STSJ Murcia 922/2011, 14 de Octubre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 922/2011 |
Fecha | 14 Octubre 2011 |
T.S.J.MURCIA SALA 1 CON/AD
MURCIA SENTENCIA: 00922/2011
ROLLO DE APELACIÓN nº. 53/11
SENTENCIA nº. 922/11
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERA
compuesta por los Ilmos. Sres.:
D. Mariano Espinosa de Rueda Jover Presidente Dña. María Consuelo Uris Lloret
D. Juan Antonio Hurtado Martínez
Magistrados
ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A nº. 922/11
En Murcia, a 14 de octubre de 2011.
En el rollo de apelación nº. 53/11 seguido por interposición de recurso de apelación contra la sentencia nº 3/10, de 17 de enero, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº. 1 de Murcia dictada en el recurso contencioso administrativo nº. 269/2009, tramitado por las normas del procedimiento abreviado, en cuantía indeterminada, en el que figuran como parte apelante D. Ezequias, representado por el Procurador Sr. Zapata Córcoles y asistido por la Letrada Sra. García Leal, y como parte apelada la Delegación del Gobierno en Murcia representada y defendida por el Abogado del Estado, sobre inadmisión de solicitud de residencia temporal en territorio nacional; siendo Ponente el Magistrado, Ilmo. Sr. D. Juan Antonio Hurtado Martínez
, quien expresa el parecer de la Sala.
ÚNICO.- Presentado el recurso de apelación referido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº. 1 de Murcia, lo admitió a trámite y después de dar traslado del mismo a la parte apelada para que formalizara su oposición, remitió los autos junto con los escritos presentados a Sala, la cual designó Magistrado ponente y acordó que quedaran los autos pendientes para dictar sentencia; señalándose para que tuviera lugar la votación y fallo el día 4 de octubre de 2011.
La sentencia apelada desestimó el recurso contencioso administrativo formulado por el recurrente contra la resolución de la Delegación del Gobierno de Murcia de 16 de mayo de 2008, que acordó la inadmisión a trámite de la solicitud de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, formulada por el recurrente, al concurrir la causa prevista en la Disposición Adicional Cuarta de la L.O. 4/2000 de 11 de enero, al constar que al interesado le fue dictada una orden de expulsión de fecha 9 de enero de 2008. La sentencia apreció ajustado a Derecho el pronunciamiento de la resolución...
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