STSJ Andalucía 2086/2015, 16 de Noviembre de 2015

PonenteINMACULADA MONTALBAN HUERTAS
ECLIES:TSJAND:2015:12622
Número de Recurso1655/2010
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución2086/2015
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA.

Sede en Granada

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.

SECCIÓN TERCERA

RECURSO NÚM. 1655/2010

SENTENCIA NÚM. 2086 DE 2.015

Iltma. Sra. Presidenta:

Dª Inmaculada Montalbán Huertas

Iltmas. Sras. Magistradas:

Dª María del Mar Jiménez Morera

Dª Rosa López Barajas Mira

______________________________________

En la Ciudad de Granada, a dieciséis de noviembre de dos mil quince.

Ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 1655/2010, seguido a instancias de la Procuradora Dª Consuelo Jiménez de Piñar, en nombre y representación Dª Purificacion, asistida de letrado, contra la resolución desestimatoria del recurso frente a Resolución de 1 de septiembre de 2010- dictada por la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud- desestimatoria del recurso de reposición frente a Resolución de 15 de marzo de 2010 que aprueba las listas definitivas de aspirantes que han superado el concurso oposición de Enfermeros, entre otras categorías, convocadas por Orden 5 de junio de 2007(BOJA núm.116 de 13 de junio de 2009).

Es parte demandada el Servicio Andaluz de Salud, representado y asistido por la Letrada de la Administración Sanitaria Dª Isabel Palomar García.

La cuantía del recurso es indeterminada.

Ha sido ponente la Excma. Sra. Magistrada Dª Inmaculada Montalbán Huertas, quien expresa el parecer de la Sala

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución desestimatoria del recurso frente a Resolución de 1 de septiembre de 2010- dictada por la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud -desestimatoria del recurso de reposición frente a Resolución de 15 de marzo de 2010 que aprueba las listas definitivas de aspirantes que han superado el concurso oposición de Enfermeros, entre otras categorías,convocadas por Orden 5 de junio de 2007(BOJA núm.116 de 13 de junio de 2009). Admitido el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de Derecho consideró de aplicación; y terminó por suplicar a la Sala se dictara sentencia por la que, estimando las pretensiones de la parte, se anulen las resoluciones recurridas " en lo que a la no inclusión como aspirante que ha superado el proceso se refiere, y se declare la improcedencia de revisar los méritos ya baremados inicialmente y sobre los que no se ha presentado alegación alguna y se le incluya como aspirante que ha superado el concurso oposición, con un total de 53,598 puntos en la fase de concurso y un total sumando la fase de oposición de 113,493 puntos, o subsidiariamente, si no se valorase el punto referido a publicaciones, con un total de 52,598 puntos en la fase de concurso y un total sumando la fase de oposición de 112,905 puntos, o subsidiariamente, 111,938 puntos, retrotrayendo las actuaciones y asignándole la puntuación definitiva que en base a ello le corresponda, todo ello con reconocimiento de todos los derechos económicos y administrativos correspondientes desde que se puedan adeudar con sus intereses legales correspondientes desde que se tuvieran que abonar hasta su efectivo abono".

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda la Letrada de la Administración Sanitaria se opuso a las pretensiones formuladas de contrario. Replica que la decisión de la Comisión de Valoración se enmarca dentro de la discrecionalidad técnica que le corresponde, sin incurrir en arbitrariedad.

CUARTO

Solicitado el recibimiento del pleito a prueba y practicada la admitida, las partes presentaron sendos escritos de conclusiones. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora fijado en autos.

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demandante solicita la nulidad de la relación de aprobados y de la revisión de méritos realizada en el listado definitivo que...

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