STSJ Andalucía 1834/2016, 23 de Junio de 2016

PonenteFRANCISCO MANUEL ALVAREZ DOMINGUEZ
ECLIES:TSJAND:2016:5975
Número de Recurso1179/2016
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1834/2016
Fecha de Resolución23 de Junio de 2016
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 1179/16 -AC- Sentencia nº 1834/16

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Iltmo.Sr.Magistrado

DON LUIS LOZANO MORENO

Iltmo. Sr. Magistrado

DON FRANCISCO MANUEL ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ (PONENTE)

Iltma.Sra.Magistrada

DOÑA MARÍA DEL CARMEN PÉREZ SIBÓN

En Sevilla, a veintitres de junio de dos mil dieciseis.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 1834 /16

En el recurso de suplicación interpuesto por la empresa "Servicio de Certificación CAAE SLU", contra la sentencia del Juzgado de lo Social número tres de los de Sevilla en sus autos Nº 620/14, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don FRANCISCO MANUEL ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Emilio contra la empresa "Servicio de Certificación CAAE SLU" "AM Soluciones SLU" y "Asociación Valor Ecológico" habiendo sido llamados a las actuaciones el Fondo de Garantía Salarial, Ministerio Fiscal, sobre reclamación por Despido se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 26-8-15 por el Juzgado de referencia, que desestimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"1º) El COMITÉ ANDALUZ DE AGRICULTURA ECOLÓGICA, quedó extinguido por Decreto 166/2003 de la Consejería de Agricultura y Pesca (BOJA de 18.07.2003), constituyéndose en sucesora universal del mismo la ASOCIACIÓN COMITÉ ANDALUZ DE AGRICULTURA ECOLÓGICA, (Asociación CAAE), cambiando después su denominación a ASOCIACIÓN VALOR ECOLÓGICO. En fecha 01.10.2004 la Asociación CAEE constituyó la mercantil AM SOLUCIONES, S.L.U. (doc. nº 38 ramo demandada), y en fecha

04.12.2006 constituyó la mercantil SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN CAAE, S.L.U. (doc. nº 16 ramo actora y doc. nº 37 ramo demandada). Por Orden de 23.04.2013 se concedió a la Asociación CAAE la autorización para actuar como organismo privado de control y certificación para la aplicación del sistema de control de la Agricultura Ecológica en la Comunidad Autónoma de Andalucía (doc. nº 40 ramo demandada). La Asociación CAAE es titular de la marca de garantía nº 2.731.797, la que mediante contratos de 01.02.2007 y 30.09.2011 (doc. nº 49 ramo demandada) cedió su uso a Servicio de Certificación CAAE. Tanto ésta (que tenía sus dependencias en el módulo 603 del edificio sito en Sevilla Avda. Emilio Lemos nº 2) como la Asociación Valor Ecológico CAAE (con dependencias también en el módulo 603) contrataron en fechas 01.02.2013 y 08.01.2014 con AM Soluciones, que tenía sus dependencias en el módulo 609.3 del mismo edificio, la prestación de diversos servicios como los de contabilidad, trámites ante organismos, gestión de recursos humanos, mantenimiento de redes etc. (docs. nº 49 ramo demandada)

  1. ) El demandante Emilio ha venido prestando sus servicios retribuidos primero para la entidad Comité Andaluz de Agricultura Ecológica desde el 11.11.1996 en que suscribió primer contrato con ésta (doc. nº 1 ramo demandada y doc nº 1 ramo actora); y posteriormente a partir del 01.02.2007 pasó a prestarlos para la demandada SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN CAAE, S.L.U. que se subrogó en la relación de 38 trabajadores (incluido el demandante) que antes estaban contratados por la Asociación CAAE (doc. nº 35 ramo demandada); llegando a ostentar últimamente la categoría profesional de director de certificación, y percibiendo por ello últimamente las siguientes retribuciones (doc. nº 2 ramo actora y doc. nº 3 ramo demandada):

    -mensuales fijas: salario base, 1.512,51 euros; antigüedad, 206,94 euros; ropa trabajo, 83,73 euros; asistencia, 2,08 euros por día efectivo de trabajo; com histc, 330,99 euros; cpto resp, 510,00 euros; plus tran, 4,47 euros por día efectivo de trabajo.

    -tres pagas extraordinarias al año por importe total de 1.719,45 euros cada una (salario base más antigüedad).

  2. ) El demandante ha venido desempeñando en la empresa los puestos y realizando las funciones que se detallan en la ficha de personal aportada y que se da por reproducida (doc. nº 12 ramo actora). Desde al menos el año 2007 el demandante solo ejerció funciones de director técnico, recayendo las de director de certificación en otra/s persona/s. A partir del 30.01.2012 se le añadieron las funciones de director de certificación que compatibilizó con las que eran propias del director técnico, cargo que sin embargo desapareció del organigrama. Todo ello conforme a los organigramas de los distintos años aportados y que se dan por reproducidos (doc. nº 10 ramo demandada).

  3. ) Hasta el 24.05.2014 el demandante ostentó la referida dirección de certificación, que era una de las cinco direcciones que dependían directamente de la presidencia, y tenía a su cargo 39 empleados más, distribuidos en dos subdirecciones de certificación, laboratorios, gestoría documental externa, y departamentos de certificación y de control y auditoría (doc. nº 13 ramo actora).

  4. ) Hasta mayo de 2014 el demandante disponía de un despacho propio, como otros directivos, separado de la sala común de empleados, dentro del módulo 503 del edificio donde las demandadas disponían de tres módulos. En mayo de 2014 pasó a disponer de otro despacho propio dentro del módulo 609.3 del referido edificio, separado de la sala común de empleados. A partir de septiembre de 2014 ha pasado a tener su sitio de trabajo junto a otros empleados dentro de una sala común en el módulo 603 del edificio, separada del módulo 604 donde se ubican el presidente y otros directivos de la empresa (doc nº 12 ramo demandada).

  5. ) En resumen, el puesto de director de certificación (doc. nº 13 ramo actora) consistía en gestionar los trabajos del proceso de certificación desde la revisión de la solicitud hasta la emisión del certificado de conformidad, asegurando la calidad de los mismos. Sus funciones principales son:

    -Gestionar el Plan Anual de Certificación y Auditorías y evaluar su cumplimiento.

    -Elaborar los informes estadísticos relacionados con los servicios de certificación.

    -Gestionar los procesos y requerimientos (incluido comunicaciones) vinculados con acreditaciones, autorizaciones y acuerdos.

    -Realizar el desarrollo e implementación de los nuevos servicios.

    -Coordinar los trabajos en el ámbito de su responsabilidad en los que estén implicados varias áreas o direcciones.

    -Participar en la elaboración, revisión y aprobación de los documentos en el ámbito de su responsabilidad.

    -Participar en las reuniones de la Comisión de Calidad. -Coordinar las reuniones de la Comisión Consultiva y elaborar los informes de gestión y documentación necesaria.

    -Gestión del Presupuesto Operativo de la Dirección.

    Otras funciones atribuidas a este puesto son las siguientes:

    -Gestionar las respuestas a las auditorías internas y externas, y participar según los requerimientos de los auditores.

    -Gestionar y elaborar las opiniones de tipo técnico en grupos, reuniones, documentos de trabajo, etc.

    -Gestionar y elaborar las respuestas a las consultas referentes a la interpretación de la normativa y los procedimientos.

    -Revisar los recursos en primera instancia y pronunciarse sobre su resultado.

    -Gestionar las reclamaciones y litigios que se presenten.

    -Gestionar la subcontratación de los trabajos de certificación, inspección y ensayos.

    -Gestionar los trabajos relacionados con su personal como formación, cualificación, evaluación, y aprobar las variaciones, incidencias, horarios, etc. del personal directamente a su cargo.

    -Elaborar el listado de servicios a prestar.

    -Gestión de compras en el ámbito de la certificación de traslados, hospedaje, salas, material para eventos, etc. y solicitud de presupuestos (en su caso) siguiendo el procedimiento establecido al efecto.

    -Gestión de archivo y custodia de expedientes.

    -Asegurar una adecuada comunicación y colaboración entre áreas y direcciones, en aquellos trabajos del ámbito e su responsabilidad.

    -Informar a la dirección responsable de los asuntos referentes a los recursos humanos, compras, recursos materiales e informáticos, asegurando una adecuada coordinación.

    -Colaborar en el Plan de Expansión y Desarrollo, los proyectos de carácter técnico y las herramientas de comunicación.

  6. ) La demandada SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN CAAE, S.L.U. como entidad certificadora está acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) bajo la norma UNE EN 45011, y en los últimos años ha estado trabajando y adaptándose a los nuevos requerimientos de la norma ISO 17065, que pone mayor énfasis en el análisis de la imparcialidad de las entidades certificadoras, a los efectos de conseguir la acreditación ENAC al respecto.

  7. ) En el referido proceso de acreditación el demandante, en su condición de director de certificación, validó en fecha 07.04.2014 un denominado Anexo Informe para la Comisión Consultiva. Análisis para la imparcialidad, valoración y medidas (doc nº 18 ramo demandada) que había sido realizado por el jefe de calidad, el director general y él mismo. En dicho informe se analizaban hasta once situaciones concretas concluyéndose en todas ellas que el riesgo era 1, esto es: no existía riesgo para la imparcialidad, resultando altamente improbable comprometer la objetividad. En concreto:

    -En el Análisis de la dependencia económica de clientes de forma que se pueda ver comprometida la imparcialidad del SC CAAE, se informaba que el SC CAAE tiene en torno a 10000 clientes, la cuota media por cliente está en torno a los 380 euros, los 5 que más pagan suponen el 5% de los ingresos de la entidad de certificación y cuando ampliamos a los 10 que más pagan suponen el 7%, y se valoraba que no era necesario adoptar medidas adicionales pero sí recogía recomendaciones como el seguimiento del presupuesto operativo...

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