STSJ Cataluña 3601/2011, 23 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3601/2011
Fecha23 Mayo 2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2009 - 0024330

EL

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

En Barcelona a 23 de mayo de 2011

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 3601/2011

En el recurso de suplicación interpuesto por Vidal frente a la Sentencia del Juzgado Social 31 Barcelona de fecha 3 de diciembre de 2009, dictada en el procedimiento Demandas nº 923/2009 y siendo recurrido/ a -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. ADOLFO MATIAS COLINO REY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 18 de septiembre de 2009, tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha que contenía el siguiente Fallo:

Que DESESTIMO las pretensiones de la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Vidal contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre Incapacidad Permanente, y en consecuencia ABSUELVO a la entidad demandada de las pretensiones deducidas en su contra, con confirmación de la resolución impugnada.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

" PRIMERO.- Vidal se encuentra afiliado a la Seguridad Social.

SEGUNDO

Por resolución del INSS de fecha 01/10/2003 se declaró a Vidal en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de ayudante de descarga, apreciando las siguientes patologías: gonartrosis bilateral avanzada con limitación funcional.

TERCERO

Instado por el demandante el procedimiento administrativo de revisión de grado, y solicitando el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta, en fecha 23/07/09 el INSS dictó resolución declarando no haber lugar a revisar el grado de incapacidad del demandante, apreciando el ICAM las siguientes lesiones: prótesis ambas rodillas por gonartrosis avanzada.

CUARTO

Contra dicha resolución fue interpuesta la oportuna reclamación en vía previa, que fue desestimada.

QUINTO

Vidal acredita el período mínimo de cotización para causar derecho a la prestación. La base reguladora no controvertida de la prestación, de ser estimada la demanda, asciende a la cantidad de 1672,16 euros, siendo los efectos desde el día 03/07/09.

SEXTO

Vidal es portador de prótesis en ambas rodillas por gonartrosis avanzada, siendo su deambulación claudicante.

SÉPTIMO

Por sentencia del TSJCatalunya de 09/10/08 se desestimó el recurso contra la sentencia que desestimó la pretensión del actor de que se revisase el grado reconocido, declarándose probadas las siguientes lesiones: "prótesis total de rodilla izquierda (2005) con recambio séptico en dos tiempos (retirada de prótesis y colocación de espaciador en julio de 2006 e implantación protésica en enero de 2007). Prótesis rodilla derecha en diciembre de 2007. Deambulación claudicante en la actualidad"."

TERCERO

Con fecha 22 de diciembre de 2009, se dictó auto de aclaración de la anterior sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"CORRIJO el error material apreciado en la sentencia dictada en las presentes actuaciones con fecha 03/12/09 en el sentido de SUSTITUIR en su Hecho Probado Quinto la fecha de efectos de 03/07/09 por la corecta de 24/07/09."

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia, que desestimó la demanda sobre declaración de incapacidad permanente absoluta, derivada de enfermedad común, interpone la parte demandante recurso de suplicación, solicitando en primer término, por la vía del apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, la revisión del hecho probado sexto .

La parte recurrente propone que a las lesiones que constan en la sentencia de instancia se adicionen las...

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