STSJ Castilla y León , 15 de Febrero de 2016

PonenteGABRIEL COULLAUT ARIÑO
ECLIES:TSJCL:2016:603
Número de Recurso2290/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 00279/2016

-C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID

Tfno: 983413204-208

Fax: 983.25.42.04

NIG: 34120 44 4 2015 0000361

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0002290 /2015 G

Procedimiento origen: SUPLICACION 0000188 /2015

Sobre: DESEMPLEO

RECURRENTE/S D/ña SERVICIO DE EMPLEO PUBLICO ESTATAL

ABOGADO/A: ABOGADO DEL ESTADO

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: Alvaro

ABOGADO/A: JOSE MIGUEL DIAZ LEON

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

Iltmos. Sres.:

D. Gabriel Coullaut Ariño

Presidente de la Sala

D. Manuel Mª Benito López

D. Juan José Casas Nombela /

En Valladolid a quince de febrero de dos mil dieciséis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 2290/2015, interpuesto por EL SERVICIO DE EMPLEO PÚBLICO ESTATAL contra la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº Uno de Palencia, de fecha 10 de septiembre de

2.015, (Autos núm. 188/2015), dictada a virtud de demanda promovida por Alvaro contra el SERVICIO DE EMPLEO PÚBLICO ESTATAL sobre DESEMPLEO.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Gabriel Coullaut Ariño.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 20 de abril de 2015 se presentó en el Juzgado de lo Social Nº Uno de Palencia demanda formulada por Alvaro en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los términos que consta en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:

" 1°.- El actor D. Alvaro, mayor de edad, de nacionalidad argelina y con NIE NUM000 presentó el 18-072012 una solicitud de subsidio por desempleo, alta inicial por cotización insuficiente para prestación contributiva ante el Servicio Público de Empleo Estatal (en adelante SPEE) oficina de Palencia.

1.1.- Por Resolución de 18-06-2012 de la Directora Provincial del SPEE, se acordó reconocerle el subsidio solicitado en los siguientes términos:

- Días cotizados 317

- Días de derecho 630

- Días consumidos 70

- Periodo reconocido 18/7/2012 al 7/5/2013

- Base Reguladora diaria 17,75 €

- % sobre base reguladora 80

- Cuantía diaria inicial 14,20 €

  1. - Da Sagrario, madre de D. Alvaro ingresó el 6-09-2013 en el Centro Hospitalario de Relizane, en el que permaneció hasta el 17-09-2013 fecha de su fallecimiento.

  2. - El Sr. Alvaro .i salió de España por Madrid el 6-09-2013 dirección Argelia, regresando el 3-11-2013, ausencia no comunicada al SPEE.

    3.1.- Nuevamente, D. Alvaro llegó a España el 12-02-2014 procedente de Argelia sin que conste fecha de salida.

    4.- Mediante escrito de 5-12-2014, la Dirección Provincial en Palencia del SPEE emitió una comunicación al Sr. Alvaro, D. Alvaro sobre propuesta de extinción de prestaciones y percepción indebida de la misma, al obrar en ese Servicio información de que se habían producido ciertas circunstancias que podían afectar a la Resolución de 18-07-2012 sobre aprobación del derecho a percibir un subsidio por desempleo, circunstancias consistentes en "salida al extranjero no comunicada", más concretamente "Ud salió del territorio nacional sin comunicación previa a este organismo el 6-092013" concediendo trámite de audiencia al beneficiario, presentando escrito el 19-12-2014 el hoy actor en los términos obrantes al folio 28.

    4.1.- Por parte de la Dirección Provincial de Palencia del SPEE se dictó Resolución el 13-01-2015 - folio 29 - en la que se acordaba:

    * Declarar la percepción indebida de prestaciones por desempleo en una cuantía de 2.158,04 € correspondientes al periodo del 6-09-2013 al 7-02-2014. * Extinguir la percepción de la prestación o subsidio reconocidos, no pudiendo acceder a ninguna otra prestación o subsidio que pudiera corresponder con el agotamiento del derecho extinguido.

    4.2.- Interpuesta Reclamación Previa por escrito de 24-02-2015 la misma ha sido desestimada por nueva Resolución del SPEE de 25-02-2015 en cuyo hecho 2° se recogía "Habiendo fallecido su madre el día' 17-09-2013 Ud no comunicó su salida al extranjero, permaneciendo fuera de España un total de 59 días, desde el 6-09-2013 hasta el 3-11-2013 generando un cobro indebido".

  3. - D. Alvaro el 27-06-2012 solicitó del SPEE la salida al extranjero (sin indicar causa) por un plazo máximo de 15 días a partir del 1-07-2012, lo que le fue autorizado por el Jefe de Área de la oficina de prestaciones de Palencia, regresando el 13-07-2012.

  4. - Se ha agotado correctamente la vía administrativa previa.

TERCERO

Interpuesto recurso de Suplicación contra dicha sentencia por SERVICIO DE EMPLEO PÚBLICO ESTATAL que fue impugnado por Alvaro, y elevados los Autos a esta Sala, se designó Ponente acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Estimada en parte la demanda deducida para impugnación de Resolución del Servicio Público de Empleo Estatal que sanciona al actor con la extinción del subsidio de desempleo reconocido así como con la declaración de indebida la percepción de percepción por importe de 2158,04 euros correspondiente al periodo de 6 de septiembre a 3 de noviembre de 2013, interpone el Abogado del Estado en representación del demandado Servicio Público de Empleo...

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