STSJ País Vasco 882/2011, 29 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución882/2011
Fecha29 Marzo 2011

RECURSO Nº: 387/11

N.I.G. 20.05.4-10/002607

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a veintinueve de marzo de dos mil once.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. MANUEL DIAZ DE RABAGO VILLAR, Presidente en funciones, D. JUAN CARLOS ITURRI GARATE y D. JUAN CARLOS BENITO BUTRÓN OCHOA, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por ASAMBLEA TRABAJADORES DE GIKE S.A. contra la sentencia del Juzgado de lo Social num. Cuatro de los de Donostia-San Sebastián de fecha diecinueve de Octubre de dos mil diez, dictada en proceso sobre revocación delegado de personal, y entablado por Heraclio frente a Beatriz, ASAMBLEA TRABAJADORES DE GIKE S.A. y GIKE S.A. .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS ITURRI GARATE, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

  1. - D. Heraclio viene prestando sus servicios para la empresa "Gike, S.A." desde el 23 de febrero del

    2004, con la categoría profesional de oficial 2ª.

  2. - El 30 de Marzo del 2009, se celebraron elecciones sindicales en la empresa "Gike, S.A.", en las que debía elegirse un delegado de personal, cargo para el que se presentaron dos candidaturas, una promovida por el sindicato ELA, encabezada por D. Heraclio, y otra candidatura independiente encabezada por D. Jose Carlos .

    En estas elecciones resultó vencedora la candidatura del sindicato ELA, que obtuvo trece votos, mientras que la candidatura independiente obtuvo once votos, resultando elegido delegado de personal D. Heraclio .

  3. - El 14 de diciembre del 2009, D. Heraclio pasó a la situación de incapacidad temporal, con cargo a la contingencia de enfermedad común, con un diagnóstico de "hernia inguinal unilateral (sin obstrucción o grangrena), siendo atendido por los servicios médicos de "Osakidetza", los cuales le dieron el alta médica el 1 de octubre del 2010, tras la cual D. Heraclio se reincorporó a su puesto de trabajo en la empresa "Gike, S.A.". 4º.- Tras reincorporarse a la empresa "Gike, S.A.", D. Heraclio solicitó disfrutar de sus vacaciones, y la Dirección de la empresa "Gike, S.A." le concedió disfrutar de sus vacaciones entre el 4 de octubre del 2010 y el 1 de Noviembre del 2010, quedando pendientes de fijar tres días naturales de vacaciones.

  4. - Parte de los trabajadores de la empresa "Gike, S.A." estaban descontentos con la actuación de D. Heraclio como delegado de personal, y decidieron reunir firmas para promover una remoción del delegado de personal, reuniendo un total de diecisiete firmas, de una plantilla total de veintisiete trabajadores, si bien con posterioridad cinco de los firmantes de ese documento de desdijeron del mismo, y dejaron sin efecto su firma en dicho documento.

  5. - El 1 de Febrero del 2010 los firmantes del documento solicitando la revocación del personal, lo presentaron ante la Delegación de Trabajo de Gipuzkoa del Gobierno Vasco, a fin de comunicar el inicio del proceso de revocación del delegado de personal electo, y posteriormente convocaron una asamblea para 15 de febrero del 2010, con el siguiente orden del día: "1.- Obligaciones del delegado de personal, 2.- Votación de la posible remoción del delegado del personal, 3.- Ruegos y preguntas".

  6. - D. Heraclio recibió una citación para acudir a esa asamblea, y lo puso en conocimiento del sindicato ELA, el cual remitió un burofax a la empresa "Gike, S.A." el 10 de febrero del 2010, en el que le comunicaba su decisión de acudir a la asamblea de 15 de febrero del 2010, con dos asesores del sindicato ELA, D. Felipe y D. Nemesio .

  7. - El 15 de febrero del 2010, D. Heraclio se presentó a la asamblea convocada por los trabajadores, junto con dos asesores del sindicato ELA, D. Felipe y D. Nemesio, sin embargo la gerente de la empresa, Dª Beatriz, impidió la entrada a la asamblea de los asesores sindicales del sindicato ELA, alegando que los trabajadores le habían comunicado que no deseaban su presencia en la asamblea por lo que D. Heraclio entró en la misma, sin la compañía de los asesores del sindicato ELA.

  8. - Una vez entró D. Heraclio, se constituyó la asamblea de trabajadores bajo la presidencia de D. Heraclio, en su calidad de delegado de personal,, y nada más iniciarse la misma varios de los trabajadores manifestaron sus quejas sobre la actuación de D. Heraclio como delegado de personal, y éste ante las críticas vertidas a su actuación abandonó la asamblea, la cual una vez ausente D. Heraclio votó convocar una asamblea de trabajadores para el 17 de febrero del 2010, con un único punto del orden del día, la revocación del delegado de personal D. Heraclio .

    Esta decisión se adoptó por diecisiete votos a favor, dos en contra y tres votos en blanco.

  9. - El 16 de febrero del 2010, la empresa "Gike, S.A." remitió un burofax a D. Heraclio, en el que le comunicaba la convocatoria de una asamblea para tratar su revocación como delegado de presonal para el 17 de febrero del 2010.

    1. Heraclio recibió este burofax el 19 de febrero del 2010.

  10. - El 17 de febrero del 2010 se celebró la asamblea de revocación de D. Heraclio como delegado de personal en la empresa "Gike, S.A.", asamblea a la que no acudió D. Heraclio, y en la que se acordó la revocación de D. Heraclio como delegado de personal por dieciocho votos a favor, cuatro votos en blanco y ninguno en contra.

  11. - Tras la revocación de D. Heraclio como delegado de personal de la empresa "Gike, S.A.", D. Jose Carlos, que era el segundo candidato más votado en las eleciones que se celebraron el 30 de Marzo del 2009, renunció a su cargo de delegado de personal.

  12. - El 31 de Diciembre del 2009 expiró la vigencia del convenio colectivo de oficinas y despachos de Gipuzkoa, y se encuentra negociando un nuevo convenio, siendo uno de los negociadores por el sindicato ELA D. Heraclio .

  13. - Se ha intentado la conciliación entre las partes ante la Sección de Conciliación de la Delegación Territorial de Trabajo de Gipuzkoa del Gobierno Vasco el 16 de Marzo del 2010, no llegándose a ningun acuerdo entre las partes, terminando el acto sin avenencia.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

"Que estimo la excepción de falta de legitimacion pasiva de Dª Beatriz, y desestimo la excepción de falta de legitimación pasiva de la empresa "Gike, S.A." entrando a conocer del fondo del asunto estimo la demanda, declaro la nulidad de la asamblea de trabajadores celebrada en las instalaciones de la empresa "Gike, S.A.", el 17 de febrero del 2010, en la que se acordó la revocación de D. Heraclio como delegado de personal, y el derecho de D. Heraclio a continuar ejerciendo las funciones del delegado de personal en la empresa "Gike, S.A.", debiendo las partes pasar por esta declaración."

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso el Recurso de Suplicación, que fue impugnado de contrario.

CUARTO

El 15 de febrero de 2011 se recibieron las actuaciones en esa Sala, deliberándose el recurso el 29 de marzo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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