STSJ Comunidad de Madrid 422/2010, 28 de Octubre de 2010
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 422/2010 |
Fecha | 28 Octubre 2010 |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.10
MADRID
SENTENCIA: 00422/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION DECIMA
RECURSO DE APELACIÓN Nº 523/2010
SENTENCIA NÚM. 422/10
PRESIDENTE:
Dª Camino Vázquez Castellanos
MAGISTRADOS:
Dª Francisca Rosas Carrión
Dª Emilia Teresa Díaz Fernández
Dª María Jesús Vegas Torres
En la Villa de Madrid, a 28 de octubre de 2010.
Visto por la Sección Décima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por las Magistrados anotadas al margen, el presente recurso de apelación, número 523/2010 de su registro, que ha sido interpuesto por la entidad "LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA", representada por el Procurador don Carlos Delabat Fernández y dirigida por Letrado, contra la sentencia dictada en fecha de 15 de abril de 2010 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 17 de los de Madrid, en los autos de Procedimiento Abreviado tramitados con el número 666/2008 M de su registro.
En este recurso de apelación han sido partes apeladas la Comunidad de Madrid, representada y dirigida por el Letrado don Antonio Caro Sánchez, y la entidad "ZURICH ESPAÑA", representada por el Procurador don Federico Olivares Santiago y dirigida por Letrado.
Ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid se interpuso recurso contencioso administrativo por reclamación patrimonial a la Administración frente a la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid (Dirección General de Carreteras).
El citado recurso fue declarado inadmisible mediante sentencia de 15 de abril de 2010, dictada en los autos de Procedimiento Abreviado tramitados con el número 666/2008 M del registro del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 17 de Madrid.
Notificada la referida sentencia a las partes, "LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA" formuló recurso de apelación, del que, una vez admitido a trámite, se dio traslado a las partes apeladas para que en el plazo de quince días pudieran formalizar su oposición.
Remitidos los autos y el expediente administrativo a la Sala, y no habiéndose solicitado el recibimiento de la apelación a prueba, la celebración de vista, ni la presentación de conclusiones, se señaló para deliberación y fallo el día 27 de octubre de 2010, fecha en que tuvo lugar, con observancia en su tramitación de las reglas establecidas por la Ley.
Ha sido Magistrado Ponente doña Francisca Rosas Carrión, quien expresa el parecer de la Sala.
El fallo de la sentencia apelada, dictada en fecha de 15 de abril de 2010 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 17 de Madrid, en los autos de Procedimiento Abreviado tramitados con el número 666/2008 M de su registro, es del siguiente tenor literal:
"Qué debo estimar la alegación de falta de legitimación pasiva alegada por la entidad ZURICH y declarar la inadmisibilidad del presente recurso contencioso administrativo interpuesto por la entidad "LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA" contra desestimación por silencio administrativo de la solicitud planteada ante el Ministerio de Fomento en relación con daños a un vehículo asegurado por la recurrente, en cuantía de 5.757,73 euros, siendo parte demandada la Comunidad de Madrid y codemandada la entidad ZURICH y confirmo dicha resolución por ser conforme y ajustada a derecho. No se efectúa expresa imposición de las costas causadas".
Como se indica en la sentencia impugnada, el proceso dimana de los daños sufridos por un vehículo asegurado por la recurrente como consecuencia de hechos que tuvieron lugar el 24 de abril de 2004, por los que el 18 de enero de 2005 "LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA" formuló reclamación de responsabilidad patrimonial frente al Ministerio de Fomento, que el 17 de junio de 2005 dictó resolución inadmitiendo la reclamación al no serle imputables a los daños, sin perjuicio de las acciones que pudieran corresponder ante la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la...
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