STSJ Asturias 2834/2016, 29 de Diciembre de 2016

PonenteCARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2016:3671
Número de Recurso2314/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2834/2016
Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 02834/2016

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

NIG: 33044 44 4 2015 0004540

RSU RECURSO SUPLICACION 0002314 /2016

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000772/2015

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña Elvira

ABOGADO/A: RAQUEL FERNANDEZ GONZALEZ

PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL, TESORERIA GRAL.SEGURIDAD SOCIAL

PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL:

Sentencia nº 2834/2016

En OVIEDO, a veintinueve de diciembre de dos mil dieciséis.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la SALA SOCIAL del T.S.J.ASTURIAS formada por los Ilmos. Sres. D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, D. LUIS CAYETANO FERNÁNDEZ ARDAVIN y D. JOSÉ FELIX LAJO GONZÁLEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0002314/2016, formalizado por la LETRADO RAQUEL FERNANDEZ GONZALEZ, en nombre y representación de Elvira, contra la sentencia número 360/2016 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 6 de OVIEDO en el procedimiento sobre SEGURIDAD SOCIAL 0000772/2015, seguido a instancia de Elvira frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente la Ilma Sra Dª CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Elvira presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 360/2016, de fecha veintidós de junio de dos mil dieciséis .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. -Dª. Elvira, nacida el NUM000 -51 y afiliada al Sistema de la Seguridad Social con el nº NUM001, fue declarada afectada de una Incapacidad Permanente Total derivada de enfermedad común por sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo de fecha 08-04-14, con derecho a percibir una pensión vitalicia del 75 % de una base reguladora de 1.276,10 euros mensuales, presentando en ese momento la siguiente patología: "Trastorno bipolar, episodio actual depresivo. Cefaleas crónicas de origen mixto (migrañoso+tensional) de muchos años de evolución. RM craneal normal".

  1. -La demandante solicitó de la entidad demandada la revisión de la Incapacidad Permanente Total que tenía reconocida por agravación de la anterior, recayendo resolución en fecha 06-07-15, previo DictamenPropuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades de la misma fecha, declarando a la demandante afectada de una incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común, con derecho a percibir una pensión del 100 % de una base reguladora de 1.276,10 € mensuales con fecha de efectos al 07-07-15; disconforme con tal decisión, interpuso la actora reclamación previa, la que fue expresamente desestimada por resolución de fecha 10-09-15.

  2. -La actora en la actualidad presenta el siguiente cuadro clínico residual: "Trastorno bipolar episodio depresivo actual. Migraña crónica refractaria. Cervicoartrosis con severa discoartrosis C6-C7. Mibroalbulinemia. Cólico nefrítico a estudio".

  3. -El complemento de gran invalidez se fija en 861,93 € mensuales y la fecha de efectos al 07-07-15.

  4. -En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

Que desestimando la demanda presentada por Dª. Elvira frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo a las citadas entidades demandadas de las pretensiones deducidas en su contra en el presente procedimiento.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Elvira formalizándolo posteriormente. Tal recurso no fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en fecha 16 de Setiembre de 2016.

SEXTO

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 24 de Noviembre de 2016 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La actora, declarada por el Inss en situación de incapacidad permanente absoluta por agravación del grado de total reconocido en el año 2014, demanda el reconocimiento de gran invalidez por sostener que esa es la calificación que corresponde a su estado.

Al ser desestimada tal pretensión por la sentencia de instancia, formula un primer motivo de...

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