STSJ Galicia 6039/2015, 9 de Noviembre de 2015
Ponente | JOSE FERNANDO LOUSADA AROCHENA |
ECLI | ES:TSJGAL:2015:8655 |
Número de Recurso | 2558/2014 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 6039/2015 |
Fecha de Resolución | 9 de Noviembre de 2015 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA
PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939
Fax: 881881133 /981184853
NIG: 32054 44 4 2014 0000638 402250 SECRETARIA: SRA. FREIRE CORZO
RSU RECURSO SUPLICACION 0002558 /2014BB
Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000171 /2014
Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE
RECURRENTE/S D/ña Porfirio
ABOGADO/A: ANTONIO VALENCIA FIDALGO
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
ILMO. SR. D. JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO
ILMO. SR. D. FERNANDO LOUSADA AROCHENA
ILMO. SR. D. MANUEL CARLOS GARCÍA CARBALLO
En A CORUÑA, a nueve de Noviembre de dos mil quince.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NO MBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 2558 /2014, formalizado por el/la D/Dª ANTONIO VALENCIA
FIDALGO, Letrado, en nombre y representación de Porfirio, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de OURENSE en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 171 /2014, seguidos a instancia de Porfirio frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª FERNANDO LOUSADA AROCHENA.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Porfirio presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha uno de Abril de dos mil catorce .
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: "PRIMERO.- El actor D. Porfirio nacido el NUM000 -1949 figura afiliado a la Seguridad Social, Régimen General, con el número NUM001 con la categoría profesional de recepcionista y una Base Reguladora de 783,66 euros mensuales. SEGUNDO.- Por Resolución del INSS de fecha 23-10-2009 se concedió al actor una incapacidad permanente en grado de absoluta para todo trabajo con derecho a percibir la prestación correspondiente, y por padecer las siguientes dolencias: deterioro funciones superiores, demencia con características frontales. TERCERO.- Iniciada revisión de invalidez se emitió dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades el 11-12-2013, dictándose Resolución por el Instituto Nacional de la Seguridad Social el 15-1-2014 por la que se denegó su petición al considerar que no existe agravación de sus lesiones. CUARTO.- En la actualidad el actor padece las siguientes dolencias: demencia fronto temporal. QUINTO.- Interpuesta reclamación previa el 27-1-2014 es desestimada por Acuerdo de fecha 29-1-2014 y agotada la vía administrativa previa, formuló demanda ante el Decanato el 24-2-2014."
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Que desestimando la demanda formulada por Porfirio contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo absolver y absuelvo a los Organismos demandados de las pretensiones ejercitadas contra ellos por la parte actora."
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Porfirio formalizándolo posteriormente. Tal recurso no fue objeto de impugnación por la contraparte.
Elevados por el Juzgado...
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