STSJ Andalucía 1268/2006, 26 de Abril de 2006
Ponente | LUIS HERNANDEZ RUIZ |
ECLI | ES:TSJAND:2006:9142 |
Número de Recurso | 3141/2005/ |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 1268/2006 |
Fecha de Resolución | 26 de Abril de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
1268/2006
M.N.
SENT. NÚM. 1268/06
ILMO. SR. D.LUIS HERNÁNDEZ RUIZ
ILMO. SR. D.JOSE Mª CAPILLA RUIZ COELLO
ILMO. SR. D.DOMINGO BRAVO GUTIERREZ
MAGISTRADOS
En la ciudad de Granada a Veintiséis de Abril de dos mil seis.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación núm. 3141/05, interpuesto por D. Héctor contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de los de Granada en fecha Cinco de Septiembre de dos mil cinco. en Autos núm. 3141/05, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ.
En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Héctor en reclamación sobre SEGURIDAD SOCIAL contra INSS.TGSS. Y EXCMA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha Cinco de Septiembre de dos mil cinco., por la que debía desestimar y desestimaba la demanda interpuesta por D. Héctor, contra el INSS. TGSS y EXCMA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA, absolviendo a la parte demandada de lo pretendido en su contra.
En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
-
-Tramitado expediente administrativo para la determinación, en su caso, de la invalidez del actor, Don Héctor, nacido el 11/02/55, con DNI nº NUM000, afiliado al RGSS, con el nO NUM001, cuya profesión habitual es la de Oficial de Servicios Múltiples, el EVI, tras el oportuno reconocimiento médico e informe de síntesis, formuló propuesta en 13/04/04 y la Dirección Provincial del INSS dictó Resolución denegatoria en 13/05/04, por no alcanzar las lesiones que padece el solicitante un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente. El expediente ha sido tramitado por la contingencia de accidente de trabajo.
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- Disconforme, el actor interpuso reclamación previa en 28/06/04, que fue desestimada, habiéndose presentado la demanda de autos en 25/10/04.
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-( El actor presenta un cuadro clínico residual crónico de discartrosis cervical con hernia discal C5-C6 derecha, secuelas del accidente sufrido el 19/07/02. Con las siguientes limitaciones: Refiere cervicobraquialgia izquierda con parestesias. Desde 98 inestabilidad. Raquialgia. RMN lumbar 2-04 moderado prolapso discal L4- L5 y L5-S l. RMN cervical 2-04 prolapso s disco-osteofisarias en contorno post. espacios C4-C5 y C5-C6 con focalidad paremedial derecha que afecta a agujero conjunción C5-C6) El actor fue atendido en la Unidad del Dolor el día 18/06/04, prescribiéndosele los medicamentos que se reflejan en el documento aportado por su parte y obrante en el ramo de prueba, que se da por reproducido.
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La base reguladora es de 18.129,05 E/año €.
Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por D. Héctor, recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.
Al amparo del apartado b) del...
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