STSJ Comunidad de Madrid 624/2012, 19 de Abril de 2012

PonenteFRANCISCO BOSCH BARBER
ECLIES:TSJM:2012:6242
Número de Recurso1142/2010
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución624/2012
Fecha de Resolución19 de Abril de 2012
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda C/ General Castaños, 1 - 28004

33010310

NIG: 28.079.33.3-2010/0166183

ROLLO DE APELACIÓN Nº 1142/2010

SENTENCIA Nº 624

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

Ilustrísimos Señores:

Presidente:

  1. Juan F López de Hontanar Sánchez

    Magistrados:

  2. José Daniel Sanz Heredero

    Dª Elvira Adoración Rodríguez Martí

  3. Miguel Ángel García Alonso

  4. Francisco Bosch Barber

    Dª Fátima Blanca de la Cruz Mera.

    En la Villa de Madrid a 19 de abril de dos mil doce.

    Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid el Rollo de Apelación número 1142 de 2010 dimanante del procedimiento ordinario número 147/2008 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de Madrid en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Procurador D.Juan de la Ossa Montes, en nombre y representación de la mercantil Metalfyn Recuperaciones, S.L., y de D. Luis Antonio, contra la Sentencia dictada en el mismo, desestimatoria del recurso planteado, en cuanto a la sanción impuesta. Ha sido parte apelada el Ayuntamiento de RivasVaciaMadrid, representado por la Procuradora Dª María Concepción Puyol Montero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 23 de junio de 2010, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de Madrid, en el procedimiento ordinario número 147 de 2008 dictó Sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal: « Que desestimo el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Procurador D. Juan de la Ossa Montes, en nombre y representación de D. Luis Antonio y Metalfyn Recuperaciones, S.L., contra la resolución del Ayuntamiento de RivasVaciaMadrid, de fecha 11-09-08, por la que se impone a dicha mercantil, como responsable directa de la infracción urbanística tipificada en el art. 204.3.b de la Ley del Suelo 9/2001, de 17 de julio, una multa, por infracción urbanística, de 30.001 euros, y se nombra a D. Luis Antonio responsable subsidiario de la misma, por estar desarrollando la actividad de chatarrería( recuperación de hierro y metales) en las parcelas identificadas con el nº 7 y 9,posterior, de la Cañada Real Merina, en cuyo interior se encuentra además una caseta de obra construida, siendo dicho uso incompatible con la calificación urbanística de dicha vía pecuaria y, consecuentemente, sin tener las preceptivas autorizaciones para ello. No se hace expresa imposición de las costas procesales »

SEGUNDO

Por escrito presentado el día 30 de julio de 2010, el Procurador D.Juan de la Ossa Montes, en nombre y representación de los mencionados demandantes, formulo recurso de apelación frente a la referida sentencia, solicitando de esta Sala que, en su día, previos los trámites legales, se dictara sentencia que estimara íntegramente el recurso de apelación y por la que revoque la sentencia de 25 de junio de 2010 dictada por el Juzgado 9 de Madrid en Recurso Contencioso-Administrativo P.O. 147/08, y declare no conforme a derecho la resolución municipal impugnada.

TERCERO

Por diligencia de ordenación de fecha 27 de septiembre de 2010, se admitió a trámite el recurso y se dio traslado a las demás partes personadas, a fin de que en plazo de quince días formularan oposición al recurso apelación, presentándose el día 2 de noviembre de 2010, por la representación de la Administración recurrida, suplicando que, en su día y previos los trámites legales, dictara resolución por la que se desestimara el recurso, confirmando expresamente la Sentencia, con expresa condena en costas a los apelantes

CUARTO

Por resolución de 25 de noviembre de 2010,se acordó unir a los autos el escrito de oposición a la apelación, y elevar las actuaciones a este Tribunal, recibiéndose en 11 de enero de 2011, personándose ambas partes, y correspondiendo su conocimiento a esta sección segunda, siendo designado Magistrado Ponente, señalándose el día 19 de abril de 2012 para la deliberación, votación y fallo del recurso de apelación, al no estimarse necesario el recibimiento a prueba y no estimarse preciso por la Sala la celebración de vista pública. Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco Bosch Barber, quien expresa el acuerdo de la Sala.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los artículos 80.3 y 85 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa 29/1.998.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como señala la Sentencia de la Sala 3ª del Tribunal Supremo de 26 de Octubre de 1.998 el recurso de apelación tiene por objeto la depuración de un resultado procesal obtenido en la instancia de tal modo que el escrito de alegaciones del apelante ha de contener una crítica de la sentencia impugnada que es la que debe servir de base para la pretensión sustitutoria de pronunciamiento recaído en primera instancia. La jurisprudencia - Sentencias de 24 de noviembre de 1987, 5 de diciembre de 1988, 20 de diciembre de 1989, 5 de julio de 1991, 14 de abril de 1993, etc.- ha venido reiterando que en el recurso de apelación se transmite al Tribunal "ad quem" la plena competencia para revisar y decidir todas las cuestiones planteadas, por lo que no puede revisar de oficio los razonamientos de la sentencia apelada, al margen de los motivos esgrimidos por el apelante como fundamento de su pretensión, que requiere, la individualización de los motivos opuestos, a fin de que puedan examinarse dentro de los limites y en congruencia con los términos en que esta venga ejercitada, sin que baste con que se reproduzcan los fundamentos utilizados en la primera instancia, puesto que en el recurso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Comunidad de Madrid 180/2015, 11 de Marzo de 2015
    • España
    • 11 Marzo 2015
    ...con la ordenación urbanística aplicable r especto de la que este Tribunal en la Sentencia dictada l 19 de abril de 2012 ( ROJ: STSJ M 6242/2012 - ECLI:ES:TSJM:2012:6242) dictada en el recurso de apelación 1142/2010 ha indicado que La imposición de una sanción de multa por comisión de infrac......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR