STSJ Galicia 4506/2016, 12 de Julio de 2016

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2016:4712
Número de Recurso4180/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución4506/2016
Fecha de Resolución12 de Julio de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939 Fax: 881881133 /981184853

NIG: 15030 44 4 2013 0003086 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0004180 /2015 PM

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000613 /2013

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL

RECURRIDO/S D/ña: Elisa

ABOGADO/A: DAVID PENA DIAZ

Ilmo. Sr. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

PRESIDENTE DE LA SALA

ILMO/AS. SR/AS.

JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

En A CORUÑA, a doce de Julio de dos mil dieciséis.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 4180/2015, formalizado por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 3 de A CORUÑA en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 613/2013, seguidos a instancia de Elisa frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado- Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Elisa presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha trece de Julio de dos mil quince .

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

  1. - La parte demandante nació el día NUM000 de 1969 y está afiliada a la Seguridad Social con el número NUM001 en el Régimen General y con última profesión habitual de pinche de cocina. 2°.- En resolución del INSS con fecha de salida de 10 de abril de 2012 -con fundamento en dictamen propuesta del EVI de 22 de marzo de 2012 - se acordó reconocer a la parte actora una incapacidad permanente total para su profesión habitual con efectos de 22 de marzo de 2012 y calculada sobre una base reguladora de 739,11 euros. En dicho momento la parte demandante presentaba como cuadro clínico residual: "dolor de espalda inespecífico. Distimia" 3°.- Mediante resolución del INSS de 27 de marzo de 2013, con fundamento en dictamen propuesta del EVI de 25 de marzo de 2013, se acordó declarar la extinción de la pensión de incapacidad permanente total de la parte actora, `por mejoría del invalidante que dio lugar a la declaración de la misma". Todo ello con efectos de 31 de marzo de 2013. En dicho momento, la parte actora presentaba como cuadro clínico residual "hernias discales mediales C3C4 y C4C5. Protrusiones discales C5C6, D7D8 y L5Sl (RMN 7/12)". 4°.- La parte actora agotó la vía administrativa previa.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

ESTIMO la demanda sobre reconocimiento de Incapacidad permanente total formulada por

D. Elisa frente al INSS, dejando sin efecto la resolución impugnada y reponiendo a la parte actora en la incapacidad permanente total que tenía reconocida con efectos de 31-3-2013 y con condena a la demandada a abonarle la prestación que venía percibiendo desde tal fecha y calculada, en la forma legal y reglamentariamente establecida sobre una base reguladora de 739,11 euros.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • STSJ Galicia 787/2017, 8 de Febrero de 2017
    • España
    • 8 Febrero 2017
    ...(como recordábamos, entre otras, en SSTSJ Galicia 11/01/17 R. 3022/16, 21/12/16 R. 2298/16, 13/12/16 R. 2287/16, 14/07/16 R. 4104/15, 12/07/16 R. 4180/15, 06/07/16 R. 4109/15, etc.) que uno de los requisitos imprescindibles para proceder revisar una IP es que el beneficiario haya mejorado e......
  • STSJ Galicia 1867/2017, 6 de Abril de 2017
    • España
    • 6 Abril 2017
    ...Galicia 10/02/17 R. 3474/16, 08/02/17 R. 3661/16, 11/01/17 R. 3022/16, 21/12/16 R. 2298/16, 13/12/16 R. 2287/16, 14/07/16 R. 4104/15, 12/07/16 R. 4180/15, etc.) que uno de los requisitos imprescindibles para proceder a revisar una IP es que el beneficiario haya mejorado efectivamente. Porqu......
  • STSJ Galicia 6893/2016, 13 de Diciembre de 2016
    • España
    • 13 Diciembre 2016
    .... - La censura no puede acogerse, porque no ha de olvidarse (como recordábamos, entre otras, en SSTSJ Galicia 14/07/16 R. 4104/15, 12/07/16 R. 4180/15, 06/07/16 R. 4109/15, 28/06/16 R. 4749/15, 23/06/16 R. 2845/15, 09/06/16 R. 2717/15, 09/06/16 R. 2442/15, etc.) que uno de los requisitos im......
  • STSJ Galicia 226/2017, 11 de Enero de 2017
    • España
    • 11 Enero 2017
    ...LGSS. - La censura no puede acogerse, porque no ha de olvidarse (como recordábamos, entre otras, en SSTSJ Galicia 14/07/16 R. 4104/15, 12/07/16 R. 4180/15, 06/07/16 R. 4109/15, 28/06/16 R. 4749/15, 23/06/16 R. 2845/15, 09/06/16 R. 2717/15, etc.) que uno de los requisitos imprescindibles par......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR