STSJ Canarias 1079/2014, 20 de Junio de 2014

PonenteMARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2014:2067
Número de Recurso1752/2012
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución1079/2014
Fecha de Resolución20 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Social

En Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de junio de 2014.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D. HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ, Dña. DOÑA MARIA JESUS GARCIA HERNÁNDEZ y Dña, MARIA JOSÉ MUÑOZ HURTADO, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0001752/2012, interpuesto por D. Benito, frente a Sentencia 000340/2012 del Juzgado de lo Social Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria los Autos Nº 0000501/2011-00 en reclamación de PRESTACIONES siendo Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./Dña. MARIA JESUS GARCIA HERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D. Benito, en reclamación de PRESTACIONESl siendo demandad INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO y celebrado juicio y dictada Sentencia desestimatoria, el día 13 de julio 2012, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El demandante ha venido percibiendo prestaciones por desempleo.

SEGUNDO

Por resolución de 25/02/12 el SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL resolvió declara la percepción indebida de prestación por desempleo en cuantía de 6.071,81# correspondiente al periodo de 01/08/08 a 27/09/10 por el motivo de: dejar de reunir requisitos.

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso reclamación previa que fue desestimada.

CUARTO

El actor convive con su mujer cuya renta asciende a 2.433,26#.

La unidad familiar está compuesta por cinco miembros.

QUINTO

El 75% del SMI para el año 2008 asciende 450#

TERCERO

El Fallo de la Sentencia de instancia literalmente dice: DESESTIMAR la demanda interpuesta por Benito, absolviendo al SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL de los pedimentos efectuados en su contra.

CUARTO

Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte D. Benito, siendo impugnado de contrario y recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente. Señalándose para votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda deducida por D. Benito en impugnación de la Resolución de la subdirección Provincial de Gestión Económica y Servicios de 25 febrero 2011 sobre extinción de prestación por desempleo y percepción indebida con reclamación de cantidades.

Mostrando disconformidad el demandante, a través de su dirección legal, se alza en suplicación, formalizando escrito de recurso que articula a través de un motivo único de censura, denunciando por el cauce previsto en el apartado c/ artículo 193 LRJS, infracción del artículo 215 LGSS .

SEGUNDO

Por Resolución de 25 febrero 2011 el SPEE comunica a D. Benito la extinción del subsidio por desempleo con responsabilidades familiares del que era beneficiario, con efectos de 1/08/2008 así como la percepción indebida de 6.071,81 #, por el periodo 1/08/2008 a 27/09/2010.

Dicha extinción se fundamentaba en que a partir del 1/08/2008 (transcurridos lo 18º días de subsidio), carecía de responsabilidades familiares, ya que las rentas del trabajo de su cónyuge por importe...

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