STSJ Andalucía 1648/2015, 16 de Julio de 2015

PonenteJUAN CARLOS TERRON MONTERO
ECLIES:TSJAND:2015:7993
Número de Recurso892/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1648/2015
Fecha de Resolución16 de Julio de 2015
EmisorSala de lo Social

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUC ÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

CJ

SENT. NÚM. 1648/15

ILTMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRON MONTERO

ILTMO. SR. D.JORGE LUIS FERRER GONZALEZ

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JOSE VILLAR DEL MORAL

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada, a DIECISEIS DE JULIO DE DOS MIL QUINCE.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En los Recursos de Suplicación núm. 892/15, interpuestos por PRODIEL PROYECTOS DE INSTALACIONES ELECTRICAS SL, Fátima, Victorio, Jacinta Y Carlos Miguel contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. UNO DE LOS DE GRANADA, en fecha 9 de Octubre de 2014, en Autos núm. 343/13, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS TERRON MONTERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por PRODIEL PROYECTOS DE INSTALACIONES ELECTRICAS SL en reclamación sobre SEGURIDAD SOCIAL, contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Carlos Miguel, Victorio, Jacinta Y Fátima y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 9 de Octubre de 2014, por la que se desestimo la demanda interpuesta.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. .- El trabajador Don Carlos Miguel con DNI NUM000 fecha de nacimiento el NUM001 .1952 prestaba servicios para la empresa PRODIEL SL desde el 3.7.1995 en virtud de un contrato de trabajo indefinido con la categoría profesional de Encargado, base de cotización por contingencias profesionales

    2.809,97 euros, horario de trabajo de 8 a 14 horas y de 16 a 19 horas. Las funciones y tareas del trabajador eran: realizar un seguimiento y control de las obras, realizar labores comerciales con los clientes y promotor, medición de obras, preparación y distribución del material del almacén para su utilización e instalación en obra, confección de partes de trabajo de los operarios y en general era el responsable de distribuir el trabajo entre las diferentes brigadas según los proyectos realizados por los Técnicos.

  2. - El dia 20.4.2012 a primera hora se desplazaron al Centro de Transformación Prefabricado (que forma parte del Proyecto promovido por la Comunidad de regantes DIRECCION000 ) el Ingeniero Don Cipriano y el accidentado Don Carlos Miguel, posibilitando el primero el acceso al centro dado que había actuado como mandatario de la Comunidad en los trámites administrativos y en la solicitud de suministro y tenía la llave de apertura del candado de la verja de entrada que rodea la finca dondes se ubica el Centro. Más tarde se personó Don Estanislao dado que como se iba a desinstalar el sistema provisional y a desconectar el suministro eléctrico era necesario hacer algunos ajustes en las tres bombas de riego que estaban funcionando. Antes de que se personara el operario de Melfosur (subcontratista de Endesa para ejecución desl servicio de sustitución de contadores de Telegestión y Operaciones Reguladas en Baja Tensión "que debía instalar el modem y el contador en el centro de Transformacion), Carlos Miguel procedió a desconectar este trenzado, y para ello a petición de don Carlos Miguel, Don Estanislao desconectó los tres equipos de bombeo de riego que estaban en funcionamiento. Por su parte Carlos Miguel desconectó el trenzado del cuadro eléctrico de la caseta del pozo cercano y después del cuadro de baja tensión que estaba en el interior del Centro.

    Alrededor de las 10 horas se personó en el Centro el operador de Melfosur Don Ismael, el cual comprobó que Carlos Miguel estaba entrando y saliendo del centro. Tras habler con Carlos Miguel sobre la instalación del modem y cuando accedió al mismo por el módulo de Endesa también vió desde ahí en el módulo central del cliente que el cableado del cuadro de baja tensión tenía los cables sueltos, sin proteger ni aislar y que el accidentado estaba operando en él por lo que le advirtió de que se marchaba y volvía en otra ocasión porque la presencia de esos cables sueltos no reunían un mínimo de seguridad y el suponía que la instalación estaba terminada y sólo iba a instalar el modem y Carlos Miguel le comentó que esperase un poco que estaba terminado y entonces Ismael se dirigió a su vehículo para recoger la documentación y preparar el contador. Mientras tanto Carlos Miguel permanece en el Centro de Transformación y procede a la apertura de la arqueta, abre la celda de medida destornillando la rejilla metálica de protección para que el operario de Melfosur pudiera tomar nota de la relación de transformación de intensidad a la que estaban conectados los trafos .El operario de Melfosur vuelve a entrar en el centro, coloca los equipos sobre un banquillo existente en el mismo y comenta a Carlos Miguel que necesita saber la relación de transformación, vuelve a salir a coger herramientas y las deposita junto a los equipos, el operario de Melfosur le pregunta a Carlos Miguel si ha comprobado ausencia de tensión y éste le indica que "la celda de protección está abierta y puesta a tierra por lo que no hay tensión en la celda de medida ", Ismael lo verifica no obstante vuelve a indicar a Carlos Miguel que comprueba la ausencia de tensión con una pértiga detectora. Seguidamente Ismael salió del Centro para comprobar el TDC de alta. Nuevamente entra en el Centro sobre las 10,35 horas y se situa con el TDC en las manos en cuclillas en la parte de Endesa y a una distancia de más de un metro de donde estaba situado Carlos Miguel si bien no podía ver exactamente lo que hacía porque la puerta metálica de la propia celda de medida que abre hacia la izquierda se lo impedía. Cuando estaba comentando con Carlos Miguel el tema de la potencia solicitada, al parecer Carlos Miguel entró en contacto accidental con el equipo de medida, sufriendo una descarga eléctrica que le provocó la muerte. Ismael escuchó dos explosiones y como consecuencia de las mismas cayó hacia atrás si bien no sufrió daño físico por la distancia que le separaba y por la propia puerta de la celda que hizo de parapeto.

    Ha quedado a acreditado a través de la prueba testifical que si bien el fallecido trabajador ostentaba el cargo de Encargado, sin embargo el Jefe de Brigada era Jose Augusto

  3. .- Con fecha 31.1.2013 se dicta Resolución por la dirección provincial del INSS de Granada en el procedimiento de incremento de las prestaciones económicas derivadas del accidente de trabajo sufrido por Don Carlos Miguel el 24 de abril del 2012 por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo a cargo del empresario infractor, declarando la responsabilidad de éste, e imponiéndole el recargo del 30% con cargo exclusivo a la empresa responsable Prodiel Proyectos de Instalaciones Electricas SL.

    Interponiéndose Reclamación previa el 5 de marzo del 2013 por la empresa responsable.La cual fue desestimada por Resolución del INSS del 11 de marzo del 2013.

  4. - Don Carlos Miguel estaba casado con Doña Fátima desde el 14.10.1979 y tenían dos hijos Don Victorio y Doña Jacinta . 5º.- El Procedimiento penal Diligencias Previas nº 3862/2012 que se seguía en el Juzgado de Instrucción nº 3 de Granada por estos hechos fueron absueltos los demandados al no ser los hechos constitutivos de infracción penal.

  5. - Con fecha 25.7.2012 se levanta Acta de la Inspección de Trabajo que se da por reproducida. En la misma se recoge como causa que el trabajador llevó a cabo las comprobaciones pertinentes en el equipo de medida debiendo en su caso haber acudido al centro con una de las brigadas que el mismo organizaba para que realizaran materialmente este trabajo o al menos con otro trabajador autorizado debiéndose haber seguido el procedimiento establecido al efecto en las normas específicas de seguridad y salud frente a riesgo eléctrico lo que se denomina en el argot eléctrico el cumplimiento de las cinco reglas de oro, que a mayor abundamiento estaban reflejadas en un cartel indicativo y explicativo con ilustraciones colgado en el módulo de Endesa. La causa inmediata según figura es la existencia de tensión en el equipo de medida de forma que cuando el operario se situó en zona de proximidad al mismo, para observar la relación de transformación, presumiblemente por una pérdida de equilibrio entró en contacto accidental con alguna parte activa, sin que estuviera realizando ninguna maniobra ajuste, o verificación u operación concreta en el mismo. El trabajador accidentado no hizo uso de ninguno de los equipos de protección individual o colectiva necesarios para realizar los mismos.

    Todos los equipos de protección tanto individual como colectiva se le habían entregado al trabajador y debía haber dispuesto y utilizado los mismos dada su experiencia profesional, antigüedad en su puesto, formación e información.

    Según consta en el Informe de la Investigación Técnica del Accidente Mortal realizado por Tecnico Superior (Ingeniero Industrial) de Higiene Industrial la "existencia de Tensión en el Trafo de intensidad se debe a dos circunstancias: - que habiendo manipulado la celda del abonado colocada en posición de abierta realmente o internamente no estuviera así independientemente de dicha circunstancia el Encargado de prodiel debería haber mediddo la ausencia de tensión.-Que se haya realizado el puente desde la celda de entrega propiedad de Endesa al Equipo de Medida propiedad del Abonado. Independientemente de dicha circunstancia el Encargado de Prodiel debería haber medido la ausencia de tensión."

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por PRODIEL PROYECTOS DE INSTALACIONES ELECTRICAS SL, Fátima, Victorio, Jacinta Y Carlos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR