STSJ Andalucía 854/2016, 30 de Marzo de 2016

PonenteFRANCISCO MANUEL ALVAREZ DOMINGUEZ
ECLIES:TSJAND:2016:1622
Número de Recurso1169/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución854/2016
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2016
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 1169/15 -AC- Sentencia nº 854/16

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Iltma.Sra.Magistrada

DOÑA MARÍA BEGOÑA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ

Iltmo. Sr. Magistrado

DON FRANCISCO MANUEL ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ (PONENTE)

Iltma.Sra.Magistrada

DOÑA MARÍA BEGOÑA GARCÍA ALVAREZ

En Sevilla, a treinta de marzo de dos mil dieciseis.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM.854 /16

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Eladio y D. Fausto, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número DOS de los de CADIZ en sus autos nº 236/14 ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don FRANCISCO MANUEL ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Eladio y D. Fausto contra"FCC Industrial e Infraestructuras Energéticas SAU", "UTE Monelec SL y Electromur SA", "Imesapi SA" y Ayuntamiento de Cádiz, habiendo sido llamado a las actuaciones el Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación por Despido se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 3-10-14 por el Juzgado de referencia, que desestimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"PRIMERO.- a.- Eladio : La antigüedad en nómina con la UTE 3.2.1998; quien con fecha 16.12.2013 le entrega escrito donde consta que en calidad de Oficial 1ª Herrero aparte de las tareas del puesto de herrero ha desempeñado satisfactoriamente los trabajos encomendados de electricidad, pintura y albañilería.

Con IMESAPI aunque tiene un alta el 3.2.1998, antes tiene otra desde 3.2.1997 a 2-2-1998.

Es Oficial de 1ª,Almacenero, aunque en taller hiciese a veces reparaciones eléctricas; No fue Representante del personal. Salario :la parte actora en juicio que: 2067 euros al mes; y FCC que 2050;Si fuesen al año 24.798 serían: 2066,50 al mes o 68,88 euros

b.- SR Fausto . En nóminas de UTE Monelec-Electromur su antigüedad: 1.1.2002 y categoría Almacenero. Desde 14.101999 en que tiene alta con IMESAPI presta servicios ininterrumpidos, Para "atender los trabajos de su categoría en la obra de conservación y mantenimiento del alumbrado público de la ciudad de Cádiz"(así consta ya en el contrato con IMESAPI de 14.10.1999; aunque tenga otra alta el 16.10.2000 y otra el 1.1.2002.

Tiene título de FP Segundo Grado rama de Electricidad y Electrónica de comunicaciones como Técnico especialista; y también en la rama administrativa y comercial como Informática de Gestión.

Oficial de 1ª Herrero aunque excepcionalmente hizo otras funciones de mantenimiento. como reparar algún equipo electrónico..

No fue representante del personal.

Salario: no debatido,:1.980 euros mes

c.-En una relación de Personal de la contrata de 2008, de VIENTE PERSONAS, sobre Mantenimiento alumbrado aparece el sr Fausto como Almacenero; el sr Eladio como Oficial 1ª Herrero; Aparecen ocho oficiales de 1ª o 2º Electric. ;y dos como oficial de 1ª Albañil.

Además hay dos Encargados,Dos Ingenieros un jefe Administrativo de 2ª y un delineante

SEGUNDO

a.-La carta al sr Fausto (folio 89 a 91) señal en resumen:"... 6 de febrero de 2014 ..extinguir por art 52,c) causa carácter productivo y organizativa..derivada del contrato suscrito entre el Exc. Ayuntamiento de Cádiz y FCC Industrial..servicios de conservación mantenimiento y modificación de las instalaciones de alumbrado público, viario y ornamental de la ciudad de Cádiz...conforme a la oferta presentada y cumpliendo los Pliegos...debido contra con el siguiente personal: Delegado...... 1 oficial albañil,10 Operarios 1º Turno 4

oficiales para mantenimiento preventivo y correctivo 2º Turno(igual) 3º Turno Domingos y Festivos 2 oficiales para reparación d e incidencias y avisos.

En la actualidad hay una plantilla de 20 personas, implica disfunción productiva, un problema de excedente estructural..implica ineludiblemente a amortizar su puesto de trabajo, proviene en su caso de la falta de cualificación y experiencia en instalaciones y conservaciones de alumbrado público habida cuanta de su categoría y especialidad que usted ostenta-Almacenero-.......17.531,63 euros..... extinción efectos hoy 6 d

e febrero de 2014..preaviso 2.019,14 euros.

b.- El trabajador rehusó recibir el cheque. En otra comunicación del 07 de febrero de febrero de 2014,el día de ayer le ha notificado extinción por causas objetivas arts. 52 y 53 del E. T ... por:17.531,63 euros.20 días por año de servicio. máximo doce mensualidades...53.1.b) del E. T. a transferir a su cuenta habitual.

c.- La carta de despido del sr Eladio : tuene igual contenido, si bien respecto a la categoría de este se indica que es"Oficial 1º Herrero)...y su importe: 24.296,08 euros ;su preaviso 1961,09 euros.

En la nómina de FCC aparece como antigüedad del sr Eladio :3.2.1998.También rehúsa el cheque de

24.296,08 euros(y el del preaviso )Luego la empresa se lo transfiere

TERCERO

a.-En al art 30,sobre medios personales del Pliego de Condiciones Técnicas hecho en Julio de 20128 aportado por FCC en su documental) consta que el contratista deberá contar con el siguiente personal. Y delegado Ingeniero...1 responsable Administrativo;" encargados;1 oficial albañil; 10 operarios que describimos: Conservación 1º Turno 4 oficiales para mantenimiento preventivo y correctivo .2º (igual 9 3º Turno domingo festivos 2 oficiales para reparación d e incidencias y avisos.,el contratista deberá contar con el personal previsto.

b.-En el Pliego de UTE de 2008.9 existe el listado de 20 personas y ahí los dos demandantes como Almacenero uno, u Herrero el otro ;ambos Oficial de 1ª.

c.-El listado que entrega la UTE a FCC hay 20 personas; Eladio como Oficial de 1ª y antigüedad: 9-3-1998; y Fausto como: Almacenero 1-1-2002

CUARTO

La UTE tiene relación de personal donde a Fausto, Almacenero, como alta le asigna;1,7.2009 que es cuando asume la contrata y en nómina 1.1.2002En la nómina con IMESAPI también aparece;01/01/2002 Y a Eladio como Oficial 1ª: 1.7.2009 por igual causa y en nómina es del 3-2-1998; En las nóminas de IMESAPI aparece con antigüedad de 3-2-1998.

QUINTO

IMESAPI el 10.4.2014 le ha entregado a Eladio escrito donde indica que las funciones fueron de mantenimiento y por tanto con carácter marcadamente polivalente ocupándose d e tareas diversa de mantenimiento eléctrico, herrería mecanizado y manipulación d elementos del alumbrado público en general(folio 181)

SEXTO

UN trabajador de infraestructuras de FCC, que se suele trasladar a diversos lugares, vino de Sevilla, 2 o 3 días a Cádiz,para poner en marcha la nueva contrata, hacer recuento, e hizo una soldadura en arqueta de la calle.

SÉPTIMO

De los 20 subrogados,FCC ha despedido a estos dos y a un tercero; mantiene a 17 subrogados. No tiene en alta,ni trabajando, en esta contrata a mas personal."

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el demandante, que fue impugnado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los trabajadores interpusieron demanda frente al despido por causas productivas y organizativas, practicados en sus personas en fecha 6 de febrero de 2014. La sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Cádiz de fecha 3 de octubre de 2014 desestimó las mismas, declarando la procedencia de los despidos practicados, condenándose a "FCC Industrial e Infraestructuras Energéticas SAU" a abonar la diferencia de indemnización establecida respecto del Sr. Fausto, manteniéndose la correspondiente al Sr. Eladio . Se absolvía a los restantes codemandados en las presentes actuaciones.

Se alzan frente a la misma en suplicación los demandantes, aduciendo diversos motivos al efecto.

SEGUNDO

Proponen en primer término y al amparo del artículo 193 b) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social revisar los hechos declarados probados, a la vista de las pruebas documentales y periciales practicadas. Solicitan así el añadido al hecho probado segundo del siguiente inciso: " La empresa FCC Industrial, resulta adjudicataria del servicio de servicios de conservación y mantenimiento del alumbrado público en fecha 28 de noviembre de 2013, habiendo procedido a subrogar a veinte trabajadores el 14 de enero de 2014. Tres trabajadores son despedidos por causas objetivas (disfunción productiva, al estar la plantilla sobredimensionada, y falta de cualificación y experiencia), en fecha 6 de febrero de 2014 ".

No debe darse lugar a la modificación propuesta, al venir a incidir sobre elementos ya establecidos por la sentencia de instancia, relativos a la inicial asunción de 20 trabajadores por "FCC Industrial e Infraestructuras Energéticas SAU" y el posterior despido de 3 de ellos (hecho probado séptimo).

Proponen igualmente la adición de un hecho probado, que tendría el siguiente tenor literal: " La empresa UTE-MOLELEC se subroga a 20 trabajadores cuando se hace cargo de la contrata del servicio de Conservación y mantenimiento del Alumbrado Publico y Ornamental de Cádiz, en fecha 1 de julio de 2009.

Con posterioridad, el 3/08/09, por "mejora de contrata", esta UTE realiza nueva contratación de cuatro trabajadores, entre los que se encuentran D. Domingo (categoría de oficial 1) y D. Faustino (categoría Oficial 2 Admin.)".

En fecha 29/10/13, la UTE MONELEC, SL -ELECTROMUR, SA, envía carta a FCC adjuntándole listado de trabajadores a subrogar, entre los que se encuentran D. Domingo (categoría de Oficial 2) y D. Faustino (categoría Oficial 2 Admin). (Doc. nº 10 de la prueba aportada por FCC INDSUTRIAL). La empresa FCC Servicios Industriales y Energeticos SA, subroga a 20 trabajadores el 14 de enero de 2014, entre los que se encuentran D, Domingo y D. Faustino, que a día de la fecha...

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