STSJ Andalucía 1651/2014, 13 de Noviembre de 2014
Ponente | MANUEL MARTIN HERNANDEZ-CARRILLO |
ECLI | ES:TSJAND:2014:9967 |
Número de Recurso | 1152/2014 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 1651/2014 |
Fecha de Resolución | 13 de Noviembre de 2014 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA
Avda. Manuel Agustín Heredia nº 16
N.I.G.: 2906744S20120007777
Negociado: MA
Recurso: Recursos de Suplicación 1152/2014
Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº1 DE MALAGA
Procedimiento origen: Seguridad Social en materia prestacional 605/2012
Recurrente: SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
Representante: ROSALIA HIDALGO ORTIZ (LDO. SUSTITUTO DEL ABOGADO DEL ESTADO)
Recurrido: Coro
Representante:AGUSTIN SOUVIRON SCHIMPF
Sentencia Nº 1651/2014
ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE
ILTMO. SR. D. JOSE LUIS BARRAGAN MORALES,
ILTMO. SR. D. MANUEL MARTIN HERNANDEZ CARRILLO
En la ciudad de Málaga a trece de noviembre de dos mil catorce
La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA CON SEDE EN
MÁLAGA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente:
S E N T E N C I A
En el Recursos de Suplicación interpuesto por SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº1 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo./Iltma Sr. /Sra
D./ MANUEL MARTIN HERNANDEZ CARRILLO.
Que según consta en autos se presentó demanda por Coro sobre Seguridad Social en materia prestacional siendo demandado SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 31/3/2013 . La parte dispositiva de dicha resolución expresa: " Que debemos estimar la demanda formulada, revocándose la resolución impugnada del INEM, debiendo concederse a la actora la prestación por desempleo por el periodo y cuantía legalmente establecido, condenando al SPEE a estar y pasar por esta declaración."
En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
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- La actora solicitó prestación por desempleo. Por resolución de 25.4.12. se le denegó prestación por desempleo porque "no se encuentra en situación legal de desempleo".
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- La actora prestó servicios en la empresa "Fundación de las Tres Culturas". La empresa concedió a la actora la situación de excedencia forzosa con fecha de efectos 15.6.09. para que la actora desempeñara un puesto político de carácter temporal como "asesora para temas de internacional, con rango de Subdirectora General en el gabinete del Vicepresidente 3º y ministro de Política Territorial del Gobierno de España". Una vez cesada en su puesto político el 22.12.11., pidió el reingreso el 10.1.12., que no fue contestado por la empresa. Posteriormente, el 9.2.12. se solicitó el permiso adicional de maternidad para cuando terminara el disfrute del permiso de maternidad. La empresa no contestó.
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- La actora considerando que era objeto de un despido tácito, interpuso papeleta de conciliación el
15.2.12.
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- Mediante carta de 17.2.12. la actora fue objeto de despido disciplinario. El 17.2.12. se firmó acuerdo transaccional extrajudicial, el mismo consta unido a los autos y lo damos por reproducido. A la actora se le ha abonado la indemnización correspondiente. 5º.- Contra la resolución se interpuso reclamación previa que fue desestimada porque la actora no se encuentra en situación legal de desempleo y dentro del colectivo de personas que quieren y pueden trabajar
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- La actora es administradora mancomunada desde Agosto de 2013 de las sociedades "Inversiones Acevedo Artacho El Palmeral S.L.", "Promociones Agroforestales Artacho-Acevedo S.L." y "Inversiones J.F.A. Acevedo Sánchez S.L.".
Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte demandada, recurso que formalizó siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal el 28/7/2014 se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.
La demandante prestó servicios para la Fundación de las Tres Culturas, solicitando excedencia forzosa durante el desempeño de determinado cargo político (subdirectora general en el gabinete del...
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ATS, 7 de Junio de 2016
...o requieren de la existencia previa de un despido" , para lo que invoca de contraste la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Málaga), de 13 de noviembre de 2014 (Rec. 1152/2014 ), que confirma la de instancia que reconoció el derecho de la actora a la prestación por des......