ Galicia , 19 de Abril de 2018
...constantemente tenemos indicado para los procesos de Invalidez Permanente (así entre las últimas, SSTSJ Galicia 13/07/17 R. 932/17, 16/02/17 R. 2681/16, 19/01/17 R. 3050/16, 17/01/17 R. 3025/16, 24/11/16 R. 1501/16, 27/09/16 R. 289/16, 14/07/16 R. 4107/15, La censura tampoco puede acogerse,......
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STSJ Galicia 1311/2023, 8 de Marzo de 2023
...dolencias (así, entre las recientes, SSTSJ Galicia 28/01/21 R. 3159/20, 05/07/18 R. 999/18, 10/01/18 R. 4169/17, 25/05/17 R. 5471/16, 16/02/17 R. 3681/16, 18/12/15 R. 3800/14, etc.) y también -a juicio de la Sala- de los Equipos de Valoración de Incapacidades, cuya formación y práctica cons......
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STSJ Galicia 1872/2017, 6 de Abril de 2017
...terapéuticas y -en este punto- debemos reiterar el criterio expuesto en numerosas ocasiones anteriores (valgan por todas, SSTSJ Galicia 16/02/17 R. 3635/16, 15/12/16 R. 2259/16, 25/10/16 R. 908/16, 27/09/16 R. 298/16, 14/07/16 R. 4118/15, etc.), respecto de que la definición de Invalidez Pe......