STSJ Andalucía 1063/2010, 19 de Abril de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1063/2010
Fecha19 Abril 2010

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

SENT. NÚM.1063/10

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO

ILTMO. SR. D. FERNANDO OLIET PALÁ

ILTMO. SR. D. MANUEL MAZUELOS FERNÁNDEZ FIGUEROA

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a DIECINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL DIEZ

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 354/10, interpuesto por Adriano contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de los de Jaén en fecha 24 de noviembre de 2009 en Autos núm., ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Adriano en reclamación sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD contra Bernardo, Antonieta, CONSTRUCRUSIA, SL, PROMORUSIA INMOBILIARIA SL Y FIATC MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 24 de noviembre de 2009, por la que se estimaba parcialmente la demanda interpuesta, condenando a Construcrusia SL al abono al actor de la cantidad de 35.000 euros.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El actor D. Adriano con DNI NUM000 venia prestando sus servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa COSTRUCRUSIA S.L. desde 08/10/02 permaneciendo en la misma tras varias contrataciones hasta el 30/04/04, con la categoría de peón de albañil y sufriendo accidente de trabajo cuando realizaba su tarea el 4/02/04, en su lugar de trabajo, en una obra sita en el Camino de la Redonda de Baeza, cuando subió a un andamio cuando la plataforma no tenia barandilla de 90cm. En un momento determinado se produjo la caída de un trozo de la bobadilla cerámica de unos 15 quilos de peso cayendo el trabajador al suelo al tratar de esquivarlo. El trabajador tenia a su disposición elementos de protección como botas casco o guantes. No había recibido formación preventiva adecuada. 2º.- El trabajador sufrió una fractura de tibia peroné y rodilla de miembro inferior derecho, siendo declarado por resolución del INSS de 31/05/05 afecto de lesiones permanente no invalidantes, y realizado expediente de oficio de revisión se dictó resolución en 8/09/08 declarando al actor afecto de invalidez permanente en el grado de incapacidad permanente total para su profesión habitual de peón de servicios, derivada de accidente de trabajo.

  2. - Que a propuesta de la Inspección provincial de trabajo que levanto acta de sanción de 7/04/05 confirmada por resolución de 21/07/05 y posteriormente en 12/12/05 por faltas de medidas de seguridad; asimismo se incoó expediente administrativo sobre recargo de prestaciones, se dicto resolución 16/02/06 imponiéndose un recargo del 50%. Recurrida la resolución por la empresa COSTRUCRUSIA S.L. dio lugar a los autos 355/06 del Juzgado de lo Social n° 2 que dictó sentencia en 20/10/06 en la que estimó parcialmente la demanda, rebajando el porcentaje de recargo al 30%, y siendo responsable del mismo la empresa CONSTRUCRUSIA S.L. Recurrida dicha sentencia fue confirmada por el TSJ el 24/10/07

  3. - Que obrante en autos el acta de infracción levantada por la inspección provincial de trabajo, se da aquí por reproducida en aras a la economía procesal.

  4. - Que el actor percibió la cantidad de 22000 euros de ALLIANZ SEGUROS mediante transferencia bancaria en 22/06/09

  5. - Que el actor insto papeleta de conciliación en 21/1/09 contra la empresa CONSTRUCUSIA S.L. celebrando acto de conciliación sin avenencia 20/02/09 e instando demanda en 24/02/09

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 27 de Enero de 2011
    • España
    • 27 Enero 2011
    ...Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada de fecha 19 de abril de 2010, en el recurso de suplicación número 354/2010, interpuesto por D. Emiliano, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de los de Jaén de fecha 24 de noviembre de 2009, ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR