STSJ Cantabria 904/2012, 29 de Noviembre de 2012

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2012:1187
Número de Recurso758/2012
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución904/2012
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2012
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 000904/2012

En Santander, a 29 de noviembre de 2012.

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS (PONENTE)

MAGISTRADAS

Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz

Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Doroteo, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Seis de Santander, ha sido nombrada Ponente el Ilmo. Sr. D. RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Doroteo, sobre Seguridad Social, siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 22 de Junio de 2012, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El actor, D. Doroteo, nacido con fecha de NUM000 de 1946, figura como afiliado al Régimen General de la Seguridad Social, con el nº NUM001, reuniendo el periodo de cotización suficiente, y siendo su profesión habitual la de Jefe de sucursal (comercial).

  2. - Previo informe de valoración médica de fecha 26 de septiembre de 2011, con fecha de 28 de septiembre de 2011, el INSS dictó resolución por la que se denegaba al actor el reconocimiento en situación de incapacidad permanente.

  3. - La Base Reguladora de la incapacidad permanente total y absoluta, derivada de enfermedad común, es de 2.668,64 # mensuales, con efectos económicos al cese de la actividad que da lugar a la prestación, el 4 de octubre de 2011, fecha en que se le reconoce la pensión de jubilación.

    El tope de la pensión de incapacidad para el año 2011 asciende a 2.497,91 #, y para el año 2012,

    2.522,89 #.

  4. - El actor presenta el siguiente cuadro médico:

    "ANTECEDENTES

    Último proceso de IT del 3-3-08 al 8-3-08: Causa del alta: Mejoría. Diagnóstico. Ansiedad. Refiere acogido a la jubilación parcial.

    Se inicia expediente a instancia de parte.

    AFECTACIÓN ACTUAL

    Refiere que padece de Parkinson (Ver alegaciones). Refiere seguimiento por neurología, con próximas consultas en Octubre 2011. En tratamiento actual (aporta hoja de tratamiento) con mirapexin 1 com/24 h. madopar 250 200/509 3 comp/24 H.

    EXPLORACIONES POR APARATOS

    SISTEMA NERVIOSO

    Exploración física actual (26.9.11): Amimia facial, marcha con ausencia de braceo izquierdo, con amplitud del paso conservado, no presenta dificultad para cambiar de dirección durante la marcha, discreta anteroflexión del tronco, temblor de reposo y acinesia de extremidad superior izda, No micrografía, no alteración de dicción del lenguaje.

    Informe de neurología (14.12.10): Diagnosticado de enfermedad de Parkinson de inicio unilateral (temblor de extremidad superior izda) de aproximadamente 5 años de evolución clínica. Como clínica principal, un cuadro de rigidez, acinesia y temblor que afecta de manera preferente a la extremidad superior izda. Presenta, además síntomas no motores, como trastorno de conducta del sueño REM, no objetivándose anosmia, disfunción eréctil o trastorno esfinteriano.

    Exploración: en la exploración clínica se objetiva amimia facial, temblor de reposo de extremidad superior izda., rigidez y acinesia de extremidad superior izda. Marcha con ausencia de braceo izquierdo, con discreta antero-flexión del tronco y conservación de reflejos posturales.

    Pruebas complementarias: sin hallazgos patológicos.

    En el momento actual el paciente recibe tratamiento madopar (1 comprimido cada 8 horas) y Mirapexin 1,05 MG, comprimidos de liberación prolongada (1 comp al día).

    Juicio diagnóstico: enfermedad de Parkinson de 5 años de evolución clínica.

    CONCLUSIONES

    DEFICIENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS

    Enfermedad de Parkinson

    TRATAMIENTO EFECTUADO, CENTRO ASISTENCIA AL ENFERMO

    Médico (Madopar 1.1.1) y Mirapexin 1 cmp/día.

    Sº de Neurología (HUMV)

    EVOLUCIÓN

    Crónica. Cinco años de evolución clínica.

    POSIBILIDADES TERAPEÚTICAS Y REHABILITADORAS

    Las descritas.

    LIMITACIONES ORGÁNICAS Y FUNCIONALES

    Las propias de la clínica y diagnostico señalados.

    CONCLUSIONES

    Estadio de Hohen y Yahr: Estadio I: Alteración unilateral: La enfermedad se encuentra limitada a un hemicuerpo. Rigidez leve: limitación para actividades profesionales que impliquen esfuerzos físicos y/o bipedestación o deambulación prolongada o trabajos de gran estrés psicológico que puedan desencadenar o agravar el temblor."

  5. - Se ha agotado la vía administrativa previa.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO .- Referida la infracción del artículo 137.5 de la ley General de la Seguridad Social, ya que la sentencia de instancia no reconoce la incapacidad permanente absoluta en el caso de actor, que padece una enfermedad de Parkinson de inicio unilateral de aproximadamente cinco años de evolución que motiva como clínica principal un cuadro de rigidez, acinesia y temblor de reposo; afecta de manera preferente a la extremidad inferior izquierda, la marcha no tiene braceo izquierdo con amplitud del paso conservado y sin dificultad para cambar de dirección durante la marcha, discreta anteroflexión del tronco y conservación de reflejos posturales. También con manifestaciones no motoras como el trastorno de conducta del sueño pero sin alteración de lenguaje ni trastorno esfinteriano. La enfermedad se encuentra limitada a un hemicuerpo.

El Parkinson, enfermedad neurológica, se asocia a rigidez muscular, dificultades para andar, temblor y alteraciones en la coordinación de movimientos. Es una enfermedad muy frecuente que afecta a dos de cada mil personas, y se desarrolla más a partir de los 50 años, tanto en hombres como mujeres. Es un proceso neurológico crónico cuyas causas son la alteración progresiva en la sustancia negra del mesencéfalo (ganglios basales y área extrapiramidal). Estas áreas son zonas nerviosas que controlan y coordinan los movimientos. También tiene como causa la disminución de la dopamina cerebral. Presenta síntomas muy característicos como la rigidez muscular, el temblor, que puede ser de diferentes intensidades, la hipocinesia y la falta de movimientos. Asimismo las dificultades al andar, la lentitud de movimientos, la dificultad para escribir, para comer, o para movimientos finos, el deterioro intelectual, a veces, la ansiedad, la atrofia muscular o la depresión.

De etiología no determinada, no es extraño que implique trastornos ansioso-depresivos y administración medicamentosa, por rigidez muscular (de ahí...

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