STSJ Andalucía 839/2007, 1 de Marzo de 2007

PonenteMARIA DEL CARMEN PEREZ SIBON
ECLIES:TSJAND:2007:1889
Número de Recurso2934/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución839/2007
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Social

839/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Recurso nº 2934/06-JM

Autos nº 720/05

EXCMO SR.:

D. ANTONIO REINOSO Y REINO, PRESIDENTE DE LA SALA

ILTMOS. SRES.:

D. LUIS LOZANO MORENO

Dª Mª CARMEN PÉREZ SIBON, PONENTE

En Sevilla, a uno de marzo de dos mil siete.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NUM. 839/2007

En el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de D. Fernando, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla, Autos nº 720/05; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Mª CARMEN PÉREZ SIBON, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Fernando, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 7 de marzo de 2006, por el Juzgado de referencia, en la que se estimó parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

""Primero.- D. Fernando, nacido el 7 de abril de 1940, solicitó prestación de jubilación el 15 de abril de 2005, la cual le fue denegada por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 18 de mayo de 2005 por encontrarse al descubierto en el pago de las cotizaciones al RETA correspondientes al periodo de enero a junio de 1998, siendo invitado a su pago a efectos del reconocimiento de la prestación

Segundo

Efectuado por el actor dicho pago (en las cuantías señaladas como base de cotización correspondiente al referido periodo que obran al folio 12 de los autos y que se tienen aquí por reproducidas) y formulada reclamación previa el 15 de junio de 2005, fue estimada por resolución de 15 de septiembre de 2005 que le reconoció la prestación en cuantía del 62% de una base reguladora mensual de 1.088,21 euros.

Tercero

Las cantidades cotizadas por el actor, a fecha de abril de 2005, por el periodo comprendido entre mayo de 1990 y abril de 2005 son las expresadas a los folios 43 a 50 de los autos, las cuales se tienen aquí por reproducidas.

Cuarto

El actor ha permanecido en alta en el RETA entre abril de 1974 y julio de 1998, habiendo cotizado durante dichos periodos excepto entre enero de 1975 y diciembre de 1983 y entre julio de 1984 y diciembre de 1986.

También ha permanecido en alta en el Régimen General entre el 18 de marzo de 1999 y el 7 de abril de 2005, cotizando durante dicho periodo.

Quinto

Se ha interpuesto reclamación previa.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpone demanda el beneficiario solicitando el reconocimiento de su derecho a una Base Reguladora de su pensión de jubilación de 1.110,47 €, conforme a un porcentaje del 92 %, oponiéndose con ello a la Resolución de la Entidad Gestora que le reconoció una Base Reguladora de 1088,21 € y un porcentaje de aplicación a la misma del 62 %.

Estimada parcialmente la pretensión por el Juzgado de Instancia, se reconoce la Base Reguladora pedida y se mantiene el porcentaje declarado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Por el demandante se interpone recurso de suplicación que se articula en dos motivos, formulados respectivamente con amparo procesal en los párrafos b) y c) del Art. 191 de la Ley de Procedimiento Laboral,, reduciendo el porcentaje inicialmente reclamado a un 77 %.

SEGUND...

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