STSJ País Vasco 464/2014, 23 de Octubre de 2014

PonenteJUAN ALBERTO FERNANDEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJPV:2014:3158
Número de Recurso590/2013
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución464/2014
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NÚMERO 590/2013

DE Ordinario

SENTENCIA NÚMERO 464/2014

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANÍA

MAGISTRADOS:

D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ

D. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ SAIZ

En Bilbao, a veintitrés de octubre de dos mil catorce.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 590/2013 y seguido por el procedimiento ordinario, en el que se impugna: RESOLUCIÓN 53/2013 DE 8 DE JULIO DEL ÓRGANO ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES QUE RESUELVE EL RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN INTERPUESTO CONTRA ACUERDO DE 19-12-2012 DEL AYUNTAMIENTO DE GÓRLIZ DE EXCLUSIÓN DE SU PROPUESTA CONTRACTUAL Y DECLARACIÓN DE DESIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTES DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS A CENTROS DE TRATAMIENTO ESPECIALIZADO, LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE CONTENEDORES Y SU ENTORNO, RECOGIDA DE ENSERES VOLUMINOSOS Y LIMPIEZA Y BARRIDO DE CALLES. $.

Son partes en dicho recurso:

- DEMANDANTE : CESPA, COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SERVICIOS PÚBLICOS AUXILIARES, S.A., representada por la Procuradora Dª. MARTA ARRUZA DOUEIL y dirigida por el Letrado D. ALBERTO JOSÉ MUNTANER PEDROSA.

- DEMANDADA : AYUNTAMIENTO DE GÓRLIZ, representado por la Procuradora Dª. MARÍA JOSÉ GONZÁLEZ COBREROS y dirigido por la Letrada Dª. ARANTZAZU ARRANZ BILBAO.

-OTRA DEMANDADA: INBISA SERVICIOS Y MEDIO AMBIENTE, S.A., representada por el Procurador D. ALBERTO ARENAZA ARTABE y dirigida por el Letrado D. FERNANDO CANALES PINACHO.

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 25-9-2013 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que Dª. MARTA ARRUZA DOUEIL, actuando en nombre y representación de CESPA, COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SERVICIOS PÚBLICOS AUXILIARES, S.A., interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Resolución 53/2013, de 8 de julio, del Titular del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi que inadmitió el recurso especial interpuesto por Cespa Compañía Española de Servicios Públicos Auxiliares, S.A. contra el acuerdo de 19-12-2012 del Ayuntamiento de Górliz que excluyó la propuesta de la recurrente y declaró desierta la adjudicación del servicio de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos a centros de tratamiento especializado, limpieza y mantenimiento de contenedores y su entorno, recogida de enseres voluminosos, limpieza y barrido de calles; quedando registrado dicho recurso con el número 590/2013.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se estimen íntegramente sus pretensiones.

TERCERO

En los escritoS de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal, por ambas demandadas, el dictado de una sentencia por la que se desestime la demanda en todos sus pedimentos y se le impongan las costas a la parte actora, interesando además la primera de ellas que, subsidiariamente, de declararse la nulidad de la resolución impugnada se desestime la pretensión de nulidad del acuerdo del ayuntamiento, o que, subsidiariamente, si se estimare la nulidad de dicho acuerdo, se declare improcedente la retroacción de actuaciones por haber tenido lugar ya la misma..

CUARTO

Por Decreto de 2-5-2014 se fijó como cuantía del presente recurso la de indeterminada.

QUINTO

Por resolución de fecha 13-10-2014 se señaló el pasado día 16-10-2014 para la votación y fallo del presente recurso.

SEXTO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso contencioso-administrativo se ha presentado contra la Resolución 53/2013 de 8 de Julio del Titular del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi que inadmitió el recurso especial interpuesto por Cespa Compañía Española de Servicios Públicos Auxiliares SA contra el acuerdo de 19-12-2012 del Ayuntamiento de Gorliz que excluyó la propuesta de la recurrente y declaró desierta la adjudicación del servicio de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos a centros de tratamiento...

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