STSJ Galicia 1902/2011, 31 de Marzo de 2011

PonenteJOSE MANUEL MARIÑO COTELO
ECLIES:TSJGAL:2011:3004
Número de Recurso5474/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1902/2011
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2011
EmisorSala de lo Social

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL

PLAZA DE GALICIA //SECRETARÍA SR. GAMERO LÓPEZ -PELÁEZ// MDM

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/2211

NIG: 15078 44 4 2010 0001182

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0005474 /2010

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM: 0000514 /2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 002 DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

Recurrente/s: SECRETARIA XERAL DE COMUNICACION, Dionisio

Abogado/a:, ROSA MARIA MARTINEZ FERREIRO

Procurador: XULIO XABIER LOPEZ VALCARCEL

Graduado Social:

Recurrido/s: RUA DIXITAL, S.A., XESTION BIBLIOTECARIA E DOCUMENTAL, S.A., LEVEL TELECOM,S.L.

Abogado/a: OSCAR RODRIGUEZ MALLO

Graduado Social: FRANCISCO JAVIER CASTRO FREIRE

ILMOS. SRS. MAGISTRADOS D.

JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO

JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ

FERNANDO LOUSADA AROCHENA

En A CORUÑA, a treinta y uno de Marzo de dos mil once.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0005474/2010, formalizado por el/la D/Dª letrada doña Rosa María Martínez Ferreiro, en nombre y representación de D. Dionisio, y formalizado por el letrado de la Xunta de Galicia, en nombre y representación de la SECRETARÍA XERAL DE COMUNICACIÓN, contra la sentencia dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DEMANDA 0000514/2010, seguidos a instancia de D. Dionisio frente a las entidades RUA DIXITAL, S.A., XESTIÓN BIBLIOTECARIA E DOCUMENTAL, S.A., LEVEL TELECOM,S.L., y la SECRETARÍA XERAL DE COMUNICACIÓN, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Dionisio presentó demanda contra las entidades RUA DIXITAL, S.A., XESTIÓN BIBLIOTECARIA E DOCUMENTAL, S.A., LEVEL TELECOM,S.L., y la SECRETARÍA XERAL DE COMUNICACIÓN, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha ocho de Septiembre de dos mil diez .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

"Primero: D. Dionisio viene prestando servicios para la SECRETARÍA XERAL DE COMUNICACIÓNPRESIDENCIA-DIRECCIÓN XERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL a través, primero de la empresa RUA DIXITAL, S.A., luego a través de XESTIÓN BIBLIOTECARIA E DOCUMENTAL, S.A. y por último a través de LEVEL TELECOM, S.L., con la categoría de PROGRAMADOR INFORMÁTICO, percibiendo un salario mensual de 1.594'29 euros y debiendo percibir un salario según convenio de 1.875'39 euros.- Segundo: Tal relación laboral aparece fundado en los siguientes contratos de trabajo: -Contrato de trabajo de duración determinada para obra o servicio determinado definido: ASISTENCIA EN LA REALIZACIÓN DEL ESTUDIO DE MIGRACIONES DEL REGISTRO DE SISTEMAS BIBLIOTECARIOS, DENTRO DEL PROYECTO DE LA RED DE BIBLIOTECAS DE GALICIA...", con categoría de Técnico Informático, suscrito entre el demandante y RUA DIXITAL, S.A. el 1 de abril de 2004. -Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo para obra o servicio determinado definida esta como: SERVICIO DETERMINADO: ASISTENCIA EN LA REALIZACIÓN DEL ESTUDIO DE MIGRACIONES DEL REGISTRO DE SISTEMAS BIBLIOTECARIOS, DENTRO DEL PROYECTO DE LA RED DE BIBLIOTECAS DE GALICIA..., con categoría de Técnico Informático, suscrito entre el demandante y XESTIÓN BIBLIOTECARIA E DOCUMENTAL, S.A. el 13 de julio de 2006, firmándose documento de liquidación y finiquito el 6 de junio de 2007. - Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo para obra o servicio determinado definido como: "El objeto del contrato es la realización de Servicio de Soporte Técnico (SAT) in situ y Soporte Centralizado a los Servicios Centrales (CMG) para garantizar el Funcionamiento Técnico de la Red de Telecentros de Comunicaciones de la Dirección Xeral de Comunicación Audiovisual, en el local del Centro Multimedia de Galicia sito en la calle Hórreo, 61 en Santiago de Compostela", como INFORMÁTICO, con categoría de SOPORTE TÉCNICO, suscrito con LEVEL TELECOM, S.L. el 7 de junio de 2007.- Tercero: El 16 de marzo de 2010 se comunica al demandante por la empresa LEVEL TELECOM, S.L.: "Que el próximo día 31/03/2010 finaliza el contrato de Trabajo Duración Det. T.C., suscrito con Vd. en fecha 07/06/2007 y por el motivo FIN DE CONTRATO", acompañándose documento de propuesta de liquidación el cual no es suscrito por el demandante.- Cuarto: El demandante comenzó a prestar sus servicios en el centro de trabajo perteneciente a la Xunta de Galicia y sito en la Calle Horreo n° 61 de Santiago de Compostela, cuyos medios materiales también pertenecían a dicha entidad, para pasar a prestarlos, una vez recibe comunicación de LEVEL TELECOM, S.L. el 3 de septiembre de 2008 (doc. n° 104 de Level Telecom.) y desde dicha fecha, en la calle Doctor Teixeiro n° 29, situado enfrente del anterior y que tiene subarrendado a la empresa NEXTVISIÓN, compartiendo instalaciones con empleados de esta última empresa, fijándosele un horario de 08:30 a 15:15 horas por la mañana y dos días por la tarde de 16:30 a 19:30, designándose como coordinador de los trabajos del actor a Victorio o Lázaro .- Quinto: Las funciones del actor tanto antes como después del cambio de lugar de trabajo consisten fundamentalmente en: -Mantenimiento del Servidor aplicación pare la gestión y catalogación de Bibliotecas. -Impartición de cursos de formación a los bibliotecarios de la Red de Bibliotecas de Galicia. -Creación de la web de la Dirección Xeral de Comunicación Audiovisual y soporte técnico de la misma. - Configuración, vía telefónica o por acceso remoto, de los correos electrónicos de las Bibliotecas de Galicia. -Soporte técnico de la aplicación ISUM, usada en el proyecto de Cidades Dixitais. -Diseño de aplicaciones web para el CMG. -Coordinación de proyectos de empresas externas, actuando como representante de la Xunta de Galicia ante dichas empresas. -Creación de aplicaciones pare entidades que no tienen relación con la Red de Bibliotecas de Galicia.- Sexto: En el desarrollo de sus actividades el demandante recibe órdenes de instrucciones, hasta su despido, de Dª Claudia, trabajadora cuya relación con la Xunta de Galicia ha sido declarada coma laboral indefinida por sentencia firme, sin que conste que persona alguna de LEVEL TELECOM, S.L. diese instrucción alguna al demandante.- Séptimo: Las vacaciones y permisos del demandante son solicitados de Dª Claudia, hasta el 16 de julio de 2008, fecha en la que recibe un correo de esta (doc. nº 11 del actor) en el que se advierte que los días de vacaciones los ha de pedir a su empresa. El demandante figura en el organigrama del Centro Multimedia de Galicia.- Octavo: El 18 de septiembre de 2008 se dicta por este Juzgado sentencia en proceso de despido en virtud de demandada interpuesta por el actor en la que se declara la inexistencia del mismo por el hecho de producirse un cambio en el lugar de trabajo.- Novena: Además de la anterior el demandante ha formulado, el 11 de junio de 2008, demanda solicitando la declaración de relación laboral indefinida, así como, el 19 de mayo de 2010, demandada en reclamación de cantidad, presentando igualmente las correspondientes reclamaciones previas.- Décimo: Las relaciones entre la Xunta de Galicia y las empresas codemandadas se basan en los siguientes contratos administrativos: -Contrato suscrito entre la Consellería de Cultura, Comunicación Social e Turismo y la entidad RUA DIXITAL, S.A. el 3 de enero de 2005 cuyo objeto aparece constituido por: Asistencia para o soporte e xestión do sistema de xestión bibliotecaria da rede de bibliotecas de Galicia cofinanciado con fondos FEDER-Lote 1, por un importe de 34.185 euros y plaza de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2005. -Contrato suscrito entre la Presidencia, Secretaría Xeral de Comunicación Audiovisual, de la Xunta de Galicia y la entidad XESTIÓN BIBLIOTECARIA E DOCUMENTAL S.A. el 5 de Julio de 2006 y cuyo objeto aparece constituido por: Asistencia para la realización dun estudio de migración de rexistros de sistemas bibliotecarios dentro do proxecto da Rede de Bibliotecas de Galicia, por un importe e 19.150 euros y plazo de ejecución haste el 31 de diciembre de 2005. -Contrato suscrito entre el Secretario Xeral de Comunicación de la Xunta de Galicia y la entidad LEVEL TELECOM, S.L. el 23 de octubre de 2006 y cuyo objeto es el "servizo de soporte in situ pare garantir o funcionamiento técnico da rede de centros de formación da Dirección Xeral de comunicación Audiovisual", por importe de 274.500 euros y plazo de ejecución de 12 meses, prorrogado por acuerdo de 23 de octubre de 2007 desde dicha fecha hasta el 26 de mayo de 2008 por importe de 163.175 euros. -Contrato suscrito entre el Secretario Xeral de Comunicación de la Xunta de Galicia y la entidad LEVEL TELECOM, S.L. el 28 de mayo de 20076 y cuyo objeto es el "servizo de soporte técnico (SAT) in situ pare garantir o funcionamiento técnico da Rede de Telecentros de Comunicación da Dirección Xeral de Comunicación Audiovisual", por un importe de 258.000 euros y plazo de ejecución de un año. -Contrato suscrito entre la Presidencia, Secretaría Xeral de Comunicación Audiovisual, de la Xunta de Galicia y LEVEL TELECOM, S.L., el 13 de junio de 2008 cuyo objeto aparece constituido par: Servicio de atención de usuarios, xestión de incidencias e soporte técnico á Rede de Telecentros de Comunicación da Dirección Xeral de Comunicación Audiovisual, par importe de 460.000 euros y plazo de ejecución de un año, prorrogado el 13 de junio de 2009 desde dicha...

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