STSJ Galicia 4991/2011, 11 de Noviembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución4991/2011
Fecha11 Noviembre 2011

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL A CORUÑA

I221890B

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/2211

NIG: 27028 44 4 2011 0000220

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003475 /2011-CON

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000064/2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de LUGO

Recurrente/s: Dolores

Abogado/a: MARIA ESPERANZA FERREIRO ABELAIRAS

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA)

Abogado/a: ALBERTO FREIJEIRO OTERO

Procurador/a: XULIO XABIER LOPEZ VALCARCEL

Graduado/a Social:

ILMA. SRA. Dª ROSA MARÍA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

ILMO. SR. D. EMILIO FERNÁNDEZ DE MATA

ILMA. SRª Dª PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR

En A CORUÑA, a once de Noviembre de 2011.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0003475/2011, formalizado por el/la D/Dª letrada Dª Esperanza Ferreiro Abelairas, en nombre y representación de Dolores, contra la sentencia número 279/2011 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de LUGO en el procedimiento DEMANDA 0000064/2011, seguidos a instancia de Dolores frente a EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA), siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ROSA MARÍA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Dolores presentó demanda contra EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A.(SEAGA), siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 279/2011, de fecha nueve de Mayo de 2011

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

PRIMERO

Dª Dolores, mayor de edad y con D.N.I. n° NUM000, ha venido prestando servicios por cuenta y orden de la empresa demandada EMPRESA PÚBLICA DE SERVICIOS AGRARIOS GALLEGOS, S.A. (SEAGA), con CIF A- 70096557, desde el 15 de junio de 2007 hasta el 31 de mayo de 2008 (como técnico de apoyo), desde el 1 de junio de 2008 hasta el 21 de abril de 2010 (como técnico de apoyo), desde el 22 de abril de 2010 al 31 de diciembre de 2010 (como capataz), a través de diferentes contratos, para obra o servicio determinado, ostentando la categoría profesional de capataz, y salario neto mensual de 1.514,90 euros y un incentivo de producción variable de 143,54 euros mensuales abonable en un único pago anual./ SEGUNDO

.- SEAGA es una empresa pública constituida por la Xunta de Galicia, mediante Decreto 26012006, de 28 de diciembre de la Consellería de Economía e Facenda. Para el desarrollo de su actividad, esta empresa está sujeta siempre a lo dispuesto en la sección tercera del capítulo segundo del título primero de la Ley 311985, del 12 de abril de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia y a la Ley 10/1 996, de 5 de noviembre

, de actuación de entes y empresas en que tiene participación mayoritaria la Xunta de Galicia, en materia de personal y contratación, y a cualquiera otra disposición que le sea aplicable por su propio carácter público. En su contratación estará

sujeta a lo dispuesto en la legislación básica sobre contratación administrativa para las sociedades públicas. Dicha entidad tiene carácter unipersonal, siendo la Xunta de Galicia la única soda de la misma. SEAGA tiene por objeto, tal como se dispone en el artículo 2 del aludido Decreto de creación, lo siguiente:

  1. La realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios en materias forestales, especialmente las relacionadas con la prevención y lucha contra los incendios forestales en particular, y en general, aquellas actividades, obras y servicios que requieran las intervenciones de carácter urgente, relacionadas con las devanditas materias. b) La elaboración, por iniciativa propia o por instancia de terceros, de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de consultoría y de asistencia técnica y formativa en materia forestal y de prevención de fuegos forestales. c) La promoción, desenvolvimiento y adaptación de las nuevas técnicas, equipamiento y sistemas para la prevención y gestión de situaciones derivadas de los incendios forestales. d) La realización de aquellas actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicio en materias agrícolas, ganaderas y de desenvolvimiento rural que de forma taxativa le sean encomendadas por la Xunta de Galicia.

Así mismo, podrá comercializar los productos derivados de aquellas tareas agrarias, ganaderas o forestales, que con carácter determinados pueda desenvolver por encomienda de la Xunta de Galicia. Para la realización del objeto social, la entidad podrá realizarlo directamente o indirectamente, mediante la titularidad de las acciones o participaciones en las sociedades con objeto idéntico o análogo./ TERCERO.- En materia de contratación de personal, la Empresa Pública de SEAGA está sujeta a la Ley 10/1996, de 5 de noviembre, de actuación de entes y empresas en las que tienen participación mayoritaria la Xunta de Galicia. Según la referida ley y a efectos de facilitar y agilizar, la gestión y selección de personal, la sociedad se dotó de un sistema propio de listas por categorías, en base a lo contemplado en sus artículos 2 y 7, teniendo por objeto las mismas, la regulación de los aspectos más generales que han de regir en las convocatorias, bases especificas y en los procedimientos para la selección de personal temporal./ CUARTO.- La empresa pública para la selección de personal efectuó distintas convocatorias públicas para el ingreso en las listas en las distintas categorías profesionales. Las convocatorias y bases específicas se encuentran unidas a las actuaciones y se dan por expresamente reproducidas./ QUINTO.- Por Resolución de fecha 27 de mayo de 2008, del Director-Gerente, en el proceso selectivo para el ingreso en la lista previa en la categoría de técnico de apoyo. Por resolución de 30 de diciembre de 2009 en el proceso selectivo para el ingreso en la categoría de Técnico de Apoyo y Capataz convocado por resolución de 9 de diciembre de 2009, se aprobó y se hizo pública la lista previa definitiva. Posteriormente a las expresadas se convocó para la selección y contratación del personal temporal de la empresa SEAGA, entre los candidatos incluidos en la lista previa. Todas las resoluciones se encuentran unidas a las actuaciones y se dan por reproducidas./ SEXTO.- El 1 de junio de 2007, la Conselleria do Medio Rural, a través del Subdirector Xeral de Defensa, encomend6 a la EMPRESA PCIBLICA DE SERVICIOS AGRARIOS GALLEGOS, S.A. (SEAGA) la gestión para la realización de trabajos relacionados con el plan de

informatización y coordinaci6n de seguridad y salud en obra y apoyo en la gestión forestal de la dirección general de montes e industrial forestales, en marcha de brigadas de prevención, vigilancia y defensa contra incendios forestales para el año 2008. El 19 de mayo de 2008, se dicta orden de ejecución SEAGA de la encomienda de gestión para el servicio de brigadas de prevención, vigilancia y defensa contra incendios forestales para el año 2008.

El 23 de diciembre de 2008, se ordena a SEAGA la ejecución de la encomienda denominada "Proxecto de actuacións de posta en marcha das unidades de xestión forestal da provincia de Lugo". En fecha 9 de diciembre de 2009 se da orden de ejecución a Seaga de la encomienda "para a colaboración no plan de control Fitosanitario contera axentes defoliadores en masas forestais para os anos 2009, 2010 e 2011"./ SEPTIM0.- La actora suscribió contratos de obra o servicio determinado con la entidad demandada SEAGA. Los objetos de los mismos eran las distintas encomiendas de gestión antes referidas, teniendo dichas obras autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa./

OCTAVO

Con carácter previo a contratar al personal para las encomiendas, se ordenó a la entidad demandada la ejecución de dichas obras conforme a las prescripciones técnicas de la encomienda. Todas (as actividades que se realizaron por distintas resoluciones, encomiendas y órdenes de ejecución se encuentran unidas a las actuaciones y se dan por expresamente reproducidas./ NOVENO - En fecha 15 de diciembre de 2010, la demandante recibió comunicación de la empresa, en la que se disponía:

"NOTIFICACIÓN DE FIN DE CONTRATO

DATOS DA EMPRESA

EMPRESA: E.P. SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS S.A N.I.F.: A-70.096.557

ENDEREZO: RUA MONTERO RÍOS Nº 24 CONCELLO: LUGO

DATOS DO TRABALLADOR

APELLIDOS E NOME: Dolores

ENDEREZO: CL DIRECCION000 CONCELLO: TOQUES

D.N.F: NUM001 CATEGORÍA CAPATAZ

Mol sr./a noso/a:

En relación co contrato que, actualmente mantén con SEAGA, e de acordo co establecido no artigo '8.1 do R D 2720198 de 18 de decembro, comunícaselle que o próximo día 31 de decembro de 2010 causara baixa nesta empresa como consecuencia da finalización dos trabal/os propios da súa categoría e especialidade dentro da obra para a que foi contratado. A partir de entón, terá a súa disposición nas nosas oficinas a correspondente liquidación e finiquito (Pregamos confirme previamente a data de recollida).O noso maior agradecemento polos servizos prestados. Sírvase asinar copia da presente para nosa constancia e arquivo En Santiago de Compostela, a 15 de Decembro de 2010"./ DÉCIMO .- La actora no ostenta la cualidad de representante legal o sindical de los trabajadores, ni la ha ostentado en el último año./ UNDÉCIMO. - La demandante en fechas 20 de mayo y 20 de julio de 2010, interpuso conciliación y demanda, respectivamente, contra fa entidad demandada en solicitud de declaración de carácter indefinido de su...

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