STSJ La Rioja 142/2014, 2 de Octubre de 2014

PonenteMIGUEL AZAGRA SOLANO
ECLIES:TSJLR:2014:365
Número de Recurso129/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución142/2014
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.LA RIOJA SALA SOCIAL

LOGROÑO

SENTENCIA: 00142/2014

T.S.J. LA RIOJA SALA SOCIALLOGROÑO

C/ BRETON DE LOS HERREROS 5-7 LOGROÑO

Tfno: 941 296 421

Fax:941 296 408

NIG: 26089 44 4 2013 0001265

N08450

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000129 /2014

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000411 /2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de LOGROÑO

Recurrente/s: Jesús María

Abogado/a:

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: UNION REGIONAL DE COMISIONES OBRERAS DE LA RIOJA, FUNDACION FORMACION Y EMPLEO, COMISIONES OBRERAS FEDERACION ESTATAL DE CONSTRUCCION, MADERA Y AFINES, COMISIONES OBRERAS FEDERACION AGROALIMENTARIA, COMISIONES OBRERAS FEDERACION DE COMERCIO, HOSTELERIA Y TURISMO, COMISIONES OBRERAS FEDERACION DE ENSEÑANZA, COMISIONES OBRERAS FEDERACION DE INDUSTRIA, COMISIONES OBRERAS FEDERACION DE INDUSTRIA TEXTIL, PIEL, QUIMICAS Y AFINES, COMISIONES OBRERAS FEDERACION DE PENSIONISTAS Y JUBILADOS, COMISIONES OBRERAS FEDERACION DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, COMISIONES OBRERAS FEDERACION DE SERVICIOS A LA CIUDADANIA, COMISIONES OBRERAS FEDERACION DE SERVICIOS PRIVADOS, COMISIONES OBRERAS FEDERACION DE SERVICIOS FINANACIEROS Y ADMINISTRATIVOS, CONFEDERACION SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS, MINISTERIO FISCAL MINISTERIO FISCAL

Abogado/a:,,,,,,,,,,,,,,

Procurador/a:,,,,,,,,,,,,,,

Graduado/a Social:,,,,,,,,,,,,,,

Sent. Nº 142-2014

Rec. 129/14 Ilmo. Sr. D. Miguel Azagra Solano. :

Presidente. :

Ilmo. Sr. Cristóbal Iribas Genua. :

Ilma. Sra.: Mercedes Oliver Albuerne. :

En Logroño, a dos de octubre de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación nº 129/14 interpuesto por D. Jesús María asistido por el Letrado D. Pedro José Ezquerro Sánchez, contra la sentencia nº 107/14 del Juzgado de lo Social nº Uno de La Rioja de fecha veintiuno de marzo de dos mil catorce y siendo recurridos UNION REGIONAL DE COMISIONES OBRERAS DE LA RIOJA asistido por el Letrado D. David Huarte Lusarreta, MINISTERIO FISCAL, FUNDACION FORMACION Y EMPLEO, FEDERACION ESTATAL DE CONSTRUCCION, MADERA Y AFINES DE CCOO, FEDERACION AGROALIMENTARIA DE CCOO, FEDERACION DE COMERCIO, HOSTELERIA Y TURISMO DE CCOO, FEDERACION DE ENSEÑANZA DE CCOO, FEDERACION DE INDUSTRIA DE CCOO, FEDERACION DE INDUSTRIA TEXTIL, PIEL, QUIMICAS Y AFINES DE CCOO, FEDERACION DE PENSIONISTAS Y JUBILADOS DE CCOO, FEDERACION DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIOSANITARIO DE CCOO, FEDERACION DE SERVICIOS A LA CIUDADANIA DE CCOO, FEDERACION DE SERVICIOS PRIVADOS DE CCOO, FEDERACION DE SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRATIVOS DE CCOO, asisdos por la Letrada Dña. Cristina Segura del Pozo, CONFEDERACION SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS asistida por la Letrada Dña. Eva Silvan Delgado, ha actuado como PONENTE EL ILMO. SR. DON Miguel Azagra Solano.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, por D. Jesús María se presentó demanda ante el Juzgado de lo Social nº Uno de La Rioja, contra UNION REGIONAL DE COMISIONES OBRERAS DE LA RIOJA, MINISTERIO FISCAL, FUNDACION FORMACION Y EMPLEO, FEDERACION ESTATAL DE CONSTRUCCION, MADERA Y AFINES DE CCOO, FEDERACION AGROALIMENTARIA DE CCOO, FEDERACION DE COMERCIO, HOSTELERIA Y TURISMO DE CCOO, FEDERACION DE ENSEÑANZA DE CCOO, FEDERACION DE INDUSTRIA DE CCOO, FEDERACION DE INDUSTRIA TEXTIL, PIEL, QUIMICAS Y AFINES DE CCOO, FEDERACION DE PENSIONISTAS Y JUBILADOS DE CCOO, FEDERACION DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIOSANITARIO DE CCOO, FEDERACION DE SERVICIOS A LA CIUDADANIA DE CCOO, FEDERACION DE SERVICIOS PRIVADOS DE CCOO, FEDERACION DE SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRATIVOS DE CCOO, y CONFEDERACION SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS en reclamación de DESPIDO Y CANTIDADES.

SEGUNDO

Celebrado el correspondiente juicio, recayó sentencia con fecha veintiuno de marzo de dos mil catorce cuyos hechos declarados probados y fallo son del siguiente tenor literal:

"HECHOS PROBADOS

PRIMERO

D. Jesús María ha venido prestando servicios para la UNIÓN REGIONAL DE COMISIONES OBRERAS DE LA RIOJA (CCOO), dedicada a la actividad de sindicato de trabajadores, en el centro de trabajo situado en la Avenida de Pío XII nº 33 de Logroño, con antigüedad desde el 10 de enero de

2.003, categoría profesional de técnico informático, con un salario diario bruto de 71'92 euros, incluidas las partes proporcionales de las pagas extraordinarias, que era abonado mensualmente mediante transferencia bancaria; en virtud de contrato de trabajo indefinido a tiempo completo. En la cláusula tercera de su contrato se pacta un periodo de prueba de 15 días.

SEGUNDO

El actor ostenta desde el año 2.008 la condición de representante legal de los trabajadores de la Unión Regional de CCOO en La Rioja, siendo miembro del Comité de Empresa de la misma.

TERCERO

La referida empresa el día 27 de marzo de 2.013 notificó al trabajador carta obrante a los folios 19 a 22 de las actuaciones, que se da por íntegramente reproducida en aras de la brevedad, donde se comunica la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas, económicas y organizativas, con efectos

de la misma fecha, con el siguiente tenor literal:

" Por la presente, la Dirección de la Unión Regional de Comisiones Obreras de la Rioja, al amparo de lo establecido en el artículo 52 apartado c) del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores le notifica su decisión de EXTINGUIR POR CAUSAS OBJETIVAS, con efectos del día 27 de marzo de 2013, la relación laboral mantenida con usted, al concurrir las causas previstas en el citado artículo y que a continuación se detallan.

Concurrencia de CAUSAS ECONÓMICAS y ORGANIZATIVAS .

Como usted bien conoce, la crisis económica que nos azota desde el año 2008 ha conllevado consecuencias adversas para España, y La Rioja no ha sido una excepción en términos de destrucción de empleo, pérdida de tejido empresarial, retraso en las futuras dotaciones de infraestructuras, disminución persistente de fondos y subvenciones públicas e incluso de pérdida de confianza en el futuro de la región.

CCOO de La Rioja no es ajena a la situación señalada. La coyuntura económica en la que la organización tiene que desenvolverse nos está afectando negativamente, lo que nos impulsa a intensificar las medidas para gestionar los recursos convenientemente, con el objetivo fundamental de seguir desarrollando nuestra actividad sindical. Las restricciones presupuestarias actuales y futuras junto a la disminución de otros ingresos de la actividad relacionados con la merma en la afiliación, y otros ingresos, colocan a la organización en una grave situación económica y financiera que afecta de manera preocupante a su viabilidad futura y de forma inmediata a su situación de tesorería y a su capacidad de hacer frente a los pagos corrientes.

Como consecuencia de lo anterior, la Unión Regional de CC.OO. de La Rioja ha generado durante los años 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012 pérdidas significativas y de seguir así, se prevén resultados más negativos aún para este ejercicio 2013.

Tal y como hemos adelantado, la drástica disminución presupuestaria, unida al mantenimiento de los gastos ha provocado que las pérdidas en los últimos ejercicios se hayan disparado hasta niveles insostenibles, como se puede observar en los siguientes gráficos:

2011 2012 2013*previstos DIFERENCIA 2011-2013

Ingresos de la organización por la actividad propia 1.931.727.41 # 1.556.692,72 # 1.310.692,89 # -32,15 %

Prestación servicios 119.554.75 # 129.613,18 # 120.6693,66 # 0,95 %

Subvenciones oficiales finalistas 1.370.345,70 # 1.216.969,20 # 980.991,69 # -28,41 %

Otros ingresos de explotación 320.884,15 # 311.612,34 # 245.626,45 # -23,45 %

Cuotas afiliación 326.661,84 # 322.661,84 # 311.000,00 # -4,79 %

Gastos Personal -911.029,84 # -764.451,36 # -797.774,07 # -12,43 %

Otros gastos explotación -1.452.823,99 # -1.427.260,10 # -1.138.923,95 # -21,61 %

Amortizaciones -36.206,01 # -30.760,09 # -30.709,36 # -15,18 %

Resultado -40.622,86 # -176.801,65 # -258.628,59 # 536,66 %

RATIO GASTOS PERSONAL/

INGRESOS DE LA ACTIVIDAD -47 % -49% -61%

Como puede observarse en la tabla anterior, la cifra de negocio ha descendido en sólo un año (2011-2012) un 20%, previéndose que este porcentaje se incremente, hasta un 32% en el año 2013.

Especialmente significativa es la merma sufrida en dos conceptos; por un lado subvenciones oficiales finalistas y por otro, la de otros ingresos de explotación, donde el descenso es del 28 y del 23% respectivamente.

* Las cuentas de 2011, son cuentas revisadas por auditores externos y están a su disposición, si así lo requiriere fehacientemente, a partir de la entrega de la presente carta. A fecha actual no se ha iniciado todavía la auditoria de 2012, que no obstante se llevará a cabo.

(aquí gráfico de columnas sobre resultados de los ejercicios 2008-2012) 2008 2009 2010 2011 2012

-214.693,04 # -102.977,17 # -85.301,83 # -40.622,86 # -176.801,65 #

No es previsible que estos resultados puedan mejorar en 2013 dado que las variables económicas y las políticas públicas conforme a los planes presupuestarios aprobados en dichas partidas conducen a la conclusión contraria. En este sentido cabe reseñar que las previsiones para 2013 son si caben más negativas, en especial en materia de subvenciones...

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