STSJ Andalucía 3422/2011, 15 de Diciembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3422/2011
Fecha15 Diciembre 2011

Recurso nº 11-0938-IN Sent. 3422/11

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMA. SRA. DÑA. MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ ALVAREZ, Presidenta

ILTMO. SR. D. FRANCISCO M. ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ

ILTMO. SR. D. FRANCISCO CARMONA POZAS

En Sevilla, a quince de diciembre de dos mil once.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 3422/11

En el recurso de suplicación interpuesto por el codemandado Juan Ignacio, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número SIETE de los de SEVILLA en sus autos nº 973/09; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ ALVAREZ, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por CORSAN-CORVIAM CONSTRUCCIÓN S.A., contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General Seguridad Social, Juan Ignacio y GRUPO INMOBILIARIO CONSUREDIF S.L., sobre Seguridad Social, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 17/11/2009 por el Juzgado de referencia, con estimación de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"1º.- El trabajador Juan Ignacio prestaba sus servicios como oficial de primera albañil por cuenta de Consuredif S.L., cuando sufrió accidente de trabajo el 19 de marzo de 2.007 a consecuencia del cual fue declarado en situación de incapacidad permanente parcial.

  1. - El accidente se produjo cuando el trabajador prestaba sus servicios en la cubierta del castillete de una vivienda en construcción, para labrar el peto de la cubierta, existiendo dispuesta una línea de vida continua. El trabajador disponía de arnés de seguridad, que llevaba puesto. Dicho arnés dispone de un mosquetón para su anclaje a la línea de vida.

    En un momento dado una máquina de teletransporte procedió a colocar un palet de ladrillos en la cubierta donde se realizaba el trabajo y el actor cayó a la planta inferior, que se encontraba a unos tres metros más abajo. 3º.- La empresa principal de la obra era Corsam Corviam Construcciones S.A., de la que era subcontratista la empleadora del trabajador accidentado.

  2. - Mediante resolución de 12 de marzo de 2.009 del INSS se declaró la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad en el accidente, imponiendo solidariamente a las empresas un recargo del 30% sobre las prestaciones derivadas del accidente.

  3. - Se ha interpuesto reclamación previa".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por Juan Ignacio, que ha sido impugnado por la parte actora, CORSAM CORVIAM CONSTRUCCIÓN S.A.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que estimó la pretensión de la parte actora, empresa CORSAN- CORVIAM CONSTRUCCIÓN S.A., que impugnaba resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se le imponía recargo por infracción de medidas de seguridad, se alza en Suplicación el trabajador siniestrado por el tramite procesal del apartado c) del artículo 191 de Ley de Procedimiento Laboral .

SEGUNDO

No se propone, la recurrente modificación fáctica alguna por cauce procedimental adecuado que es el que prevé en el apartado b) del artículo 191 de Ley Procedimiento Laboral y por ello teniendo en cuenta el carácter extraordinario del recurso de Suplicación, de contenido cuasi casacional, como se desprende de lo dispuesto en los artículo 191 y siguientes de Ley Procedimiento Laboral, que no permite la valoración por el Tribunal de toda la prueba, al no constituir la Suplicación una segunda instancia, extraña siempre a esta especializada jurisdicción, ha de partirse para resolver los dos motivos de recurso articulados por el tramite procesal del apartado c) del artículo 191 de Ley de Procedimiento Laboral, del contenido fáctico de la sentencia controvertida.

En el primero de los motivos, se alega la infracción de lo dispuesto en el artículo 123 de Ley General de la Seguridad Social, el Anexo IV, parte C.3b) del Real Decreto 1627/97 de 24 de Octubre, el artículo 193 de la Orden Ministerial de 28/8/1970, el ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 22 de Junio de 2016
    • España
    • 22 Junio 2016
    ...del recargo de prestaciones impuesto. Invoca la empresa recurrente de contraste la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), de 15 de diciembre de 2011 (Rec. 938/2011 ), en la que consta que el actor, que prestaba servicios como oficial primera albañil, sufrió un a......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR