STSJ Islas Baleares 176/2015, 9 de Junio de 2015

PonenteALEJANDRO ROA NONIDE
ECLIES:TSJBAL:2015:626
Número de Recurso5/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución176/2015
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ILLES BALEARS SALA SOCIAL

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00176/2015

CCO CONFLICTOS COLECTIVOS 0000005 /2015

Procedimiento origen: /

Sobre: CONFLICTO COLECTIVO

DEMANDANTE/S D/ña: CONFEDERACIO FENERAL DEL TREBALL DE LES ILLES BALEARS

T.S.J.ILLES BALEARS SALA SOCIAL

PL.MERCAT, NUM.12

Tfno: 971724152/971723689

Fax: 971227218

NIG: 07040 34 4 2015 0000325

380000

CCO CONFLICTOS COLECTIVOS 0000005 /2015 /

Demandante/s D/ña: CONFEDERACIO FENERAL DEL TREBALL DE LES ILLES BALEARS

Abogado/a: SR. DON ALEJANDRO JUÁREZ MARTÍNEZ

Demandado/s D/ña: SERVICIOS SOCIO SANITARIOS GENERALES SL, COMISIONES OBRERAS CC. OO., UNION GENERAL DE TRABAJADORES UGT, FS TES FORMACION SINDICAL DE TECNICOS EN EMERGENCIAS SANITARIAS

Abogado/a:, ROSA BRIS REBASSA,,,,,,,,

MATERIA: CONFLICTO COLECTIVO

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

DON FRANCISCO J. WILHELMI LIZAUR

DON ANTONI OLIVER REUS

DON ALEJANDRO ROA NONIDE

En Palma de Mallorca, a nueve de junio de dos mil quince.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, formada por los Ilmos. Sres.

Magistrados que constan al margen, ha pronunciado EN NOMBRE DE S. M. EL REY la siguiente

S E N T E N C I A nº. 176/2015 En la demanda de conflicto colectivo nº. 5/2015, formalizado por el Sr. Letrado Don Alejandro Juárez Martínez, obrando en nombre de la Confederació General del Treball de les Illes Balears (CGT-BALEARS), frente a Servicios Socio Sanitarios Generales, S.L., FS TES Formación Sindical de Técnicos en Emergencias Sanitarias, Unión General de Trabajadores de las Islas Baleares (U.G.T.) y la Confederación Sindical de Comissions Obreres de les Illes Balears, representada por la Sra. Letrada Doña Livia Martorell Perogordo.

Ha sido Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. Don ALEJANDRO ROA NONIDE, y de deduciéndose en las actuaciones habidas los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que en fecha 18 de febrero de 2015 se interpuso demanda de conflicto colectivo por parte de la Confederación General del Treball de Les Illes Balears (CGT-BALEARS) suplicando a la Sala, tenga por presentado este escrito con el Acta de Conciliación que se acompaña y, en su virtud, lo admita tramitándose la demanda con arreglo a Derecho señalando día y hora para la celebración del Acto del Juicio Oral por el que, en definitiva, dicte Sentencia estimatoria de la demanda por la que declare el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo al percibo de las pagas extraordinarias de Septiembre de 2013, Marzo y Septiembre de 2014 y Marzo de 2015, condenando a la demandada a abonar las citadas Medidas pagas a todos los trabajadores en plantilla en razón el periodo de su devengo.

SEGUNDO

Que por Decreto de fecha cuatro de marzo de dos mil quince, se acordó

"Parte dispositiva

Primero

ADMITIR A TRÁMITE la demanda presentada por el letrado D. Alejandro Juárez Martínez en fecha 19/02/2015, en nombre y representación de la CONFEDERACIÓ GENERAL DEL TREBALL DE LES ILLES BALEARS, y designar como Magistrado Ponente al ILMO Magistrado Don ALEJANDRO ROA NONIDE; integrando la Sala de lo Social de este Tribunal Superior los Ilmos. Sr. D. FRANCISCO J. WILHELMI LIZAUR (Presidente); D. ANTONI OLIVER REUS y D. ALEJANDRO ROA NONIDE (Magistrados).

Segundo

Se tienen por aportados los documentos acompañados a la demanda para en el momento procesal oportuno se acuerde lo procedente por la Sala, concretamente.

  1. Acta de conciliación intentada ante el TAMIB sin efecto de fecha 03/02/2015.

  2. Copia de la certificación aportada por el sindicato en cuanto al número de afiliados a la CGT en la empresa Servicios Socio Sanitarios Generales.

  3. Copia de la comunicación dirigida a la Oficina de Elecciones Sindicales del Govern en relación a los representantes de la Sección Sindical de la CGT.

Tercero

Dada cuenta a la Sala de la recepción y admisión de la presente demanda a los efectos del señalamiento, se ha dispuesto SEÑALAR los actos de conciliación y/o juicio para el próximo día 22 de abril de 2015 a las 11.00 horas de la mañana, en la Sala de Audiencia de esta Sala de lo Social sita en Plaza Mercat, nº 12 de Palma de Mallorca, en Palacio de Justicia, primer piso, izquierda.

TERCERO

Que por Auto de fecha nueve de marzo de dos mil quince, la SALA acordó:

  1. - Admitir cautelarmente los medios de prueba interesados por la parte actora en su escrito de demanda, conforme a lo expresados en los anteriores fundamentos.

  2. - Citar al acto de juicio al legal representante de la empresa Servicios Socio Sanitarios Generales S.L. al objeto de practicar su interrogatorio.

  3. - Requerir ala demandada para que aporte con antelación mínima de cinco días al acto de juicio la siguiente documentación:

Documentación aportada ala Comisión Paritaria el 10 de Octubre de 2013 presuntamente justificativa de la reducción presupuestaria del contrato superior al 10%.

Y los contratos suscritos por el Servicio Público de salud de les Illes Balears con la demandada así como las modificaciones realizadas al mismo y sucesivas prórrogas del mismo.

Documentación que tiene relación directa con dicha parte.

CUARTO

El veintidós de abril de dos mil quince, día señalados para los actos de conciliación y en su caso de juicio, comparecieron las partes que, de común acuerdo solicitaron la suspensión de dichos trámites para que fueron convocados los otros sindicatos que pudieran tener interés en el conflicto. Así se acordó por la Sala fijándose el día 3 de junio de 2015 para su práctica.

QUINTO

El día tres de junio corriente, comparecieron las partes:

Como demandante/s:

El letrado D. Alejandro Juárez Martínez en nombre y representación de la CONFEDERACIO GENERAL DEL TREBALL DE LES ILLES BALEARS..

Como demandado/s:

Comparece el letrado Sr. D. Félix Yagúe Bermúdez en nombre y representación de SERVICIOS SOCIO SANITARIOS GENERALES SL, FS TES FORMACIÓN SINDICAL DE TÉCNICOS EN EMERGENCIAS SANITARIAS, UGT y la letrada Doña LIVIA MARTORELL PEROGORDO en representación de COMISIONES OBRERAS.

Tuvo lugar en primer término el acto de conciliación que finalizó sin avenencia, pasando a continuación a la celebración del juicio. Acto que fue debidamente registrado en soporte apto para la grabación y reproducción del sonido, con las garantías de autenticidad e integridad que requiere el art. 89.2 de la LRJS .

HECHOS PROBADOS

Primero

El 11 junio 2009 es firmado un contrato entre el Servicio de Salud de las Islas Baleares con la empresa demandada Servicios Socios Sanitarios Generales SL (SSSG), a efectos del servicio sanitario urgente de Menorca, Ibiza y Formentera, y no urgente de Mallorca, por un importe económico de 58,515 #526.99, por un periodo de 48 mensualidades.

La cláusula segunda del contrato de gestión de este servicio público dispone el abono mediante presentación de factura por el adjudicatario, previa a la recepción de su objeto, y en base a los criterios de calidad fijados en los pliegos, por anualidades, siendo el importe de la anualidad de 14.657.628,071 euros.

Segundo

Planteada una modificación de la prestación del servicio en función de las necesidades detectadas en enero de 2013, es suscrito de este modo un contrato de modificación de la gestión el 5 marzo 2012, comportando una reducción para la anualidad 2013 de 459.396,48 euros. El importe mensual, tras la...

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