STSJ Andalucía 217/2015, 22 de Enero de 2015

PonenteLUIS LOZANO MORENO
ECLIES:TSJAND:2015:55
Número de Recurso3261/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución217/2015
Fecha de Resolución22 de Enero de 2015
EmisorSala de lo Social

Rº.3261/13 -AU- Sent. 217/15

Excmo. Sr.:

D. Antonio Reinoso y Reino, Presidente de la Sala

Iltmos. Sres.:

D. Luis Lozano Moreno

Dª Carmen Pérez Sibón

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En Sevilla, a veintidós de enero de dos mil quince.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 217/2.015

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Dª Isidora contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº Dos de Huelva, dictada en los autos nº 61/13; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Luis Lozano Moreno, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por la recurrente contra el Colegio Oficial de Arquitectos de Huelva, se celebró el Juicio y se dictó Sentencia el diecisiete de julio de 2013 ., por el Juzgado de referencia, en la que se desestimó la demanda por despido, teniéndose por desistida a la parte actora respecto de la reclamación de cantidad.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. El Colegio Oficial de Arquitectos de Huelva (CIF Q210023H), creado con dicha denominación por Decreto de la Junta de Andalucía nº 100/2001, de 10 de abril, tal y como se define en el artículo 1 de sus Estatutos (por reproducidos), es una Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica propia competente para ejercer y desarrollar las funciones encomendadas por el ordenamiento jurídico vigente a los Colegios Profesionales, por lo que se refiere al ejercicio de la Arquitectura dentro del ámbito territorial de la provincia de Huelva. Se rige por sus Estatutos Particulares (por reproducidos).

  2. Dª Isidora, mayor de edad y con DNI NUM000, ha venido prestando servicios por cuenta y bajo la dependencia del Colegio de Arquitectos de Huelva, desde el 14.11.2005, como Oficial de segunda y centro de trabajo en esta ciudad.

    La relación laboral se formalizó por escrito por virtud de contrato temporal de fecha 14.11.05 y se ha regido por el Convenio Colectivo del personal de la Demarcación de Huelva del Colegio de Arquitectos de Andalucía Occidental (al que hacemos remisión expresa y reproducimos). Durante 2012, la demandante ha percibido la suma mensual de 1.961,57 euros reseñadas en las nóminas a los folios 631 y ss (por reproducidas) más una gratificación voluntaria de 600 euros en mayo 2012. El desglose de las nóminas era el que se dice a continuación:

    Salario base: 1565,58 euros.

    Antigüedad: 250,49 euros.

  3. El art. 15 del Convenio a que se hace referencia en el hecho anterior reconocía bajo la rúbrica "Salarios de Convenio" lo siguiente:

    "Para el año 1995, serán los vigentes en 1994 incrementados en el 2,5%, en 12 pagas ordinarias y 4 extraordinarias prorrateadas estas últimas en doce mensualidades.

    (...) En caso de prórroga para años sucesivos, se incrementará el IPC".

    Dicho Convenio fue denunciado por la Junta de Gobierno el 19.10.12.

  4. Hasta diciembre de 2012, las nóminas de los empleados del Colegio de Arquitectos de Huelva (en adelante, COAH) se confeccionaban por el propio personal del COAH, incluyéndose las pagas extras prorrateadas en doce mensualidades bajo los conceptos de salario base y antigüedad.

    Excepcionalmente, el COAH abonaba una/s gratificación/es voluntaria/s dependiendo de la marcha y funcionamiento del Colegio.

    El 01.10.12 el COAH suscribió contratos de asesoramiento fiscal y contable con Gabinete Pichardo Calero SL que se encargó de la elaboración de las nóminas del personal de organismo demandado, desde enero 2013 en adelante. Estas últimas reconocen los mismos conceptos retributivos que las anteriores a enero de 2013 y por el mismo importe, si bien aparece desglosado el concepto de "prorrata de pagas extras".

  5. El COAH y MAPFRE tiene concertado seguro colectivo de vida a los folios 64 y ss. (por reproducido) en la que la demandante aparece como asegurada.

  6. La Asamblea Ordinaria de 15.12.09 aprobó el presupuesto formulado por la Junta de Gobierno para el ejercicio 2010, recogiéndose en el acta levantada al efecto (por reproducida) que:

    "(...) El Sr. Tesorero comienza exponiendo la crisis general de la economía y del sector de la construcción, que ha afectado directamente a la de los colegiados y lógicamente al Colegio.

    Explica las previsiones de cierre teniendo en cuenta, fundamentalmente, la caída de los ingresos, que estima continuará los años siguientes por el escaso trabajo profesional. Esta situación ha motivado la incorporación como partida de ingresos la correspondiente a remanentes de años anteriores, significando que si no se recortan los gastos agotaremos nuestras reservas en tres años.

    (...) El Sr. Decano informa que la plantilla se reducirá en 7 personas, con la indemnización máxima de 45 días, aunque existan otras posibilidades que algunos Colegios han escogido, como los 20 días máximos, existiendo el acuerdo con el personal según el convenio que se suscribió el año pasado de reducción de salarios de que en caso de despido en el año 2010 se indemnizaría lo máximo previsto por la ley".

  7. En sesión de la Asamblea General ordinaria del COAH de 15.12.11 se rechazó la propuesta de presupuesto ordinario para el ejercicio de 2012, produciéndose la prórroga automática de los presupuestos del año 2011.

  8. En sesión de la Junta de Gobierno celebrada el 29.10.12 se acordó las extinciones de contratos de trabajo de determinado personal laboral del Colegio, según acta al efecto levantada (folios 69 y ss, por reproducidos), afectando a las relaciones laborales de 7 trabajadores, invocándose causas económicas, organizativas y de producción según los arts. 51, 52 y 53 ET .

    Contra dicho acuerdo se interpuso Recurso de Alzada ante el Consejo Andaluz de Colegios de Arquitectos, por D. Estanislao, Gerente y Secretario Técnico afectado por la extinción, Recurso que fue desestimado mediante Resolución de fecha 18.03.13 (por reproducida).

  9. El 12.11.12 la demandante recibió carta de su empleador que rezaba así:

    "Muy señor nuestro:

    Por la presente, ponemos en su conocimiento que la Junta de Gobierno de este Colegio Profesional en su sesión del pasado día 29-10-12 y en base a las facultades que a la misma le reconoce el artículo 52 c) del Estatuto de los Trabajadores, en relación con el art. 51 del mismo, ha tomado la decisión de dar por rescindido su contrato de trabajo con efectos de hoy día 12-11-2012 procediendo a la extinción del mismo por causas objetivas y, en concreto, por razones económicas, de producción y organizativas.

    La dolorosa decisión de amortizar su puesto de trabajo, viene motivada por la fortísima caída de actividad en el Sector de la promoción y edificación de viviendas, y por tanto, de la actividad arquitectónica y de este Colegio de Arquitectos de Huelva, sin que, a corto o medio plazo se vislumbre ningún tipo de indicador al alza en dicha actividad sino todo lo contrario, pues lamentablemente, las previsiones apuntan a un desplome aún mayor si cabe al actual.

    Como usted bien sabe, dicha caída no se circunscribe exclusivamente a la provincia de Huelva sino que es general en el resto del Estado Español, habiendo propiciado que otros Colegios de Arquitectos se hayan visto obligados a tener que adoptar medidas encaminadas a reducir sus estructuras y plantillas en aras de la propia supervivencia de la Institución Colegial.

    A continuación, de manera resumida concretamos las causas que fundamentan la decisión adoptada:

    En cuanto a las causas económicas podemos concretar lo siguiente :

    El importe neto de la cifra de negocios del Colegio Oficial de Arquitectos de Huelva se ha ido reduciendo progresivamente desde el ejercicio 2008 hasta la actualidad, existiendo pérdidas tanto en el resultado de explotación como en el resultado del ejercicio. A continuación proporcionamos los datos económicos de los ejercicios 2008, 2009, 2010, 2011 y del 2012 al 30 de Septiembre:

    Evolución de la Cuenta de Resultados durante el período 2008 al 2011 y 2012 al 30 septiembre (en Euros)

    2008 2009 2010 2011 2012

    Importe total Ingresos 1417256,1 972867,93 902378 873263 468507,6

    Gastos de Personal 1287727,75 961294,24 994579 786477 539240,97

    Resultado de explotación -523494,61 -498902,67 -549911 -226741 -318053,02

    Resultado Ejercicio -425497,51 -470551,6 -545779 -193941 -315476,22

    De los datos arrojados, se desprende lamentablemente, la existencia de pérdidas actuales en el Colegio, observándose:

    - Que el capítulo de gastos de personal en relación con el total de los ingresos supone: en el año 2008 el 90,86 %, en el 2009 el 98,81 %, en el 2010 el 110,22 %, en el 2011 el 90,06 % y en el 2012 al 30 de septiembre el 115,09 %.

    - Que el porcentaje de variación interanual acumulado de los Ingresos desde el ejercicio 2008 al 30/09/2012 es el - 66,94 %.

    Seguidamente mostramos tabla comparativa de ingresos del Colegio de los dos últimos ejercicios, donde se observa también, la disminución persistente del nivel de ingresos ordinarios, toda vez, que durante tres trimestres consecutivos inmediatamente anteriores a la medida de su cese, el primero, segundo y tercero del ejercicio 2.012, el nivel de ingresos ordinarios de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior.

    Tabla comparativa de ingresos del COAH

    Período Ejercicio 2011 Ejercicio 2012 Diferencia

    Primer Trimestre 268.453,81 205.692,67 -62671,14

    Segundo Trimestre 230.448,93 143.058,89 -87390,04

    Tercer Trimestre 168.679,19 110.468,13 -58211,06

    En lo referente a las causas productivas :

    Los indicadores de actividad de los ejercicios 2008, 2009, 2010, 2011 y del 2012 cerrado al 30 de Septiembre, demuestran la disminución de la actividad del Colegio, y por ende, del volumen de trabajo del mismo (Proyectos Visados, Otros documentos visados, Certificaciones de Obras...

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