STSJ Galicia 66/2015, 15 de Diciembre de 2015

PonentePABLO SAAVEDRA RODRIGUEZ
ECLIES:TSJGAL:2015:10407
Número de Recurso24/2015
ProcedimientoRecurso de Casación Autonómico
Número de Resolución66/2015
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2015
EmisorSala de lo Civil y Penal

T.S.X.GALICIA SALA CIV/PE

A CORUÑA

SENTENCIA: 00066/2015

s E N T E N C I a

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA

Sala de lo Civil y Penal

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Pablo Saavedra Rodríguez

Ilmos. Sres. Magistrados:

Don José Antonio Ballestero Pascual

Don Fernando Alañón Olmedo.

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A Coruña, quince de diciembre de dos mil quince.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los magistrados expresados en el encabezamiento, vio el recurso de casación número 24/2015, interpuesto, en nombre y representación de doña Martina , por la procuradora doña Paula Lima Casas, con la asistencia letrada de don Roberto Blanco Castro, contra la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, el 6 de mayo de 2015, en el rollo número 552/2014 , conociendo en segunda instancia de los autos de juicio verbal número 302/2014, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Vigo, sobre extinción de servidumbre de paso o variación de su trazado, siendo recurrido don Ramón , representado por el procurador don José Luis Castillo Villacampa y con la dirección letrada de doña Josefina Barros Riveiro.

Es ponente el Ilmo. Sr. D. Pablo Saavedra Rodríguez.

Antecedentes de hecho

Primero .- El aquí recurrido interpuso demanda de juicio verbal ante el Juzgado Decano de los de Vigo con fecha de registro de 2 de abril de 2014, la cual fue turnada al Juzgado número 11, contra la aquí recurrente, en la que tras las alegaciones de hecho y de derecho pertinentes solicitó se dicte sentencia "declarando libre y sin carga o servidumbre alguna la propiedad de mi mandante sobre la finca descrita en el hecho primero de esta demanda con la referencia catastral NUM000 , condenando al demandado al cese del uso del camino de servidumbre, por extinción de la misma, o bien subsidiariamente a que se permita el desplazamiento del camino de servidumbre por una zona que permita unificar los terrenos de D. Ramón en uno, tal y como se describe en la Propuesta de variación de servidumbre de paso consistente en: Trazado que con un ancho de 3.00 m. parte de la carretera da Garrida y que discurre e lo largo del linde Norte de la propiedad de Don Ramón con un primer tramo recto y en rampa de longitud 45.20 m., que salva un desnivel de unos 7.25 m., con una pendiente del 16%, continuando en dirección Norte-Sur con un segundo tramo curvo de 10.90 m. de longitud, radio de giro de 6.00 m. y pendiente de un 5.5% que salva un desnivel de unos 0.60 m. hasta encontrarse con la propiedad de Doña Martina , en la zona que se presume dedicada a aparcamiento de vehículos. Trazado que a juicio del técnico que suscribe satisface las necesidades del predio dominante, permitiendo en todo su recorrido el tránsito y maniobrabilidad tanto de personas como de vehículos de pequeño y mediano tamaño. (plano no 02 anexo). Esta propuesta es la reseñada en presente demanda, y todo ello con expresa condena de costas del procedimiento a la parte demandada".

Admitida a trámite la demanda, se convocó a las partes a la celebración de juicio, el que tuvo lugar con la comparecencia de las partes, oponiéndose a la demanda la parte demandada. Ratificadas las partes en sus respectivas posiciones se recibió el pleito a prueba, practicándose la declarada pertinente de la solicitada por las partes con el resultado obrante a las actuaciones, quedando el pleito visto para sentencia la cual fue dictada el 16 de junio de 2014 y cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

" Que debo desestimar y desestimo la demanda deducida por el Procurador Sr. Vidal Ruibal, quien actúa en nombre y representación de Don Ramón , contra Doña Martina y, en su consecuencia absuelvo a Doña Martina de los pedimentos de la demanda. Sin costas a ninguna de las partes".

Segundo.- Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora. El 6 de mayo de 2014 la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, dictó sentencia con el siguiente fallo:

"Estimar en parte el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Don Alberto Vidal Ruibal, en nombre y representación de Don Ramón , frente a la sentencia dictada en fecha 16 de junio de 2014 por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 11 de Vigo, en Juicio Verbal 302/2014, la cual se revoca en el sentido de estimar la pretensión subsidiaria deducida en la demanda o, lo que es lo mismo, de acceder a la propuesta de variación en los términos señalados pericialmente, a saber, trazado que con un ancho de 3 metros que parte de la...

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