STSJ Cantabria 815/2014, 18 de Noviembre de 2014

PonenteELENA PEREZ PEREZ
ECLIES:TSJCANT:2014:977
Número de Recurso697/2014
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución815/2014
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2014
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 000815/2014

En Santander, a 18 de noviembre de 2014.

PRESIDENTE

Ilma. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADAS

Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz

Ilma. Sra. Dª. ELENA PEREZ PEREZ (PONENTE)

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Octavio contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Seis de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. ELENA PEREZ PEREZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Octavio siendo demandados la SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO REGIONAL DE CANTABRIA, S.A. (SODERCAN) y otros sobre Despido y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 30 de Junio de 2014 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. -.- El actor, D. Octavio, ha venido prestando sus servicios profesionales en la empresa demandada, SODERCAN, con antigüedad desde el desde el 15 de febrero de 1991, ostentando la categoría profesional de Operador Informativo, y percibiendo un salario anual, con prorrata de pagas extraordinarias, de 26.123 #.

  2. - Mediante carta de fecha 12 de junio de 2012, la empresa demandada comunicó al actor lo siguiente:

    "Sirva la presente para poner en su conocimiento que la Dirección de esta Empresa se ve en la necesidad de extinguir su contrato de trabajo con efectos del día de hoy 12 de junio de 2012 (último día de trabajo).

    El despido se realiza al amparo de la regulación sobre despido colectivo (ERE) contenida en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores .

    De acuerdo con las previsiones de ese precepto, entre el 26 de abril y el 25 de mayo de 2012 se ha desarrollado un periodo de consultas entre la empresa y la representación de los trabajadores que ha culminado con un acuerdo que incluía, en particular, la extinción de 19 contratos de trabajo cuya relación individualizada figura en anexo al acta final de acuerdo del periodo de consultas. Para su conocimiento, se adjunta a esta comunicación (integrándose pues en la misma) y se le hace entrega en este mismo acto, de una copia del acuerdo final alcanzado. Las causas legales que justifican el despido colectivo son básicamente de tipo económico, unidas a razones de tipo organizativo y, puntualmente, de producción, tal y como, de manera sintética, se exponen a continuación.

    Del análisis de los resultados de SODERCAN, empresa integrada en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se desprende la existencia de una situación económica negativa derivada de la reiteración de pérdidas en sus resultados anuales. Esas pérdidas recurrentes se vienen compensando con aportaciones del Gobierno de Cantabria que, en el contexto actual de ajuste del gasto público, han sido objeto de severos recortes.

    Por otro lado, varios informes técnicos indican la existencia de un sobredimensionamiento en la actual plantilla de SODERCAN.

    SODERCAN inició a finales de 2011 un proceso de reorganización interna cuyos primeros pasos fueron una modificación de su organigrama (reduciendo de manera sustancial el número de Áreas de Dirección) y la extinción, mediante despidos individuales por causas objetivas, de los contratos correspondientes a los puestos directivos eliminados. Se afronta ahora el redimensionamiento de la plantilla actual dentro del nuevo organigrama reduciendo su tamaño para poder continuar afrontando el núcleo básico de actividad de la empresa pública en condiciones compatibles con un escenario de limitaciones presupuestarias.

    Puntualmente, la reorganización de la plantilla debe igualmente tener en cuenta la limitación de los recursos que desde los presupuestos públicos pueden ponerse a disposición de SODERCAN para la financiación de ayudas y proyectos.

    Para que pueda usted disponer de un completo conocimiento de las causas justificativas del despido colectivo, se anexa a esta comunicación (integrándose pues en la misma) y se le hace entrega en este mismo acto, de la memoria explicativa que la empresa presentó al inicio del periodo de consultas y en la que se realiza una explicación detallada de las razones que fundamentan el despido colectivo, inicialmente planteado por la empresa para la extinción de 32 contratos de trabajo, y finalmente reducidos a 19, tras el acuerdo logrado con la representación de los trabajadores en el marco del periodo de consultas desarrollado.

    La distribución de los despidos (32 en el planteamiento inicial) entre las diferentes Direcciones y Áreas de SODERCAN se recogía en el Plan de Redimensionamiento que la empresa incluyó dentro de la documentación inicial del periodo de consultas. Concretamente, en lo que afecta al Área en la que usted desarrolla sus servicios (es decir, el Área de Gestión TIC de la Dirección de Servicios Centrales) ese Plan señalaba lo siguiente.

    ÁREA: GESTIÓN TIC

    La distribución de puestos en el Área de Gestión TIC en función de los Grupos Profesionales, es la siguiente:

    NÚMERO DE PUESTOS TOTALES 7

    GRUPO TÉCNICO 7

    GRUPO ADMINISTRATIVO -ACTIVIDADES

    El Área de Gestión de las Tecnologías de información y Telecomunicaciones (Gestión TIC) realiza las funciones relativas a la gestión de las aplicaciones informáticas (Software) y de las infraestructuras (Hardware), así como la gestión de las telecomunicaciones de las entidades del Grupo SODERCAN.

    Los procesos de esta área se encuentran sistematizados, procedimentados y documentados.

    JUSTIFICAClÓN

    Este Área, al igual que otras que prestan servicios transversales al Grupo, es sensible al dimensionamiento del personal adscrito a las entidades a las que prestan asistencia, y a la relación de infraestructuras y telecomunicaciones sobre las que dan soporte técnico y de mantenimiento.

    En esta Iínea, y teniendo en cuenta la reducción paulatina efectuada de las sociedades que forman parte del Grupo, partiendo de ocho entidades y siendo en la actualidad cuatro, la reagrupación de las mismas en las instalaciones de la Sociedad Gestora del Parque Científico y Tecnológico de Cantabria (PCTCAN), unificando a su personal en un mismo edificio, y el redimensionamiento del personal planteado en este plan, hace todo ello que la carga de trabajo se vea reducida de forma muy significativa. Si en algún momento, y por circunstancias concretas de la gestión de infraestructuras tecnológicas y de comunicaciones, fuese necesario un concreto soporte técnico preventivo o correctivo que incrementara sustancialmente la carga de trabajo del Área, este se proporcionara a la organización a través de la contratación puntual de servicios externos externas, permitiendo con ello sustituir gastos fijos por variables y acceder a servicios cualificados y especializados para actividades concretas que así lo exijan.

    PROPUESTA

    En base a lo anteriormente expuesto, se propone disminuir en 4 los efectivos del Grupo Técnico asociados al Área de Gestión TIC del Grupo SODERCAN, quedando distribuida el área de la siguiente forma:

    NÚMERO DE PUESTOS TOTALES 3

    GRUPO TÉCNICO 3

    GRUPO ADMINISTRATIVO -La reducción del número de despidos en función del acuerdo alcanzado con la representación de Ios trabajadores ha determinado que el número de despidos en el Área en el que usted desarrolla su actividad se haya reducido de Ios cuatro inicialmente previstos a tres.

    En función de ello, Ios tres despidos que afectan al Área de Gestión TIC, deben distribuirse entre las siete personas que la integran, es decir, D. Marco Antonio, D. Bernardo, D. Epifanio, D; Hernan, D. Octavio, D. Ricardo y Dña. Inés .

    Por otra parte, le señalamos que Ios criterios de selección de Ios concretos trabajadores afectados han sido los siguientes:

    Extinción de los contratos que correspondan a actividades o Secciones que se eliminen en su totalidad.

    Respeto de las prioridades de permanencia legalmente atribuidas a Ios representantes de Ios trabajadores.

    Idoneidad para garantizar la continuidad en la prestación de Ios servicios.

    Reparto equilibrado de los despidos entre Ios diferentes colectivos de la empresa de manera que, razonablemente, se tienda a equiparar el porcentaje de despidos que afecten a personas de esos grupos con el porcentaje que representan dentro de la plantilla actual.

    En atención al último de Ios criterios, se ha buscado que la distribución de Ios despidos responda a un equilibrio entre los diferentes grupos de la plantilla, de manera que se respetase escrupulosamente la proporción entre hombres y mujeres en la plantilla y se tendiese a mantener el promedio de edad, antigüedad y nivel salarial. En el cuadro que se reproduce a continuación, se refleja una comparativa entre la plantilla inicial objeto de redimensionamiento, las extinciones, y la plantilla resultante.

    Hombres/Mujeres

    Promedio Edad

    Promedio Antigüedad

    Promedio SBA + Variable

    Promedio Coste Empresa

    Plantilla Inicial: 69

    (29) 42% / (40) 58%

    39,5

    9,5

    33.550 #

    42.839 #

    Extinciones: 19

    (8) 42%/(11) 58%

    40,2 10,4 33.787 #

    42.536 #

    Plantilla Restante: 50

    (21) 42%/(29) 58%

    39,2

    9,2

    33.460 #

    42.954 #

    Por todo ello, sin perjuicio de lamentar esta decisión en el plano personal, esperamos que comprenda las razones que la cimentan, y que no vea en ella un menoscabo de su profesionalidad o cualidades individuales.

    De acuerdo con las previsiones recogidas en el acuerdo final del periodo de consultas, le recordamos que puede usted incorporarse al Plan de Recolocaciones que SODERCAN contratará con una empresa externa, así como que ha quedado usted integrado en una bolsa de trabajo a efectos de cobertura de futuras...

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