STSJ País Vasco 1441/2015, 21 de Julio de 2015

PonenteJUAN CARLOS BENITO-BUTRON OCHOA
ECLIES:TSJPV:2015:2595
Número de Recurso1279/2015
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución1441/2015
Fecha de Resolución21 de Julio de 2015
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: Suplicación / E_Suplicación 1279/2015

N.I.G. P.V. 48.04.4-15/000717

N.I.G. CGPJ 48.020.44.4-2015/0000717

SENTENCIA Nº: 1441/2015

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 21/7/2015.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as. D. JOSE LUIS ASENJO PINILLA, Presidente en funciones, Dª ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA y D. JUAN CARLOS BENITO BUTRÓN OCHOA, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Lina contra la sentencia del Juzgado de lo Social num. 5 de los de BILBAO (BIZKAIA) de fecha 18 de marzo de 2015, dictada en proceso sobre EXT, y entablado por Lina frente a FOGASA, HAMILTON Y COMPAÑIA S.L., LOGIPOINT S.L., TRANSCOMA GRUPO EMPRESARIAL S.L., TRANSCOMA SUR S.L. y TRANSPORTES Y CONSIGNACIONES MARITIMAS S.A.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS BENITO BUTRÓN OCHOA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"PRIMERO. - Dª Lina ha venido prestando servicios para TRANSPORTES Y CONSIGNACIONES MARITIMAS S.A. con una antigüedad del 13/01/2001, categoría profesional reconocida de oficial administrativo y salario mensual con inclusión de parte proporcional de pagas extra de 4.425,26 euros. La actora desarrollaba funciones de directora de delegación.

SEGUNDO

LOGIPOINT S.L., "forma parte de Transcoma Grupo Empresarial, holding formado por una red de más de 35 empresas", con centro de trabajo, además de en Barcelona, en Coslada (Madrid) y en Ribarroja del Turia (Valencia) (página web folios 768, 1003 a 1012 que se da por reproducido; alegaciones demandada en acto juicio; interrogatorio en juicio legal representante sociedades codemandadas comparecidas); el 100% de sus participaciones sociales pertenecen a "TRANSCOMA GRUPO EMPRESARIAL, S.L." y participa en un 50% en "LOGIPSAM CRUISES SERVICES S.L." ; siendo empresas con créditos concedidos "TRASCOMA BALEARES S.A.", "TRANSPORTES Y CONSIGNACIONES MARITIMAS S.A" y "TRAVIMA S.A."

"TRANSPORTES Y CONSIGNACIONES MARITIMAS, S.A.", domiciliada en Puerta Sta. Madrina 12-15 de Barcelona, está dedicada a actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores; el 100% de sus participaciones sociales pertenecen a "TRANSCOMA GRUPO EMPRESARIAL, S.L."

"TRANSCOMA GRUPO EMPRESARIAL, S.L.", "forma parte de Transcoma Grupo Empresarial, holding formado por una red de más de 35 empresas"; ubicada en c/ Atlantic 112-120 de Barcelona; dedicada a actividades de las sociedades holding; participa en un 100% en "LOGIPOINT S.L.", "TRANSPORTES Y CONSIGNACIONES MARITIMAS, S.A." y "TRAVIMA, S.A.", en 50% en "TRASCOMA BALEARES, S.A."

  1. Mario es consejero delegado de TRANSPORTES Y CONSIGNACIONES MARITIMAS S.A. desde el 12/12/2013, y de TRAVIMA SOCIEDAD ANONIMA desde el 14/02/2014. Se había notificado a los trabajadores la incorporación del Sr. Mario como Consejero Delegado del Área Marítima el 14/10/2013 .

TERCERO

La Sra. Lina suscribió el 25/01/2001 un contrato de trabajo de duración determinada para la categoría profesional de auxiliar administrativo de 2ª y parea prestarse servicios como administrativo, el cual se convirtió en indefinido el 1/07/2001, siendo suscritos ambos para la empleadora TRANSCOMA NOR SOCIEDAD ANONIMA, al cual fue objeto de fusión y absorción por TRANSPORTES Y CONSIGNACIONES MARITIMAS S.A., pasando la trabajadora a formar parte de la plantilla de la última con respeto de los derechos y situaciones laborales adquiridas en la anterior empresa, incluida la antigüedad. La Sra. Lina desempeñaba el trabajo de subdirectora de delegación en el año 2.005 y, posteriormente, a partir del 27/10/2010 (Bloque 1, F de la actora), pasó a desempeñar el puesto de directora de delegación.

CUARTO

Mediante escrito de 31 de marzo de 2.011 TRANSPORTES Y CONSIGNACIONES MARÍTIMAS S.A. comunicó a la trabajadora el incremento de su retribución salarial bruta conforme al documento 20 de esta mercantil que se da por íntegramente reproducido

QUINTO

La Sra. Lina ha recibido formación profesional a cargo de la mercantil (documento 21 de la última que se da por reproducido y documentos del Bloque 1, C a E de la actora).

SEXTO

La Sra. Lina tiene conferidos poderes en virtud de Escritura Pública de 15 de diciembre de

2.011 que aportada por la empleadora con el número 32 se da pro reproducida para, entre otros extremos, llevar la dirección de los negocios de la compañía, realizar y otorgar toda clase de actos, operaciones, contratos y documentos propios del giro y tráfico de la misma, comprar y vender mercaderías, firmar facturas, póliza, librara, endosar, descontar, aceptar, cobrar y descontar letras de cambio y documentos de giro, constituir y retirar depósitos en metálico o valores, aceptar prendas, hipotecas, anticresis y garantías, representar a la sociedad en juicio y fuera de él, nombrar y despedir empleados, dependientes y operarios y fijar sus atribuciones, sueldos y emolumentos, comparecer y actuar ante la Aduana, otorgar y firmar otros documentos públicos.

SÉPTIMO

El Sr. Mario presentó un PROYECTO TRANSCOMA SHIPPING 2.014-2019 (documento bloque 3, letra C de la actora) que se centraba, entre otros extremos, en la reorganización de recursos humanos, estructuración departamental para evitar duplicidad de puestos, sistema estructural y formación continua para pluriactividad de empleados, estructuración intraempresas para el desarrollo de tareas en diferentes empresas del grupo.

OCTAVO

D. Luis Pablo causó baja en TRANSPORTES Y CONSIGNACIONES MARITIMAS S.A. el 16/02/2014, prestando servicios para la misma desde noviembre de 2.013.

NOVENO

En virtud de e-mail de 18/01/2014 aportado por la actora como bloque 3, letra F, D. Luis Pablo, subordinado de la actora conforme al documento bloque 3, letra E de la misma parte, comunicó a la Sra. Lina lo siguiente:

"Kaixo Lina,

Te debía un mail con respecto al reparto de tareas en la oficina de Bilbao.

En primer lugar, decirte que si bien en su día recibiste una comunicación en la que se te retiraban las tareas y la función de directora para la oficina de Bilbao, al menos eso tengo entendido, ahora ha llegado el momento d reasignar tareas y redefinir funciones para evitar cualquier tiempo de incertidumbre que se haya podido generar. La figura del Director en las oficinas del grupo ha cambiado por la figura de responsable de oficina. En tu caso, sigues siendo al responsable de la oficina de Bilbao, aunque el título de director no se aplique ya. Se trata de evitar que haya un número elevado de directores en proporción al número de personas que trabajan en el área marítima del grupo.

Con respecto a tu propuesta de reparto de tareas en la oficina de Bilbao, la Dirección y el departamento de personal han mostrado su acuerdo con lo propuesto, con lo cual las tareas quedan según el adjunto que me enviaste el pasado 9 de enero. Solo me quedan un par de apuntes que hacer sobre tus tareas y son los que verás aquí abajo:

Gestión y coordinación de equipo y vacaciones- Sigue están en tus manos aunque como sabes las vacaciones de Aurelio y tuyas las tendré que aprobar yo. Lo mío será un puro trámite siempre que vosotros os organicéis sin problema.

Confección de presupuestos- Esto ha pasado a ser función de Mario, con lo cual ya lo puedes quitar de la lista. Espero que este mail sirva para oficializar las funciones de cada uno, aunque estas seguían realizándose, estaban pendientes de ser definidas por escrito".

DÉCIMO

En e-mail remitido por el Sr. Luis Pablo a la Sra. Lina el 6/02/2014 se definían nuevamente las funciones de la última, coincidiendo ambas pero eliminándose la gestión y coordinación del equipo y vacaciones, búsqueda de nuevas oportunidades y desarrollo de las mismas, apoyo a colaboradores según necesidades de la oficina, desarrollo de LIN LINNES, elaboración de ofertas a clientes directos y de proyecto y recogiéndose, que no se incluí9an con anterioridad, comercial exportación y OOG de MOL, petición de MPS y TLI, seguimiento de clientes y competencia (MOL Exporte y OOG), resolución de problemas relacionados con la exportación e IMD focal point área Norte (Hasta cesión a Eloy e Gumersindo ) (Bloque 3 letra F y G).

UNDÉCIMO

El 19 de marzo de 2.014 el Sr. Mario remitió e-mail, entre otros a la actora, encomendándole recopilar información sobre CNAN Nord y CNAN Med de Bilbao, Aviles, Gijon, Vigo, La Coruña y puertos portugueses (bloque 3 letra I).

DUODÉCIMO

El 14/04/2014 Operations Transcoma Shippin se remitió un e-mail, entre otros a la actora informándoles que todos los mensajes relativos a operaciones con buques debían ser enviados y recibidos desde y en las cajas de correos departamentales de cada oficina.

DECIMOTERCERO

La trabajadora de enero a marzo de 2.014 realizó gestiones concernientes a diversos cruceros y vale de visa (documentos 36 a 39 de la empleadora).

DECIMOCUARTO

La trabajadora cayó en situación de IT el 19/05/2014, siendo concedida como derivada de contingencia común por su MAP.

Se da por reproducido el Informe del CSM de Ercilla de 9/03/2015 (Bloque 3 Letra P) y el elaborado por el Dr. Melchor (Letra P#)

DECIMOQUINTO

En un organigrama aportado por la actora y fechado a 3/12/2014 figura como Manager de Bilbaoi Simón, figurando el mismo como director en un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR