STSJ Galicia 34/2013, 5 de Noviembre de 2013

PonenteJUAN JOSE REIGOSA GONZALEZ
ECLIES:TSJGAL:2013:8628
Número de Recurso15/2013
ProcedimientoRecurso de Casación Autonómico
Número de Resolución34/2013
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2013
EmisorSala de lo Civil y Penal

T.S.X.GALICIA SALA CIV/PE

A CORUÑA

SENTENCIA: 00034/2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA

A Coruña, a cinco de noviembre dos mil trece, la Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, constituida por el Ilmo. Sr. Presidente don Juan José Reigosa González y por los Ilmos. Sres. Magistrados don Pablo A. Sande García y don José Antonio Ballestero Pascual dictó

EN NO MBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA NÚMERO

En el recurso de casación nº 15/2013 interpuesto por Dª. Marta y otros, representados por la procuradora Dª Monserrat López Rodríguez, asistidos por el letrado Dº José Javier Velasco González, y en el que es parte recurrida Dº Luis Francisco , representado por la procuradora Dª Mª de los Ángeles Fernández Rodríguez, asistido por el letrado Dº Felisindo B. Arce Vidal, contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ourense con fecha de 27 de marzo 2013 (rollo de apelación 80/2012 ), como consecuencia de los autos de Juicio de Ordinario número 734/2010, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ourense, sobre ampliación de servidumbre de paso.

Es magistrado ponente el Ilmo. Sr. Don Juan José Reigosa González.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: 1. El procurador Dº Jesús Marquina Fernández, en nombre y representación de Dº Luis Francisco , mediante escrito dirigido al Juzgado de Primera Instancia Decano de Ourense, formuló el día 2/7/2010 demanda de juicio ordinario sobre ampliación de servidumbre de paso, contra Dª Marta y otros. En dicha demanda, después de alegar los hechos y fundamentos de derecho tenidos por convenientes, termina solicitando sentencia por la que se declare: Que la parte actora atiene derecho a que el actual acceso a ("Pasadizo Viña da Cova") se amplíe en la forma y condiciones que describe el perito Sr. Benigno en el informe acompañado con la demanda, por resultar en la actualidad insuficiente para el destino actual de la finca propiedad del demandante, con la obligación de éste, de abonar a los demandados la indemnización que para cada uno establece el referido informe o, en su caso, la que señalare el Juzgado.

  1. Contestada la demanda a la que se opuso la parte demandada se celebró la audiencia previa que tuvo lugar el día 18/1/2011, en cuyo acto las partes se ratificaron en sus respectivos escritos de demanda y contestación, recibiéndose el pleito a prueba y practicándose las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado que obra en las actuaciones, señalándose para la celebración del juicio el día 24/3/2011. Quedando los autos conclusos para sentencia.

  2. El Juez del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ourense dictó sentencia con fecha de seis de abril 2011 , cuyo fallo es como sigue: Estimando la demanda interpuesta por el Procurador Jesús Marquina Fernández, en nombre y representación de Luis Francisco contra Marta , Ildefonso , Carmela , Pablo , Julieta y Jose Pablo , DECLARO justificada la petición de ampliación de la servidumbre de paso hasta la vivienda del demandante a través del ACCESO A ("Pasadizo da Viña da Cova"), ampliación que ha de llevarse a efecto en la forma condiciones técnicas que indica el perito Don Benigno en el informe acompañado a la demanda, previa indemnización a los demandados en las sumas indicadas en el mencionado informe, todo ello con imposición de las costas procesales causadas a la parte demandada.

    SEGUNDO : Interpuesto recurso de apelación por la representación de la parte demandada contra la sentencia de primera instancia y tramitada la alzada, la Sección Primera de la Audiencia Provincial dictó sentencia con fecha de 27 de marzo 2013 , cuya parte dispositiva dice:

    Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Marta , Ildefonso , Carmela , Pablo , Julieta y Jose Pablo , contra la sentencia de fecha 6 de abril de 2011, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ourense en autos de Juicio Ordinario nº 734/2010 -rollo de Sala 80/2012, cuya resolución se confirma, con imposición de las costas del recurso a la parte apelante.

    Se decreta la pérdida de la totalidad del depósito constituido para apelar al que se dará el destino legal.

    TERCERO : 1. La representación de la parte apelante citada interpuso recurso de casación mediante escrito presentado el 30/4/2013 contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial. Ésta, por medio de Diligencia de Ordenación de 7/5/22013, tuvo por interpuesto dicho recurso acordando remitir las actuaciones la Sala de lo Civil y Penal del...

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