STSJ Asturias 2348/2014, 7 de Noviembre de 2014

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2348/2014
EmisorTribunal Superior de Justicia de Asturias, sala social
Fecha07 Noviembre 2014

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 02348/2014

ET, sentencia del Tribunal Supremo de fecha 28 de marzo de 2012

T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

NIG: 33037 44 4 2013 0001620

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACIÓN 2059/2014

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 538/2013 y acum. 539/2913 a 546/2013 del JDO. DE LO SOCIAL de MIERES

Recurrente/s: Jesús, EULEN SA

Abogado/a: ALBERTO ALONSO FERNÁNDEZ, INDALECIO TALAVERA SALOMÓN

Recurrido/s: Jesús, EULEN SA, Plácido, Jose Luis, Juan Miguel, Baltasar, Eleuterio, Hermenegildo, Martin, Segismundo, TRANSPORTES BLANCO SA, CESPA CONTEN SA, IBERDROLA GENERACION S.A.U.

Abogado/a: ALBERTO ALONSO FERNÁNDEZ, ALFONSO GONZÁLEZ TRELLES, INDALECIO TALAVERA SALOMÓN, COVADONGA PÉREZ-ESPINOSA GONZÁLEZ, MAZEN FAIDI OBIOLS, ALFONSO RODRÍGUEZ FRADE

Sentencia nº 2348/2014

En OVIEDO, a siete de noviembre de dos mil catorce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, el Tribunal de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, formado por los Ilmos. Sres. Dª. MARÍA ELADIA FELGUEROSO FERNÁNDEZ, Presidenta, D. FRANCISCO JOSÉ DE PRADO FERNÁNDEZ, Dª. PALOMA GUTIÉRREZ CAMPOS y Dª. MARÍA PAZ FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el RECURSO DE SUPLICACIÓN 2059/2014, formalizado por el Letrado D. José Alberto Alonso Fernández, en nombre y representación de D. Jesús, y por el Letrado D. Alfonso González Trelles en nombre y representación de la empresa EULEN SA, contra la sentencia número 501/2013 dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de MIERES en el procedimiento DEMANDA 538/2013 y acum. 539/2913 a 546/2013 seguido a instancia de D. Jesús, D. Plácido . D. Jose Luis, D. Juan Miguel, D. Baltasar, D. Eleuterio,

D. Hermenegildo, D. Martin y D. Segismundo frente a la citada empresa recurrente, CESPA CONTEN SA, representada por Dª Olga Huelamo Ojeda, asistida por el Letrado D. Mazen Faidi Obiols, IBERDROLA GENERACIÓN S.A.U. representada por el Letrado D. Alfonso Rodríguez Frade y TRANSPORTES BLANCO SA, representada por la Letrada Dª Covadonga Pérez-Espinosa González Lobón, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. PALOMA GUTIÉRREZ CAMPOS .

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Jesús, D. Plácido . D. Jose Luis, D. Juan Miguel, D. Baltasar, D. Eleuterio, D. Hermenegildo, D. Martin y D. Segismundo presentaron demanda contra las empresas EULEN SA, CESPA CONTEN SA, IBERDROLA GENERACIÓN S.A.U. y TRANSPORTES BLANCO SA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual dictó la sentencia número 501/2013, de fecha trece de noviembre de dos mil trece .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. - El actor, Plácido, ha venido prestando servicios con la categoría de Oficial 2ª, por cuenta y orden de la empresa EULEN S.A., en la central térmica de Lada, propiedad de IBERDROLA GENERACIÓN S.A., ejecutando labores de carboneo de esta empresa. En el periodo comprendido entre el mes de mayo de 2012 a abril de 2013, percibió el actor una retribución de 26.766,05 #.

    Comenzó el actor a prestar servicios en el referido centro de trabajo desarrollando la misma actividad de carboneo el 3 de marzo de 1999, por cuenta de la empresa FELGUERA MONTAJES Y MANTENIMIENTO S.A.

    Celebró el actor contrato de duración determinada por razón de obra o servicio con la empresa FELGUERA MONTAJES Y MANTENIMIENTO S.A. el 26 de abril de 1999, en los términos que obran al folio

    1.527 de autos, que se da por reproducido.

    El 1 de junio de 2004 celebró el actor contrato por obra o servicio con la empresa LACERA SERVICIOS Y MANTENIMIENTO S.A., en los términos que obran al folio 1.526 de autos.

  2. - El actor, Jose Luis, ha venido prestando servicios con la categoría de Especialista, por cuenta y orden de la empresa EULEN S.A., en la central térmica de Lada, propiedad de IBERDROLA GENERACIÓN S.A., ejecutando labores de carboneo de esta empresa. En el periodo comprendido entre el mes de mayo de 2012 a abril de 2013, percibió el actor una retribución de 22.506,16 #.

    Comenzó el actor a prestar servicios en el referido centro de trabajo desarrollando la misma actividad de carboneo el 1 de junio de 2004, por cuenta de la empresa LACERA SERVICIOS Y MANTENIMIENTO S.A., causando baja en esta empresa el 31 de mayo de 2005.

    El 1 de julio de 2005 celebró el actor contrato indefinido con la empresa LACERA SERVICIOS Y MANTENIMIENTO S.A., en los términos que obran al folio 1.537 de autos.

  3. - El actor, Juan Miguel, ha venido prestando servicios con la categoría de Especialista, por cuenta y orden de la empresa EULEN S.A., en la central térmica de Lada, propiedad de IBERDROLA GENERACIÓN S.A., ejecutando labores de carboneo de esta empresa. En el periodo comprendido entre el mes de mayo de 2012 a abril de 2013, percibió el actor una retribución de 25.454,84 #.

    Comenzó el actor a prestar servicios en el referido centro de trabajo desarrollando la misma actividad de carboneo el 2 de enero de 1989, por cuenta de la empresa DURO FELGUERA S.A.; causó baja en esta empresa el 31 de enero de 1991. Causa alta por razón de la ejecución de iguales trabajos para la empresa FELGUERA MONTAJES Y MANTENIMIENTO S.A. el 1 de febrero de 1991, siendo baja el 1 de enero de 1992. Causa alta por razón de la ejecución de iguales trabajos para la empresa FELGUERA MONTAJES Y MANTENIMIENTO S.A. el 2 de enero de 1992, siendo baja el 31 de mayo de 2004.

    El 1 de junio de 2004 celebró el actor contrato por obra o servicio con la empresa LACERA SERVICIOS Y MANTENIMIENTO S.A., en los términos que obran al folio 1.546 de autos.

  4. - El actor, Baltasar, ha venido prestando servicios con la categoría de Oficial 1ª, por cuenta y orden de la empresa EULEN S.A., en la central térmica de Lada, propiedad de IBERDROLA GENERACIÓN S.A., ejecutando labores de carboneo y cenizas de esta empresa. En el periodo comprendido entre el mes de mayo de 2012 a abril de 2013, percibió el actor una retribución de 27.362,11 #.

    Comenzó el actor a prestar servicios en el referido centro de trabajo desarrollando la misma actividad de carboneo el 12 de noviembre de 2001, por cuenta de la empresa EULEN S.A., causando baja el 26 de noviembre de 2001. Causa alta por razón de la ejecución de iguales trabajos para la empresa EULEN S.A. el 2 de mayo de 2002, siendo baja el 31 de diciembre de ese año. El 2 de enero de 2003 causa nueva alta hasta el 15 de agosto de 2003, otorgando contrato por obra o servicio en los términos que obran al folio 1.554 de autos.

    El 16 de agosto de 2003 causa el actor alta para la empresa LACERA SERVICIOS Y MANTENIMIENTO S.A.

  5. - El actor, Eleuterio, ha venido prestando servicios con la categoría de Oficial 1ª, por cuenta y orden de la empresa EULEN S.A., en la central térmica de Lada, propiedad de IBERDROLA GENERACION S.A., ejecutando labores de carboneo de esta empresa. En el periodo comprendido entre el mes de mayo de 2012 a abril de 2013, percibió el actor una retribución de 30.950,49 #.

    Comenzó el actor a prestar servicios en el referido centro de trabajo desarrollando la misma actividad de carboneo el 17 de junio de 1991, por cuenta de la empresa FELGUERA MONTAJES Y MANTENIMIENTO

    S.A, causando baja el 14 de julio de 1991. Causa nueva alta por razón de la ejecución de iguales trabajos para la misma empresa el 16 de julio de 1991, siendo baja el 31 de mayo de 2004, celebrando contrato por obra o servicio que obra al folio 1.561 de autos.

    El 1 de junio de 2004 celebró el actor contrato por obra o servicio con la empresa LACERA SERVICIOS Y MANTENIMIENTO S.A., en los términos que obran al folio 1.562 de autos.

  6. - El actor, Hermenegildo, ha venido prestando servicios con la categoría de Oficial 1ª, desempeñando funciones de jefe de equipo, por cuenta y orden de la empresa EULEN S.A., en la central térmica de Lada, propiedad de IBERDROLA GENERACIÓN S.A., ejecutando labores de carboneo de esta empresa. En el periodo comprendido entre el mes de mayo de 2012 a abril de 2013, percibió el actor una retribución de 34.596,97 #.

    Comenzó el actor a prestar servicios en el referido centro de trabajo desarrollando la misma actividad de carboneo el 2 de enero de 1989, a virtud de contrato de apertura de nuevo centro de trabajo concertado con la empresa DURO FELGUERA S.A., en los términos que obran al folio 1.571 de autos. Dicho contrato fue objeto de sucesivas prórrogas hasta el 1 de julio de 1991. El 25 de julio de 1991 se concierta con la empresa FELGUERA MONTAJES Y MANTENIMIENTO S.A. prórroga del contrato desde el 2 de julio de 1991 hasta el 1 de enero de 1992.

    Causa alta por razón de la ejecución de iguales trabajos para la empresa FELGUERA MONTAJES Y MANTENIMIENTO S.A. el 2 de enero de 1992, siendo baja el 31 de mayo de 2004.

    El 1 de junio de 2004 causa alta el actor por cuenta de la empresa LACERA SERVICIOS Y MANTENIMIENTO S.A., para la ejecución de las tareas de carboneo en la central térmica.

  7. - El actor, Martin, ha venido prestando servicios con la categoría de Oficial 1ª, realizando funciones de jefe de equipo, por cuenta y orden de la empresa EULEN S.A., en la central térmica de Lada, propiedad de IBERDROLA GENERACIÓN S.A., ejecutando labores de carboneo de esta empresa. En el periodo comprendido entre el mes de mayo de 2012 a abril de 2013, percibió el actor una retribución de 33.601,72 #.

    Comenzó el actor a prestar servicios en el referido centro de trabajo desarrollando la misma actividad de carboneo el 2 de enero de 1989, por cuenta de la empresa DURO...

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