STSJ Islas Baleares 606/2011, 8 de Septiembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 606/2011 |
Fecha | 08 Septiembre 2011 |
T.S.J.ILLES BALEARS SALA CON/AD
PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00606/2011
APELACIÓN
Rollo Sala Nº 137/2011
Autos Juzgado Nº PO 78/2009
SENTENCIA
Nº 606
En la Ciudad de Palma de Mallorca a ocho de septiembre de dos mil once.
ILMOS SRS.
PRESIDENTE
D. Gabriel Fiol Gomila
MAGISTRADOS
D. Fernando Socías Fuster
Dª Alicia Esther Ortuño Rodríguez
Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears los presentes autos seguidos ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de Palma de Mallorca, con el número de autos del Juzgado y número de rollo de esta Sala arriba designados; actuando como parte apelante el AYUNTAMIENTO DE PALMA, representado por la Procuradora Dª MAGDALENA CUART JANER y asistido por Letrado, y como parte apelada, la entidad "VIBELBA, S.L.U." y "LA JUNTA DE COMPENSACIÓN DE SON PUIG", representadas por la Procuradora Dª OLGA TERRÓN RODRÍGUEZ y asistidas de Letrado.
Constituye el objeto del recurso el Acuerdo dictado el 23 de diciembre de 2008 por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma, mediante la cual se reitera la denegación del abono reclamado por "Vibelba, S.L.U." y la "Junta de Compensación de Son Puig" en concepto de consumo de suministro eléctrico y de agua de los contadores de riego de las zonas verdes de Son Puig 2.
La Sentencia nº 451/2010, de 8 de noviembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Palma de Mallorca, estimó el recurso contencioso administrativo.
Ha sido Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª Alicia Esther Ortuño Rodríguez.
La sentencia Nº 451/2010, de fecha 8 de noviembre dictada por el Ilmo. Sr. MagistradoJuez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de Palma de Mallorca, en los autos seguidos por los trámites del procedimiento ordinario y de los que trae causa el presente rollo de apelación, decía literalmente en su fallo: "1º. Estimar EL RECURSO INTERPUESTO POR LA Procuradora Dª. Olga Terrón Rodríguez, en nombre y representación de la entidad mercantil VIBELBA, S.L y de la JUNTA DE COMPENSACIÓN DE SON PUIG contra la resolución identificada en el antecedente de hecho primero de esta sentencia, que se anula por no ser conforme a derecho.
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- CONDENAR al Ayuntamiento de Palma a abonar a la JUNTA DE COMPENSACIÓN DEL PLAN PARCIAL DE SON PUIG la cantidad de CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA EUROS CON DIECISIETE CÉNTIMOS (145.190,17 #), más los intereses legales.
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:- CONDENAR al Ayuntamiento de Palma a abonar a la entidad VIBELBA S.L. la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE EUROS CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS (2.429,24 #), más los intereses legales.
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- No hacer expreso pronunciamiento sobre las costas causadas."
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación en plazo y forma por la Administración demandada y admitido en ambos efectos, sin que ninguna de las partes propusiese la práctica de prueba, siendo seguido el recurso con arreglo a los trámites de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, quedando los autos conclusos para dictar sentencia, señalándose para la votación y fallo, el día 7 de septiembre de 2011.
Como hemos anticipado en el encabezamiento, la sentencia apelada anuló el acto administrativo impugnado, es decir, el Acuerdo dictado el 23 de diciembre de 2008 por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma, mediante la cual se reitera la denegación del abono reclamado por "Vibelba, S.L.U." y la "Junta de Compensación de Son Puig" en concepto de consumo de suministro eléctrico y de agua de los contadores de riego de las zonas verdes de Son Puig...
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