STSJ Andalucía 782/2016, 11 de Marzo de 2016

PonenteJOSE ANTONIO SANTANDREU MONTERO
ECLIES:TSJAND:2016:2846
Número de Recurso1556/2010
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución782/2016
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

RECURSO NÚMERO: 1556/2010

SENTENCIA NÚM. 782 DE 2016

Ilmo. Sr. Presidente:

D. José Antonio Santandreu Montero

Ilmos. Sres. Magistrados

D. Federico Lázaro Guil

Dª. - María Torres Donaire

______________________________________

En la ciudad de Granada, a once de marzo de dos mil dieciséis. Ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 1556/2010 seguido a instancia de don Luis Pedro representado por la Procuradora de los Tribunales doña Carmen Reina Infantes y asistido de Letrado, y de Carpinterías Campohermoso, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales don Juan Ramón Ferreira Siles y asistida de Letrado, siendo parte demandada la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en cuya representación y defensa interviene el Abogado del Estado La cuantía del recurso es de 60.154,84 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se interpuso el presente recurso contra la Resolución de Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía (Sala de Málaga), identificada en el primer fundamento jurídico. Se admitió a trámite y se acordó reclamar el expedien¬te administrativo, siendo remitido por la Administración demandada.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y dejando sin efecto la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía objeto del recurso.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administra-ción demandada se opuso a las pretensiones de la parte actora, y, tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia en la que se desestimara el recurso y se confirmaran íntegramente los actos impugnados.

CUARTO

No se solicitó el recibimiento del procedimiento a prueba, no obstante se dio trámite de conclusiones que cumplimentó la parte y la Administración demandada, tras lo que quedaron las actuaciones pendientes del dictado de la resolución procedente. QUINTO.- Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del mismo y actuando como Magistrado Ponente don José Antonio Santandreu Montero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el escrito de interposición del presente recurso contencioso-administrativo presentado el 10 de octubre de 2010 el Letrado que lo suscribía...

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