STSJ Comunidad Valenciana 2509/2016, 22 de Noviembre de 2016

PonenteFRANCISCO JAVIER LLUCH CORELL
ECLIES:TSJCV:2016:5673
Número de Recurso3582/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2509/2016
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2016
EmisorSala de lo Social

1 Recurso de Suplicación nº 3.582/2015

Recursos de Suplicación - 003582/2015

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Francisco Javier Lluch Corell

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Inmaculada Linares Bosch

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Ana Sancho Aranzasti

En València, a veintidós de noviembre de dos mil dieciséis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 2.509 DE 2016

En el Recursos de Suplicación - 003582/2015, interpuesto contra la sentencia de fecha 21 de septiembre de 2015, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE VALENCIA, en los autos 001439/2013, seguidos sobre desempleo, a instancia de Pura, asistida por la Letrada Dª Gloria Bacete González, contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL representado por la Letrada Dª Emilia Llorente Cabrelles, y en los que es recurrente Pura, ha actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D./Dª. Francisco Javier Lluch Corell.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por Pura, contra el Servicio Publico de Empleo Estatal, debo absolver y absuelvo a la demandada de las peticiones contenidas en el escrito de demanda".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "PRIMERO.- Que por parte de Carmela, se solicito por escrito de fecha 13-6-13 prestación del Programa de Renta Activa de Inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo, reconociéndosele por resolución de fecha 17-6-13. SEGUNDO.- Por el ente gestor se inicio expediente de exclusión del programa de RAI en 26-7- 13 ante la incomparecencia de la actora a la renovación de demanda de empleo en fecha y hora de 15-7-13, acordando tras las alegaciones de la actora resolver 22-8-13 la exclusión definitiva en la participación en el Programa de Renta Activa de Inserción reconocidos con perdida de derechos sobre la no renovación de la demanda de empleo. TERCERO.- La actora formulo reclamación previa en fecha 25-9-13. Tal reclamación previa fue desestimada por resolución de fecha 11-11-13, formulando demanda objeto de autos en reclamación a reincorporar a la actora al programa del que fue excluida. CUARTO.- La actora sufre una trastorno bipolar de años de evolución que pude determinar descompensaciones depresivas con alteración de la capacidad de organización, atención y memoria. No consta en fecha 15 de julio alteración en su salud y capacidad de autoorganización, compareciendo ante los servicios médicos de la sanidad publica en 12-8-13 donde comento la existencia del olvido en fecha 15- 7-13, una vez abierto el expediente objeto de autos".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte Pura . Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

1. Se recurre por la letrada designada por doña Pura, la sentencia de instancia que desestimó su demanda por la que se impugnaba la resolución del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) de 22 de agosto de 2013 - confirmada por la de 11 de noviembre de 2013 que desestimó la reclamación previa-, que acordó su exclusión del programa de renta activa de inserción (RAI) con causa en no haber comparecido el día 15 de julio de 2013 ante el SPEE pese a haber sido requerida para ello.

  1. El recurso se sustenta en un motivo único que se dice redactado al amparo del apartado b) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS ). Solicita que se incluya en el relato de hechos probados de la sentencia uno nuevo que diga que a la Sra. Pura "debe concedérsele su derecho a ser incorporada en el Programa de Renta Activa de Inserción, incluidos los derechos económicos, tomando como fecha inicial para el cálculo desde el día 17 de junio de 2013, condenando al INEM a estar y pasar por tal declaración". Y, acto seguido, afirma la recurrente que "cumple con todos y cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 9 del Real Decreto 1369/06 de 24 de noviembre ".

SEGUNDO

1. Lo primero que debemos resaltar, es que el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 21 de Enero de 2020
    • España
    • 21 Enero 2020
    ...para que seleccione una sentencia de contraste ha presentado un escrito indicando que elige las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 22 de noviembre de 2016, Tribunal Constitucional de 20 de septiembre de 1993 y Comunidad Valenciana de 15 de septiembre ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR