STSJ Galicia 794/2011, 28 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución794/2011
Fecha28 Julio 2011

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00794/2011

RECURSO DE APELACION Nº4300/2011

EN NOMBRE DEL REY

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos. Sres. D.

JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA

JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ

CRISTINA MARÍA PAZ EIROA

A CORUÑA, 28 de julio de dos mil once.

En el RECURSO DE APELACION nº 4300/2011 que pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Dª. Eulalia, dirigida por el Letrado Dª María Álvarez Cabido y representada por D. Ricardo Garrido Rodríguez, contra sentencia nº 06 de fecha 25 de enero de 2011, dictada por el Juzgado Contencioso- administrativo número 01 de Ourense . Es parte apelada la "Consellería de Sanidade e Servicios Sociais", representa y dirigica por el letrado de la Xunta de Galicia y Dª Juana representada por el procurador Sr. Pardo de Vera López.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 01 de Ourense se dictó sentencia con fecha 25 de enero de 2011 en el procedimiento PO 16/2009 con la siguiente parte dispositiva: "Fallo: Que Debo Desestimar y Desestimo el Recurso Contencioso-Administrativo, tramitado como procedimiento Ordinario Nº 16/2.009, interpuesto por la representación procesal de DÑA. Eulalia, contra LA RESOLUCIÓN DE FECHA 14 DE OCTUBRE DE 2008 DICTADA POR LA SRA.CONSELLEIRA DE SANIDAD DE LA XUNTA DE GALICIA POR LA QUE SE ACUERDA DESESTIMAR EL RECURSO DE ALZADA INTERPUESTO POR DÑA. Eulalia CONTRA LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CONSELLERÍA DE SANIDAD DE FECHA 26 DE JUNIO DE 2.006 POR LA QUE SE DENIEGA SU SOLICITUD DE TRASLADO DE LA OFICINA DE FARMACIA DE LA QUE ES TITULAR, y, todo ello, sin realizar especial pronunciamiento en cuanto a las costas".

SEGUNDO

Por la representación de Dª Eulalia se interpuso recurso de apelación contra dicha sentencia, en el que se solicitó que se dictase por esta Sala otra revocando la de primera instancia y, en definitiva, estimando el recurso de apelación interpuesto.

TERCERO

El recurso fue admitido y se dio traslado del mismo a las demás partes con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Recibidos los autos en esta Sala, por diligencia de ordenación de fecha 27 de junio de 2011 se señaló para votación y fallo el día 21 de de 2011 y con planteamiento de cuestión a las partes sobre posible nulidad de la...

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