STSJ Andalucía 2367/2015, 30 de Septiembre de 2015

PonenteMARIA BEGOÑA GARCIA ALVAREZ
ECLIES:TSJAND:2015:9916
Número de Recurso2575/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2367/2015
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2015
EmisorSala de lo Social

RECURSO: 2575/14 - I SENTENCIA Nº 2367/15

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMA. SRA. DÑA. MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ ALVAREZ

ILTMO. SR. D. FRANCISCO M. ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ

ILTMA. SRA. Dª. MARÍA BEGOÑA GARCÍA ÁLVAREZ

En Sevilla, a 30 de septiembre de 2015

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 2367/15

En el recurso de suplicación interpuesto por CORPORACIÓN DE PRÁCTICOS DEL PUERTO Y LA RÍA DE HUELVA, SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL, CORPORACIÓN DE PRÁCTICOS DEL PUERTO DE HUELVA S.C. y ASESORÍA NAÚTICA ONUBENSE S.L. contra la sentencia del Juzgado de lo Social número TRES de los de HUELVA en sus autos Nº 810/13; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. MARÍA BEGOÑA GARCÍA ÁLVAREZ, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por DON Mario contra CORPORACIÓN DE PRÁCTICOS DEL PUERTO Y LA RÍA DE HUELVA, SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL, CORPORACIÓN DE PRÁCTICOS DEL PUERTO DE HUELVA S.C. y ASESORÍA NAÚTICA ONUBENSE S.L. sobre DESPIDO se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 28 de abril de 2014 por el Juzgado de referencia, con ESTIMACION PARCIAL de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

Primero

Mediante escritura otorgada ante el Notario de Huelva Doña María Teresa García Ludeña se protocolizaron y elevaron a públicos los acuerdos adoptados en Junta General Universal Extraordinaria de 16 de diciembre de 2009, en cuya virtud se transformó la sociedad civil " Corporación de Prácticos del Puerto de Huelva S.C." en una sociedad de responsabilidad limitada denominada " Asesoría Naútica Onubense S.L.", con CIF B-21013173, acordándose el traslado del domicilio social a Mazagón, Avenida de los Conquistadores número 21, siendo nombrado Presidente del Consejo de Administración Don Teodosio, Secretario Don Luis Enrique y Consejeros Delegados todos los socios constituyentes (Don Andrés, Don Conrado, Don Fernando, Don Teodosio, Don Leoncio, Don Luis Enrique, Don Rubén, Don Carlos Miguel y Don Anibal ). Su objeto social lo constituye la prestación de servicios auxiliares al practicaje portuario, servicios de amarres, avituallamiento de buques de todo tipo; prestación de servicios marítimos y/o portuarios y actividades encaminadas y relacionadas con la consultoría y el asesoramiento y la asistencia marítima en general. También forma parte del objeto social, la prestación de servicios de todo tipo encuadrados en la defensa del medioambiente marítimo. Asimismo es objeto de la sociedad la gestión e intermediación en la propiedad inmobiliaria. La construcción, compraventa, permuta, enajenación y promoción de inmuebles para viviendas, apartamentos, locales de negocio, despachos, almacenes y parkings, bien para su enajenación o aportación en cualquier forma admisible en derecho, incluido el régimen de propiedad horizontal, bien para su arriendo o explotación, así como la adquisición o enajenación de terrenos o fincas urbanas, su urbanización y parcelación. El asesoramiento técnico en el campo de la construcción inmobiliaria e industrial, en especial lo referente a pinturas, recubrimientos, protecciones y aislamientos, prestación por sí o por terceros, de servicios en las materias y actividades antes indicadas. pudiendo incluir el suministro de materiales, la contratación directa y la subcontratación, la comercialización, la importación, exportación, compra y venta y alquiler de materiales y productos destinados a la construcción inmobiliaria e industrial. Administración de fincas, gestoría administrativa, asesoría fiscal, asesoría jurídica y gestión fiscal y laboral. Quedan excluidas las actividades propias de las Instituciones de Inversión Colectiva y Sociedades reguladas por la ley del Mercado de valores. La entidad, no desarrollará directamente actividad profesional alguna, en los términos que resultan del artículo 1 de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales . Que en su caso, las actividades descritas en el objeto social que pudieran exigir para su desarrollo la intervención de un profesional titulado, se realizarían, en todo caso, a través del correspondiente profesional habilitado al efecto, quien desempeñará efectivamente el encargo frente al cliente final.

Los Estatutos de dicha sociedad obran unidos a los folios 587 a 593 de lo actuado.

Segundo

La " Corporación de Prácticos del Puerto y Ría de Huelva S.L.P.", con CIF B-21461587, tiene por objeto social la prestación del servicio portuario de practicaje en el puerto de Huelva por prácticos titulados que deberán acreditar haber obtenido legal y reglamentariamente la adecuada calificación profesional para prestar el servicio de practicaje, haber efectuado período de prácticas, haber sido nombrado por la Autoridad Portuaria, cubierto plaza de plantilla y encontrarse debidamente colegiados.

Dio comienzo a sus operaciones el 4 de junio de 2008, fecha en que fue constituida mediante escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Sevilla Don Carlos Ferrer Moltó, siendo sus socios fundadores Don Leoncio, Don Luis Enrique, Don Carlos Miguel, Don Javier, Don Andrés, Don Serafin, Don Fernando, Don Teodosio, Don Rubén y Don Anibal, siendo designados miembros del Consejo de Administración Don Javier, Don Andrés, Don Serafin, Don Fernando, Don Teodosio, Don Rubén

, Don Carlos Miguel y Don Anibal .

Los Estatutos de dicha sociedad, que tiene domicilio en Avenida de la Ría número 11, piso E, 21001, de Huelva, obran unidos a los folios 568, vuelto, a 574 de lo actuado.

Tercero

El buque " Onuba Prácticos" matrícula .... DA-....-....-.... pertenecía inicialmente en propiedad a la " Corporación de Prácticos del Puerto de Huelva S.C.", si bien, en virtud de la transformación de esta última, pasó a ser propiedad en un 100% de " Asesoría Naútica Onubense S.L.".

Cuarto

Por su parte, el buque " Tartessos Prácticos" matrícula .... BE-....-....-.... pertenecía inicialmente en propiedad a la " Corporación de Prácticos del Puerto de Huelva S.C.", si bien, en virtud de la transformación de esta última, pasó a ser también propiedad en un 100% de " Asesoría Naútica Onubense S.L."

Quinto

El 17 de diciembre de 2009 " Asesoría Naútica Onubense S.L." y la " Corporación de Prácticos del Puerto y Ría de Huelva S.L.P." celebraron contrato de arrendamiento de local destinado a oficinas sito en " Avenida de la Ría" nº 11, piso 5º E, de Huelva que obra unido a los folios 343 a 352 de lo actuado, que damos por reproducidos.

Sexto

Con igual fecha las mismas partes suscribieron contrato de arrendamiento de local destinado a oficinas sito en " Avenida de los Conquistadores" nº 21 de Mazagón, que obra unido a los folios 353 a 362 de lo actuado, a que hacemos remisión.

Séptimo

En la misma data " Asesoría Naútica Onubense S.L." entregó en arriendo a la " Corporación de Prácticos del Puerto y Ría de Huelva S.L.P." los activos que se relacionan en el Anexo I del contrato unido a los folios 363 a 372 de lo actuado, cuyo contenido damos por reproducido.

Octavo

La Autoridad Portuaria de Huelva y la " Corporación de Prácticos del Puerto de Huelva S.C." suscribieron el 15 de enero de 1999 contrato para regular las condiciones en que la Corporación de Prácticos prestaría, en régimen de gestión indirecta, el servicio portuario de practicaje, al amparo de lo que regulaba la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre.

Con fecha 2 de enero de 2009 se acordó modificar la cláusula octava del mencionado contrato, en el sentido de establecer que la prórroga en ella establecida sería de un máximo de hasta dos años, debiendo ser solicitada por la Corporación de Prácticos y autorizada expresamente por la Autoridad Portuaria.

Noveno

El hoy actor, Don Mario, mayor de edad y con DNI nº NUM000, viene prestando servicios por cuenta y bajo la dependencia de la " Corporación de Prácticos del Puerto y Ría de Huelva S.L.P." con categoría profesional de Patrón Motorista y antigüedad reconocida de 1 de junio de 1990, percibiendo un salario diario bruto, en cómputo anual, de 114,19 euros.

Décimo

El actor está afiliado desde 2009 al Sindicato Unitario, circunstancia sobradamente conocida por la empresa, habiendo interpuesto numerosísimas demandas contra esta última, entre las que merecen ser citadas:

-demanda de tutela de derechos de libertad sindical que, turnada, correspondió el Juzgado de lo Social nº Tres de Huelva, donde dio lugar a los autos tramitados bajo el número 702/08 en los que, con fecha 28 de noviembre de 2008 recayó sentencia (folios 690 a 697), que estimó parcialmente dicha demanda.

-demanda por despido y vulneración de derechos fundamentales de 29 de noviembre de 2010 que, turnada, correspondió el Juzgado de lo Social nº Tres de Huelva, donde dio lugar a los autos tramitados bajo el número 1262/10 en los que, con fecha 3 de febrero de 2011 recayó sentencia (folios 699 a 717), que estimó dicha demanda, declaró la nulidad del despido del trabajador, y condenó a la empleadora a proceder a su inmediata readmisión.

Undécimo

Por su parte, el día 23 de septiembre de 2010 la " Corporación de...

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