STSJ Galicia 2026/2015, 14 de Abril de 2015

PonenteMANUEL CARLOS GARCIA CARBALLO
ECLIES:TSJGAL:2015:2650
Número de Recurso3919/2013
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2026/2015
Fecha de Resolución14 de Abril de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

SECRETARÍA SRA. FREIRE CORZO

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 32054 44 4 2013 0001908

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003919 /2013 // MDM

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: SEGURIDAD SOCIAL 0000470 /2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de OURENSE

Recurrente/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL

Abogado/a: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL(PROVINCIAL)

Recurrido/s: Clemencia

Abogado/a: JOSE DAVID DEL RIO BALADO

Procurador/a: JOSE AMENEDO MARTINEZ

ILMOS. SRS. MAGISTRADOS

JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO

FERNANDO LOUSADA AROCHENA

MANUEL CARLOS GARCÍA CARBALLO

En A CORUÑA, a catorce de Abril de dos mil quince.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X. GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACIÓN 0003919/2013, formalizado por la letrada de la Administración de la Seguridad Social, en nombre y representación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL

N. 3 de OURENSE en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000470/2013, seguidos a instancia de Clemencia frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. MANUEL CARLOS GARCÍA CARBALLO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª Clemencia presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha cuatro de Septiembre de dos mil trece, aclarada por auto de fecha doce de septiembre de dos mil trece.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

Primero.,- La parte demandante Clemencia nacida el NUM000 -51, afiliada a la Seguridad Social con el NUM001 encuadrada en el régimen especial de trabajadores autónomos, con una profesión habitual de peluquera. Base reguladora 332,28 #.- Segundo.- Interesada en su día pensión de incapacidad permanente se tramitó el oportuno expediente administrativo, siendo denegada su solicitud por resolución de fecha 3-5-13 por ser lesiones susceptibles de tratamiento. Interpuesta reclamación previa, fue desestimada por resolución de fecha 27-5-13 en virtud de la cual se confirmó la impugnada.- Tercero.- Que la demandante presenta las siguientes lesiones: discopatía degenerativa en el segmento C4 hasta C7 predominante C5-C6, osteofito posterior C5-C6 de predominio izquierdo con estenosis del canal radicular correspondiente a la raíz C6 izquierda moderada, cambios degenerativos díscales prácticamente, en todos los niveles lumbares, hernie discal L4-L5 en localización postero-lateral derecha discretamente extruisa y levemente migrada en dirección craneal, estenosa de forma discreta la región proximal del foramen derecho, hernia discal L5-S1 en localización posteromedial mínima, tendendia a la hiperlordosis lumbar con horizontalización, estenosis foraminal bilateral en L5-S1 moderada, artrosis facetaria a nivel L5-S1, cambios degenerativos discales prácticamente en todos los niveles dorsales, osteofitosis anterior en los últimos niveles dorsales, hernie discal L4-L5 y L5-S1 observando migración craneal en el nivel L4-L5, sinovitis bicipital derecha, bursitis subacromio/ deltoidea derecha crónica, tendinopatía actual del tendón supraespinoso secundaria a probable rotura parcial antigua, tendinopatía del tendón subescapular izquierdo actual secundaria a rotura parcial antigua, bursitis subacromio/deltoidea crónica izquierda, signos degenerativos de caderas y rodillas, desviación axial rotuliana externa bilateral que origina síndrome de hiperpresión rotuliana, signos degenerativos columna dorsal, artrosis articulación acromio-clavicular derecha, denervación crónica en territorio radicular L5 ambos lados, S1 izquierdo, C6 ambos lados, C7 derecho, insuficiencia vertebro-vascular, amputación completa4° y 5° dedos mano izquierda, amputación 3° dedo a nivel de la falange proximal mano izquierda.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

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