STSJ Canarias 243/2016, 4 de Mayo de 2016

PonenteFRANCISCO JAVIER VARONA GOMEZ-ACEDO
ECLIES:TSJICAN:2016:1744
Número de Recurso90/2013
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución243/2016
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

? TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN SEGUNDA

Plaza de San Agustín 6

Las Palmas de Gran Canaria

Teléfono: 928 32 50 09

Fax.: 928 32 50 39

Procedimiento: Procedimiento ordinario

Nº Procedimiento: 0000090/2013

NIG: 3501633320130000236

Materia: Expropiación forzosa

Resolución:Sentencia 000243/2016

Intervención: Interviniente: Procurador:

Demandante HERENCIA YACENTE DE DON Carlos Jesús

Demandante Flora SILVIA MARRERO AGUIAR

Demandante Graciela

Demandado COMISION DE VALORACIONES DE CANARIAS

Codemandado AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOME DE TIRAJANA

SENTENCIA

Presidente

D./Dª. CÉSAR JOSÉ GARCÍA OTERO

Magistrados

D./Dª. EMMA GALCERÁN SOLSONA

D./Dª. CRISTINA PÁEZ MARTÍNEZ VIREL

D./Dª. FRANCISCO JAVIER VARONA GÓMEZ ACEDO (Ponente)

En Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de mayo de 2016.

Visto por esta Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Segunda con sede en Las Palmas, integrada por los Sres. Magistrados, anotados al margen, el recurso ContenciosoAdministrativo número 0000090/2013, interpuesto por la HERENCIA YACENTE DE DON Carlos Jesús, Dña. Flora y Dña. Graciela, representados por la Procuradora de los Tribunales Dña. ido, SILVIA MARRERO AGUIAR y dirigido por la Abogada Dña. MARIA REYES MARTELL GONZALEZ, contra la COMISION DE VALORACIONES DE CANARIASy el AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOME DE TIRAJANA, habiendo comparecido, en su representación y defensa la Letrada de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias y la Letrada de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, respectivamente versando sobre Expropiación Forzosa. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO JAVIER VARONA GÓMEZ ACEDO, se ha dictado, la presente sentencia con base en los siguientes

I ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Es objeto de recurso la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra acuerdo de la comisión de valoraciones de canarias de fecha 3 de Abril de 2012 por el que se determina el justiprecio de la expropiación forzosa de fincas titularidad de la recurrente bajo el expediente con numero de referencia NUM000 .

SEGUNDO

La representación de la demandante interpuso recurso contencioso-administrativo contra dicho acto, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia por la que se declare la nulidad del acto administrativo impugnado.

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda, oponiéndose a ella e interesando una sentencia desestimatoria del recurso interpuesto.

CUARTO

Se recibió el proceso a prueba, practicándose la admitida y formulando las partes conclusiones escritas, por lo que concluso el procedimiento, se señaló día para votación y fallo del presente recurso.

Se han observado las prescripciones legales que regulan la tramitación del recurso, cuya cuantía se fijó en 1.131.758,95 euros.

Es ponente el Ilmo. Sr. Don FRANCISCO JAVIER VARONA GÓMEZ ACEDO, que expresa el parecer de la Sala.

II FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El primero de motivos en que se funda la impugnación son los siguientes se refiere a que el acuerdo recurrido vulnera lo ordenado en la sentencia recaída en el RCA 2823/2003, Dado que se realiza exclusivamente la valoración sobre dos de las fincas que han sido objeto del Convenio urbanístico no firmado por los actores y no se incluyen tres de las cinco fincas que comprende el Convenio urbanístico con lo que se obvia el FJ cuarto de la sentencia de 1.10.07 .

Este motivo no puede ser estimado. La referida sentencia de esta Sala recaída en el recurso 2823/2003, tenia como antecedente y por lo tanto objeto de la pretensión la siguiente según se constata en el fundamento de derecho Primero:

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