STSJ Andalucía 2157/2015, 10 de Septiembre de 2015

PonenteMARIA DEL CARMEN PEREZ SIBON
ECLIES:TSJAND:2015:9862
Número de Recurso2130/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2157/2015
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2015
EmisorSala de lo Social

ROLLO Nº 2130/14 SENTENCIA Nº 2157/15

Recurso nº 2130/14 (JM)

Excmo. Sr.:

D. Antonio Reinoso y Reino, Presidente de la Sala

Iltmos. Sres.:

D. Luis Lozano Moreno

Dª Carmen Pérez Sibón, ponente

En Sevilla, a diez de septiembre de 2015 .

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NUM. 2157/2015

En el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz, contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Jerez de la Frontera, Autos nº 578/13; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Carmen Pérez Sibón, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª. Julieta, contra el Instituto de Empleo y Desarrollo socioeconómico y Tecnológico, la Confederación de empresarios de la Provincia de Cádiz y la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 19/02/14, por el Juzgado de referencia, en la que se estima la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"

Primero

Dª. Julieta, con D.N.I. nº. NUM000, ha venido prestando sus servicios para la MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA SIERRA DE CADIZ, con contrato de carácter indefinido, con antigüedad de 16-09-02, categoría laboral de "Tutora de Inserción" y un salario prorrateado de 2.151,77# (diario de 71,71#), conforme al Convenio Colectivo de empresa.

Segundo

La actora, sin solución de continuidad, ha formalizado con la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz los siguientes contratos de trabajo:

* Con fecha 16-09-02 Contrato de duración determinada, por Obra o Servicio determinado, a tiempo completo, cuyo objeto era "La prestación de sus servicios como Tutor de Inserción adscrita a Convenio entre Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz e Instituto de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Diputación Provincial de Cádiz, teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa".

* Con fecha 01-01-05 Contrato de duración determinada, por Obra o Servicio determinado, a tiempo completo, cuyo objeto era "La prestación de sus servicios como Tutor de Empleo de conformidad con el programa, teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa".

* Con fecha 03-01-06 Contrato de duración determinada, por Obra o Servicio determinado, a tiempo completo, cuyo objeto era "Tutor de Empleo de conformidad con el programa".

* Con fecha 03-01-07 Contrato de duración determinada, por Obra o Servicio determinado, a tiempo completo, cuyo objeto era "Técnico de Inserción de conformidad con el programa".

* Con fecha 21-06-11 el Contrato fue novado en indefinido, refiriendo que lo era en la modalidad prevista en el art. 52.e) del E.T . para los contratos por tiempo indefinido concertados directamente por las administraciones públicas o por entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de planes o programas públicos determinados sin dotación económica estable y financiados mediante consignaciones presupuestarias o extrapresupuestarias anuales, consecuencia de ingresos externos de carácter finalista.

Tercero

El I.E.D.S.T. se constituyó en el día año 2000 como Organismo Autónomo local de la Diputación Provincial de Cádiz, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 85.2 A) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local con personalidad jurídica propia y duración indefinida con plena capacidad jurídica para el cumplimiento de sus fines (art. 1 y 2 Estatutos Sociales) y tiene atribuidas las siguientes competencias:

  1. - Gestionar directamente las actividades de la Diputación Provincial de Cádiz relacionadas con el objeto del Instituto en el ámbito provincial.

  2. - Fomentar, promocionar e impulsar toda clase de acciones relacionadas con el objeto del Instituto en el ámbito provincial.

  3. - Invertir y administrar las transferencias, ayudas y subvenciones que reciba la Diputación Provincial relacionadas con el objeto del Instituto.

  4. - Colaborar, a través de convenios y acuerdos, con Administraciones, instituciones públicas y privadas a la consecución de los fines previstos en los presentes Estatutos.

  5. - Participar en los Proyectos, Programas e Iniciativas de la Unión Europea y otras Administraciones en el ámbito del objeto del Instituto.

  6. - Cualesquiera otra competencia que le asigne la Diputación Provincial de Cádiz (art. 6 Estº.Soc.)

Cuarto

Con fecha 27-01-12 se firmó un Convenio de Colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y el IEDST para delegar por parte de la Diputación la gestión, verificación y control del Proyecto "CRECE CADIZ 2012 COMPITE" financiado con ayudas del Fondo Social Europeo por Resolución de 22-06-11 de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.

Quinto

con fecha 18-12-02 se formalizó Convenio de Colaboración entre el IEDST y la MMSC, como revisión del formalizado el 27-07-00, dentro del Plan de Acción Provincial por el Empleo Local. Con fecha 12-11-03 el Convenio fue prorrogado hasta el 31-12-03.

Sexto

Con fecha 13-12-04 se formalizó nuevo Convenio de Colaboración para "el impulso de las políticas activas de empleo a través del funcionamiento de los Clubes de Empleo de la Sierra de Cádiz ubicados en las localidades de Ubrique, Arcos de la Frontera y Olvera.

Los Clubes de Empleo son un servicio de orientación laboral a personas desempleadas que presta la Mancomunidad de Municipios Sierra de Cádiz, entre cuyas finalidades se encuentra la realización de acciones de asesoramiento y orientación en la búsqueda de empleo y la realización de actuaciones de intermediación laboral.

Los Tutores de los clubes de Empleo tendrán como función facilitar el acceso al mundo laboral de los desempleados de la Mancomunidad, en el marco de la línea estratégica 3: impulso de las políticas activas de empleo. El personal contratado como Tutor desarrollaría sus funciones en los Municipios anteriormente mencionados. Su duración sería hasta 31-12-04.

Séptimo

Con fecha 31-12-08 se formalizó Convenio de Colaboración entre el IEDST y la MMSC, como adhesión de la Mancomunidad al Plan Estratégico Provincial "Cádiz 2012 Compite", con duración hasta el 31-12-09.

Con fecha 19-01-10 se formalizó nuevo Convenio de Colaboración para continuar con las tareas del anterior hasta el 31- 01-11.

Con fecha 06-04-11 se formalizó nuevo Convenio de Colaboración para continuar con las tareas del anterior desde el 01- 02-11 hasta el 31-01-12.

Octavo

Con fecha 31-01-12 se formalizó Convenio de Colaboración entre el IEDST y la MMSC para el desarrollo de actuaciones del Proyecto "CRECE CÁDIZ 2012 COMPITE", enmarcado en el Plan de Fomento del Empleo Local 2012-2015, a través de la Red de Clubes de Empleo ubicados en las localidades de Ubrique, Arcos de la Frontera y Olvera (Cádiz) .

El proyecto tenía prevista la participación activa de los ocho clubes de empleo de las cinco Mancomunidades de Municipios de la Provincia de Cádiz.

Noveno

La cuantía máxima de la subvención era de 110.257,44# en conceptos de personal y material de oficina y/o didáctico. De ellos 102.757,44 lo eran en concepto de "personal" (Clausula segunda). Los costes salariales comprendían, con los límites establecidos en la Cláusula Segunda, todos los gastos correspondientes a sueldos y salarios, costes de Seguridad Social e indemnizaciones por finalización de contrato asociadas al personal que realice actividades financiables del Proyecto (cláusula quinta.1.a))

Décimo

El convenio no implicaría relación laboral o de otro tipo con el IEDST, respecto del personal que se adscriba a los trabajos propios del presente Convenio (cláusula segunda).

En caso de que la Mancomunidad optara por no imputar directamente al personal al servicio de cada Club de Empleo, la selección y contratación de éste se realizaría conforme a la legislación vigente (cláusula cuarta).

Undécimo

La vigencia del Convenio era de doce meses a contar desde el 01-02-12, pudiendo prorrogarse de mutuo acuerdo por las partes.

Con fecha 31-01-13, se formalizó Adenda al Convenio de Colaboración ampliando el plazo de vigencia por un período de dos meses concediendo una nueva subvención máxima de 18.376,23#, de los cuales

17.126,25# eran para gastos de personal.

Con fecha 31-03-13 se volvió a ampliar el plazo del Convenio de colaboración por un mes, hasta el 30-04-13 fecha en que quedó extinguido el mismo, con una nueva subvención de 9.188,12# de los cuales

8.563,13 lo eran para gastos de personal.

Duodécimo

Con fecha 3 de Mayo de 2013 la Mancomunidad comunicó a la actora carta de extinción de Contrato por causas objetivas, con el siguiente tenor en extracto:

«Por la presente le comunicó, muy a mi pesar, como PRESIDENTA DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA SIERRA DE CADIZ, la decisión de EXTINGUIR SU CONTRATO DE TRABAJO, DERIVADO DE LA NECESIDAD OBJETIVA DE AMORTIZAR EL MISMO, por causas objetivas, y en concreto por falta de subvención necesaria para que la Mancomunidad pueda abonar la actividad, conforme a lo estipulado en el artículo 52, número 2, apartado e), del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y por la necesidad de amortización del puesto de trabajo por causas económicas, técnicas y organizativas, conforme al artículo 52, apartado c)...

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