STSJ Galicia 3466/2016, 9 de Junio de 2016

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2016:4179
Número de Recurso2717/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución3466/2016
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939 Fax: 881881133 /981184853

NIG: 36057 44 4 2014 0002767 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0002717 /2015 PM

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000562 /2014

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL

RECURRIDO/S D/ña: Luis Miguel

GRADUADO/A SOCIAL: PURIFICACION CAMESELLE MENDEZ

Ilmo. Sr. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

PRESIDENTE DE LA SALA

ILMO/AS. SR/AS.

JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

En A CORUÑA, a nueve de Junio de dos mil dieciséis.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 2717/2015, formalizado por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 4 de VIGO en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 562/2014, seguidos a instancia de Luis Miguel frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Luis Miguel presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha siete de Abril de dos mil quince .

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero

El demandante D. Luis Miguel, nacido el NUM000 -69, figura afiliado a la Seguridad Social, régimen general, siendo su profesión habitual la de chofer-peón construcción.

Segundo

El actor fue declarado en situación de invalidez permanente total para su profesión habitual, con efectos de 24-10-07, por padecer: asma bronquial grave crónica persistente cortico-dependiente. Poliposis nasosinusal. Solicitada la revisión por agravación, el Equipo de Valoración de Incapacidades propuso el 24-03-11 declarar al actor afecto de IPA, lo que así se realizó, y ello por padecer: asma bronquial severa. Poliposis nasosinusal. Fractura de cabeza radial derecha. Tercero.- Iniciado expediente de revisión, se confeccionó informe médico de síntesis el 20-03-14, y el Equipo de Valoración de Incapacidades propuso el 26-03-14 la revisión de grado por mejoría, dictándose resolución en tal sentido el 01-04-14. Presentada reclamación previa, la misma fue desestimada por resolución de 15-05-14. Cuarto.- Las dolencias padecidas actualmente por el actor consisten en: asma bronquial crónica severa con evolución no favorable, con frecuentes reagudizaciones y procesos infecciosos intercurrentes, con importantes requerimientos terapéuticos, a tratamiento biológico con administración quincenal en hospital de día. Quinto.- No consta que la base reguladora se hubiese modificado desde la fecha de reconocimiento del grado de incapacidad cuya revisión se pretende, ascendiendo la misma en aquella fecha a 756,08 euros mensuales. Sexto.- Se ha agotado la vía administrativa previa.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por D. Luis Miguel en revisión del grado de invalidez que tiene reconocido, debo declarar y declaro que el mismo se halla en situación de incapacidad permanente absoluta y, en consecuencia, condeno al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a que le reconozca y...

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