STSJ Andalucía 1149/2015, 2 de Julio de 2015

PonenteRAUL PAEZ ESCAMEZ
ECLIES:TSJAND:2015:8399
Número de Recurso838/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1149/2015
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2015
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

Avda. Manuel Agustín Heredia nº 16

N.I.G.: 2906744S20140009619

Negociado: RM

Recurso: Recursos de Suplicación 838/2015

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº11 DE MALAGA

Procedimiento origen: Conflictos Colectivos 711/2014

Recurrente: Guadalupe

Representante: PEDRO PODADERA MOLINA

Recurrido: U.T.E. GDT-ASESORAMIENTO EMPREARIAL S.L.U- RESIDENCIAL TORREALMADENA S.A. UTE, FORMACION DIGITAL S.L.U., GESTION TECNICA INMOBILIARIA S.L. y INVERSIONES AVILA VELASCO S.L.

Representante:ANDRES GARCIA MARTINEZ

Sentencia Nº 1149/15

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. RAMÓN GÓMEZ RUIZ,

ILTMO. SR. D. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ

En la ciudad de Málaga a dos de julio de dos mil quince

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA CON SEDE EN

MÁLAGA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recursos de Suplicación interpuesto por Guadalupe contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº11 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Guadalupe sobre Conflictos Colectivos siendo demandado U.T.E. GDT- ASESORAMIENTO EMPREARIAL S.L.U- RESIDENCIAL TORREALMADENA S.A. UTE, FORMACION DIGITAL S.L.U., GESTION TECNICA INMOBILIARIA S.L. y INVERSIONES AVILA VELASCO S.L. habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 18 de Febrero de 2015 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes: I. - El presente conflicto colectivo afecta a catorce de los diecisiete trabajadores que prestan servicios en el área de formación de la UTE GDT- Asesoramiento Empresarial S.L. Residencial Torrealmadena S.A., Unión Temporal de Empresas (CIF U-92703636), que fue constituida mediante escritura pública de 14 de diciembre de 2005 y cuyo objeto social consta en los folios 665 a 684. Los trabajadores son Dña. Rosalia, Dña. Sonia

, D. Herminio, Dña. Marí Luz, D. Jesús, D. Leon, Dña. Matías, Dña. Amanda, D. Olegario, D. Remigio, D. Salvador, Dña. Carina, D. Vicente, D. Jose Daniel . La antigüedad, categoría y salario de los trabajadores obra en los folios 4 a 6 del expediente.

  1. La Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, a través del Servicio Andaluz de Empleo, en el desarrollo de sus competencias en materia de formación para el empleo, previó la creación y puesta en funcionamiento del Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio, en Mijas (Málaga). Dicho centro formativo se enmarca dentro de la Red de Consorcios Escuelas de Formación para el Empleo participados por la Junta de Andalucía y las Corporaciones Locales. En el año 2005, mediante expediente NUM000, por el procedimiento abierto, modalidad concurso, se licitó la gestión indirecta de los servicios de formación, hotel escuela, restaurante escuela, residencia de estudiantes, comedor del alumnado y cafetería del centro formativo del consorcio, sobre la base de los Pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones étnicas aprobados por resolución de 30 de mayo de 2005 y documentos anexos.

  2. El 19 de diciembre de 2005 el Consorcio Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio y GDT-Asesoramiento Empresarial S.L. Residencial Torrealmadena S.A., Unión Temporal de Empresas (adjudicataria y entidad gestora) suscribieron contrato administrativo para la gestión indirecta de los servicios de formación, hotel escuela, restaurante escuela, residencia de estudiantes, comedor del alumnado y cafetería del centro formativo del consorcio y cuyo objeto y demás elementos esenciales son los siguientes: -diseño y desarrollo de un plan de formación superior que de respuesta a las carencias formativas de todas las áreas del sector turístico y hostelero.-Gestión de todos los servicios prestados por el hotel (cuatro estrellas).- Gestión del restaurante-escuela.- Gestión de la residencia de estudiantes.-Gestión del comedor del alumnado y la cafetería del centro formativo. Se pactó un precio para el proyecto de desarrollo formativo de 1299.487,99 euros mensuales, un canon anual a satisfacer por el adjudicatario de 303.000 euros actualizable anualmente con el incremento del IPC y un plazo de ejecución de 10 años. El contenido del contrato obra en los folios 207 a 213. El 22 de septiembre de 2014 las partes firmaron una addenda al contrato que tenía por objeto la modificación del proyecto formativo que desarrollaba la entidad adjudicataria y la actualización del precio, incrementándose el importe del precio del proyecto formativo en 832.340 euros, IVA incluido, manteniéndose el canon anual. La addenda consta en los folios 214 a 217.

  3. La UTE GDT-Asesoramiento Empresarial S.L. Residencial Torrealmadena S.A., Unión Temporal de Empresas inicialmente estaba compuesta por GDT-Asesoramiento Empresarial S.L. y Residencial Torrealmadena S.A.

    Residencial Torrealmadena S.A. fue absorbida por fusión por Gestión Técnica Inmobiliaria S.L. (CIF B-91142315).

    En virtud de absorción por fusión(escritura pública de 29 de enero de 2013), GDT-Asesoramiento Empresarial, Sociedad Limitada Unipersonal desapareció del tráfico jurídico, siendo la Compañía Formación Digital S.L. (CIF B-29168226) la continuadora como subrogada, en todo lo que constituye el patrimonio, actividades y negocios de aquélla (folio 333).

  4. Consorcio Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio y la entidad gestora intercambiaron las comunicaciones recogidas en los folios 218 a 268.

  5. En el año 2012 los Consorcios-Escuela pararon a depender de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, requiriendo el Consorcio Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio a GDTAsesoramiento Empresarial S.L. Residencial Torrealmadena S.A., Unión Temporal de Empresas el 30 de septiembre de 2013, a instancia de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, la revisión de la oferta formativa orientada a la obtención de los certificados de profesionalidad y en los términos que constan en los folios 503 y 504. Ello dio lugar al intercambio de comunicaciones obrantes en los folios 505 a 540 y 1033 a 1045.

  6. El 10 diciembre de 2013 GDT-Asesoramiento Empresarial S.L. Residencial Torrealmadena S.A., Unión Temporal de Empresas y la representación de los trabajadores llegaron a un acuerdo en el expediente de suspensióny reducción temporalde empleo, que se haría efectivo a partir del 17 de diciembre de 2013. ERTE que finalmente no tuvo lugar (folios 817-824 b, 1030 y 1046). VIII.- En enero/febrero 2014 se hizo una selección de alumnos para los cursos a celebrar en los meses de febrero y marzo (folios 541 a 554).

  7. El programa formativo 2013/2014 no ha sido aprobado, presentando la UTE una oferta formativa que incluía algunos cursos que no eran compatibles con la obtención de certificados de profesionalidad. Dicha formación no se inició.

  8. El 19 de junio de 2014 GDT-Asesoramiento Empresarial S.L. Residencial Torrealmadena S.A., Unión Temporal de Empresas solicitó a Consorcio la resolución del contrato celebrado el 19 de diciembre de 2005 por los motivos que obran en los folios 269 a 306 cuyo contenido se da por reproducido.

  9. El 26 de junio de 2014 GDT-Asesoramiento Empresarial S.L. Residencial Torrealmadena S.A., Unión Temporal de Empresas puso en conocimiento de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía del inicio el expediente de suspensión y reducción temporal de empleo, de carácter colectivo, con la entrega de la documentación relacionada en el folio 1277.

  10. El 26 de junio de 2014 GDT-Asesoramiento Empresarial S.L. Residencial Torrealmadena S.A., Unión Temporal de Empresas comunicó a la representación de los trabajadores el inicio del periodo de consultas para la propuesta de suspensión y reducción temporalde empleo por causas productivas y organizativas, entregándose a la representación de los trabajadores la documentación prevista en el artículo

    18 Real Decreto 1438/2012, de 29 de octubre (folios 1265-1267, 1277 y 1393 a ). La memoria explicativa está en los folios 388 a 394, el informe técnico en los folios a 395 a 407 y los criterios para la designación de los trabajadores en los folios 408 a 409.

  11. El 1 de julio de 2014, el 3 de julio de 2014, el 7 de julio de 2014, el 9 de julio de 2014 y el 11 de julio de 2014 se celebraron la primera, segunda, tercera, cuarta y quinta reunión del periodo de consultas. La representación de los trabajadores presentó escrito de oposición al expediente de regulación temporalde empleo. El periodo de consultas finalizó sin acuerdo (folios 1265 a 1276).

  12. El 11 de julio de 2014 GDT-Asesoramiento Empresarial S.L. Residencial Torrealmadena S.A., Unión Temporal de Empresas comunicó la decisión empresarial actualizada de suspensión temporal y reducción temporal de carácter colectivo desde el 14 de julio al 31 de octubre de 2014 a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (folio 1252), a la representación de los trabajadores (folio 1264) y los trabajadores afectados (folios 1442 a 1495).

  13. El 31 de octubre de 2014 la UTE despidió por causas objetivas a D. Olegario, D. Herminio, Dña. Marí Luz, D. Leon, Dña. Amanda, D. Olegario, Petra y D. Remigio (folios 461 a 496 y 1071 a 1080).

  14. GDT-Asesoramiento Empresarial S.L. Residencial Torrealmadena S.A., Unión Temporal de Empresas (área formación) tramitó expediente de regulación temporalde empleo del 6 de noviembre de 2014 al 30 de abril de 2015 (folios 1081 a 1096).

  15. GDT-Asesoramiento Empresarial S.L....

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