STSJ Aragón 391/2011, 6 de Julio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 391/2011 |
Fecha | 06 Julio 2011 |
T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.2
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00391/2011
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION SEGUNDA
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Rollo de apelación Nº 100/ 2010
SENTENCIA Nº 391 DE 2011
Ilmos. Srs.:
Presidente
D. Jaime Servera Garcías
Magistrados
D. Eugenio Esteras Iguacel
D. Fernando García Mata
Zaragoza, seis de julio de dos mil once.
En nombre de S.M. el Rey.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sección Segunda, en grado de apelación, el recurso contencioso-administrativo seguido ante el Juzgado de lo Contencioso Nº Uno de Huesca con el número 295/2009, Rollo de apelación Nº 100/2010, a instancia de la aquí apelante, Administración Estatal, representada y defendida por el Abogado del Estado; contra Noelia, apelado en esta instancia, representada por el Procurador D Luís Gallego Corduras y defendida por el Letrado D Julio Rojas Bejarano, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Jaime Servera Garcías.
Con fecha 4 de marzo de 2010, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº. Uno de Huesca, dictó sentencia cuya parte dispositiva dice: "FALLO. Se estima parcialmente el recurso contenciosoadministrativo interpuesto por Dª. Noelia, contra la resolución de 12 de junio de 2009 que acuerda su expulsión de territorio nacional, que se anula en el extremo de la sanción impuesta, sustituyéndose la sanción de expulsión por la de multa en cuantía de ciento cincuenta euros. Sin costas ".
Notificada dicha sentencia a las partes, por el Procurador indicado en la representación también señalada, se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos y, dado traslado a la parte contraria formuló, igualmente en tiempo y forma, alegaciones oponiéndose a dicho recurso, siendo remitidas las actuaciones junto con el expediente administrativo a esta Sala.
Turnado a esta Sección 2ª el recurso, formado el correspondiente rollo y comparecidas las partes, fue admitido a trámite señalándose para la votación y fallo del mismo el día 29 de junio pasado, en que tuvo lugar.
Se aceptan los antecedentes de hecho y razonamientos jurídicos de la sentencia apelada.
Contra la referida sentencia interpone la Administración Estatal, autora de la resolución anulada por la misma, el presente recurso de apelación en el que solicita su revocación con desestimación del recurso contencioso-administrativo en su día interpuesto por la ciudadana extranjera aquí apelada y confirmación de dicha resolución administrativa, pretensión que fundamenta en las alegaciones de que, en contra de lo concluido por la sentencia que recurre, no ha existido error en la tipificación de la infracción al considerar los hechos encuadrados en el artículo 53.a) de la Ley Orgánica 4/2000, entendiendo que concurre el primero de los supuestos contemplados en dicho precepto: "no haber obtenido prórroga de estancia", dado que entró en España con un visado tipo C, cuya vigencia es de 12 días y finalizaba el 6 de...
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